Varios Publicados en la Fecha 14 de Agosto de 2006

Provincia de Buenos Aire INSTITUTO DE PREVISION SOCIAL La Plata, 17 de julio de 2006. POR 5 DIAS.- El Instituto de Previsión Social de la provincia de Buenos Aires, notifica en el expediente N° 2350-75240-00 Dualde Neris Eugenio s/suc. la resolución N° 524278 de fecha 11 de marzo de 2004.VISTO, el presente expediente por el cual dora Ethel Lavega, solicita se le acuerde el beneficio de pensión, en su carácter de esposa don Neris Eugenio Dualde, ex -jubilado N° 105.556.919 de la sección municipalidades, fallecido el día 27-10-01, yCONSIDERANDO:Que, por resolución N° 442.061 de fecha 14-09-00 se acordó beneficio de jubilación por edad avanzada al causante, en base al cargo de obrero cat. 9 35 hs desempeñado en la municipalidad de Benito Juárez,Que como consecuencia del fallecimiento de don Neris Eugenio Duhalde se presenta su esposa doña Dora Ethel Lavega solicitando el beneficio pensionario, dándose de alta en las planillas de pago transitorio de fs. 20 y abonándose el retroactivo correspondiente desde el día siguiente al fallecimiento del causante,Que posteriormente y según el expediente agregado como fs. 28 la titular de autos se presenta solicitando el pago de haberes sucesorios los cuales, luego de la liquidación correspondiente, arrojan la suma de $ 127,47 (pesos ciento veintisiete con cuarenta y siete centavos)Que, se han expedido los organismos técnicos y legales correspondientes.Que, a fs. 40 el departamento de liquidación y pago de haberes informa que el causante mantenía una deuda con la municipalidad de Benito Juárez que descontaba de un 20 % de los haberes jubilatorios, restando un saldo de $ 3.342,49 ( tres mil trescientos cuarenta y dos con cuarenta y nueve centavos), por lo que corresponde afectar las sumas emergentes del pago de haberes sucesorios a la cancelación de dicha deuda, informándose a la comuna de Benito Juárez que Podrá requerir a la titular de autos la conformidad para la afectación del 20 % de los haberes que percibe en esta sede,VISTO lo actuado, contando con la vista del Sr. fiscal de estado a fs. 27 y dictamen de la comisión de prestaciones e interpretación legal a fs. 41,el Honorable Directorio del Instituto de Prevision Socialde la Provincia de Buenos Aires, RESUELVE:ARTICULO 1°: Acordar el beneficio de pensión a doña Dora Ethel Lavega, LC 3.880.932, clase 1939, domiciliada en la calle Lisandro de la torre N° 82 de la localidad de Benito Juárez.ARTICULO 2°: El beneficio acordado será abonado a partir del día 28-10-2001 será equivalente al 43 % del sueldo y bonificaciones asignadas al cargo de personal obrero cat. 9:35 hs, con 26 años de antigüedad desempeñado en la municipalidad de Benito Juárez.ARTICULO 3°: El Departamento inclusiones procederá a incluir en planillas de pago de la sección Municipalidades.ARTICULO 4°: Notificar por la presente lo dispuesto por el Art. 65 decreto Ley 9.650 cuyo texto se acompaña.ARTICULO 5°: Oportunamente las presentes actuaciones volverán al trámite atento el reclamo de fs. 43.ARTICULO 6°: El haber que corresponde al cargo establecido en el Art. 2 es el que viene percibiendo con carácter de transitoriedad.ARTICULO 7°: Establecer que han sido computados 26 años, 6 meses y 11 días de servicios.ARTICULO 8°: Rechazar el pago de haberes sucesorios formulado por doña Dora Ethel Lavega e hijos, los que ascienden a la suma de 127,47 (pesos ciento veintisiete con cuarenta y siete centavos) ya que los mismos serán compensados con la deuda que el causante mantenía con la municipalidad de Benito Juárez cuyo saldo asciende a la suma de $ 3.342,49 (pesos tres mil trescientos cuarenta y dos con cuarenta y nueve centavos).ARTICULO 9°: Se deberá informar a la comuna de Benito Juárez que podrá requerir a la titular de autos la conformidad para la afectación del 20 % de los haberes que percibe en esta sede, informando, en caso positivo, al instituto de previsión social para arbitrar los medios tendientes a su realización.ARTICULO 10: Regístrese en actas, pase al departamento resoluciones (legajos) para su notificación. Hecho pase a la dirección de determinación y liquidación de haberes. Alejandro Ballester. Presidente.C.C. 6.719 / ago. 8 v. ago. 14INSTITUTO DE PREVISION SOCIALLa Plata, 17 de julio de 2006.POR 5 DIAS.- El Instituto de Previsión Social de la provincia de Buenos Aires, notifica en el expediente N° 2350-81363-00 Tarazona, María Inés la resolución N° 544059 de fecha 28 de abril de 2005.-VISTO el presente expediente por el cual doña María Inés Tarazona, solicita se le acuerde el beneficio de jubilación ordinaria, y;CONSIDERANDO:Que, la Anses ha efectuado el reconocimiento de servicios prestados por el titular bajo su ámbito en el expediente N° 024-27047571257-99 agregado al presente expediente y de acuerdo al convenio de reciprocidad vigente, por un total de 24 años y 07 meses;Que se encuentran reunidos todos los requisitos establecidos por el decreto- ley 9650/80 ( t.o. 1994);Que contando con la vista del señor fiscal de estado a fs. 71;Por ello,El Honorable Directorio del Instituto de Prevision Socialde la provincia de Buenos Aires, RESUELVE:ARTICULO 1°- Acordar el beneficio de jubilación ordinaria a doña María Inés Tarazona, clase 1943, DNI 4.757.125 y domiciliado en la calle D. Repetto N° 307 Dpto. "a" de la localidad de Martínez, provincia de Buenos Aires.ARTICULO 2°- El beneficio acordado era abonado a partir del 1-03-2000 día siguiente al cese en el servicio, y será equivalente al 80 % del sueldo y bonificaciones asignados al cargo de maestra de grado con 24 años desempeñados en el instituto "20 de junio" DIEGEP 543.ARTICULO 3°- Notificar por la presente lo dispuesto por el Art. 60 del decreto ley 9650 (t.o. 1994) cuyo texto se acompaña.-ARTICULO 4°- El Departamento Inclusiones procederá a incluir el presente en las planillas de pago de la sección magisterio.-ARTICULO 5°.- Establecer que han sido computados 38 años.-ARTICULO 6°.- Por tratarse de servicios reconocidos anteriores al 13-10-93, no se requerirá el cálculo y transferencia de aportes y contribuciones a la caja reconocedora, atento lo establece el decreto 78/94, reglamentario del Art. 168 de la Ley 24241.ARTICULO 7°.- El haber correspondiente al cargo establecido en el Artículo 2° es el que viene percibiendo en carácter de transitoriedad.ARTICULO 8°.- Oportunamente las presentes actuaciones volverán al trámite atento lo solicitado a fs. 72.ARTICULO 9°.- Regístrese en actas, pase al departamento resoluciones (legajos) para su notificación. Alejandro Ballester. Presidente.C.C. 6.720 / ago. 8 v. ago. 14La Plata, 17 de julio de 2006.POR 5 DIAS.- El Instituto de Previsión Social de la provincia de Buenos Aires, notifica en el expediente N° 2350-151866-03 Rodríguez Marco Antonio s/suc a doña Liliana Beatriz Suárez la resolución N° 549214 de fecha 25 de agosto de 2005. se presenta en autos doña Liliana Beatriz Suárez, solicitando beneficio de pensión en su condición de madre de don marco Antonio Rodríguez ex empleado de la honorable cámara de senadores, fallecido el 20-07-1998, y;CONSIDERANDO,Que, de las constancias de autos se desprende que no surgen elementos que permitan acceder al derecho solicitado.Que, a fs. 33 se desprende que la peticionante manifiesto que su hijo estaba a su cargo y que no se encuentra incapacitada laboralmente, por que no reúne los recaudos exigidos por el Art. 34 inc. 3 y 4 del decreto ley 9650/80 t.o. 1994.VISTO lo actuado, habiéndose expedido la accesoria general de gobierno a fs. 38 y contando con la vista del señor fiscal de estado a fs. 40,el honorable directorio del Instituto de Prevision Socialde la provincia de Buenos Aires, RESUELVE:ARTICULO 1- Denegar el beneficio de pensión a doña Liliana Beatriz Suárez, DNI 10.353.001, clase 1952, domiciliado en la calle 73 N° 736 de la localidad de La Plata, atento los motivos expuestos en los considerandos.ARTICULO 2- Contra las resoluciones del instituto la interesada podrá interponer recurso de revocatoria dentro de los veinte (20) días de notificada" Art. 74 del decreto Ley 9650/80 t.o. 600/94.ARTICULO 3°-Regístrese en actas, pase al departamento resoluciones (legajos) para su notificación al interesado. Alejandro Ballester. Presidente.C.C. 6.721 / ago. 8 v. ago. 14La Plata, 17 de julio de 2006.POR 5 DIAS.- El Instituto de Previsión Social de la provincia de Buenos Aires, notifica en el expediente N° 2350-93824-01 Medina Roberto Alfredo s/suc. a Eva Emilce Pereyra la resolución N° 535465 de fecha 28 de octubre de 2004. Se presentan en autos doña Eva Emilce Pereyra y doña Rosa Ester Donich, solicitando beneficio de pensión en su carácter de esposa y conviviente respectivamente de don Roberto Alfredo medina ex jubilado N° 105.031.078 de la sección administración general, fallecido el 15-03-2001 yCONSIDERANDO:Que fallecido el Sr. Medina se acordó beneficio de pensión a su esposa doña Eva Emilce Pereyra por resolución N° 477.406 de fecha 18/10/2001, detectándose con posterioridad que esta se hallaba separada de hecho del causante por lo que se detiene el pago del haber hasta tanto se dilucide la cuestión,Que partiendo del la presunción de la culpa de ambos en la separación de hecho, salvo que se demuestre lo contrario, la esposa carece de vocación hereditaria conforme Arts. 204 y 3575 del código civil y 575 del código de procedimientos civil y comercial, por lo que corresponde denegar el beneficio pensionario,Que como consecuencia se practicó el correspondiente cargo deudor por aportes percibidos indebidamente el que asciende a la suma de $ 42.297,04 (pesos cuarenta y dos mil doscientos noventa y siete con cuatro centavos),Que en lo que respecta a la Sra. Donich no resulta probada, atento la documentación de autos, la convivencia por el plazo de 5 años en aparente matrimonio, requisito exigido por el Art. 34 inc. 1 del decreto ley 9650/80 t.o. 1994,VISTO lo actuado, habiéndose expedido la Asesoría General de Gobierno a fs. 112, contando con la vista del señor Fiscal de Estado a fs. 113 y dictamen de la comisión de...

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