Varios publicados en la fecha 13 de abril de 2012

Provincia de Buenos AiresHONORABLE TRIBUNAL DE CUENTASPOR 5 DÍAS - De Acuerdo con los artículos 30 y 27 in fine de la Ley 10.869 y sus modificatorias Leyes 10.876 y 11.755, hácese saber por el término de cinco (5) días al señor NÉSTOR JOSÉ LENCINA DNI 11.163.862, que el H. Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires, ha dictado fallo con fecha 12 de mayo de 2011, en el Expediente Nº 21100-325.748/05, cuya parte pertinente dice: “La Plata, 12 de mayo de 2011. ... Resuelve: ... Artículo Primero: Declarar … Artículo Segundo: Declarar patrimonialmente res ponsable al señor Néstor José Lencina DNI 11.163.862, por transgresión a los artículos 112, 113 y 114 de la Ley Nº 13.767 (Arts. 64 y 65 del Decreto Ley Nº 7.764/71, T. O. 9.167/86 y concordantes del Decreto Reglamen ta rio) y formularle cargo pecuniario por la suma total de pesos dos mil ciento cincuenta y tres con setenta centavos ($ 2.153,70) de acuerdo a lo expresado en los Conside randos Segundo y Tercero.Artículo Tercero: Notificar al señor Néstor José Lencina del cargo que se le formula en elArtículo Segundo y fijarle plazo de noventa (90) días para que proceda a depositar dicho importe en el Banco de la Provincia de Buenos Aires, Cuenta Fiscal Nº 108/9 a la orden del señor Presidente del H. Tribunal de Cuentas, debiéndose comunicar fehacientemente a este Organismo el depósito efectuado, adjuntándose comprobante que así lo acredite dentro del plazo señalado, bajo apercibimiento de darle intervención al señor Fiscal de Estado para que promueva las acciones pertinentes previstas en los artículos 159 de la Constitución Provincial (Art. 33 Ley Nº 10.869 y sus modificatorias vigentes). Asimismo, se le hace saber que la sentencia podrá ser recurrida dentro del plazo de quince (15) días conforme lo establecido en el artículo 38 de la Ley Nº 10.869 y sus modificatorias vigentes. Para el caso en que el responsable opte por interponer demanda contencioso administrativa, deberá notificar a este H. Tribunal de Cuentas, dentro del plazo que establece el artículo 18 de la Ley Nº 12.008, fecha de interposición de la demanda, carátula, número de causa y juzgado interviniente, todo ello bajo apercibimiento de darle intervención al señor Fiscal de Estado para que promueva las acciones pertinentes previstas en el artí- culo 159 de la Constitución Provincial (artículos 33 Ley Nº 10.869 y sus modificatorias vigentes). Artículo Cuarto: Rubricar. Firmado: Eduardo B. Grinberg (Presidente); Cecilia R.Fernández; Miguel O. Teilletchea; Gustavo E. Fernández; Héctor B. Giecco; (Vocales); Ante mí: Roberto A. Vicente, (Secretario General)”. La Plata, 22 de febrero de 2012. Roberto Anastasio Vicente, Secretario General.C.C. 3.110 / abr. 9 v. abr. 13 Provincia de Buenos AiresHONORABLE TRIBUNAL DE CUENTASPOR 5 DÍAS - De acuerdo con los artículos 27 “in fine” y 39 de la Ley 10.869 y sus modificatorias Leyes 10.876 y 11.755, hácese saber por el término de cinco (5)...

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