Varios Publicados en la Fecha 13 de Enero de 2009

CASA CENTRAL C.C.POR 5 DIAS - El Juzgado de Ejecución Penal Nº 2 de la ciudad de Mar del Plata, a cargo del Dr. Juan Sebastián Galerreta, notifica al Sr. JUAN GUAGLIARELLO, que en la causa Nº 762/1, caratulada "Contreras Juan Enrique y otros s/ Defraudación y encubrimiento", se ha dictado el auto que a continuación se transcribe: "Mar del Plata, 22 de diciembre de 2008 (...) Atento a la imposibilidad de notificar a la víctima Juan Guagliarello (conf. fs. 154), ordenarse la notificación por edictos mediante la publicación en el Boletín Oficial del presente auto, haciéndole saber al nombrado que el imputado Felice Luis deberá depositar en concepto de reparación del dañosiocacionado la suma de pesos mil doscientos cincuenta ($ 1.250), pagaderos en dos cuotas iguales, haciéndole saber que en caso de no aceptar el ofrecimiento quedará expedita la acción civil correspondiente (Art. 129 del CPP). Líbrese oficio. Fdo. Juan Sebastián Galarreta, Juez de Ejecución Penal". Federico D. Vizcaino, Auxiliar Letrado.C.C. 12.982 / ene. 8 v. ene. 14POR 5 DIAS - El Juzg. de 1ra. Instancia C. y C. Nº 2 del Depto. Judicial de La Plata, comunica que con fecha 17 de octubre de 2008 se ha abierto la quiebra de LA CUPLA S.R.L., matrícula 29179 n domicilio en Ruta Nacional Nº 3, Kilómetro 58.800 del Partido de Cañuelas, Provincia de Buenos Aires. Los acreedores deberán presentar sus pedidos de verificación al Contador Público, Sr. Mancebo Leonardo Andrés, con domicilio en la calle 35 Nº 824 Depto. 8 La Plata, hasta el día 16 de marzo de 2009. Se designan los días 19 de mayo de 2009 para la presentación ante el Tribunal de los informes individual y a los 30 días el informe general (Art. 35 y 39 Ley de concursos). Se intima a los administradores de la fallida y a los terceros a que entreguen al S'ndico, los bienes que tengan en su poder, de propiedad de la fallida, al igual que los libros de comercio y demás documentación relacionada con su contabilidad, previniéndose a los terceros la prohibición de hacer pagos a la fallida, bajo apercibimiento de considerados ineficaces. Se decreta la inhabilitación de la fallida en los términos del Art. 235 de la Ley Nº 24.522. Fdo. Eduardo R. Silva Pelossi, Juez. La Plata, 18 de diciembre de 2008. María Celina Castro, Abogada Secretaria.C.C. 12.986 / ene. 8 v. ene. 14POR 5 DIAS - El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 2, a cargo del Dr. Humberto Takashima, Secretaría Unica a mi cargo, del Departamento Judicial Zárate-Campana, hace saber que con fecha 1º de septiembre de 2008, en autos caratulados: "Busatta Mario Agustín s/ Concurso Preventivo" Expte. Nº 16350, se ha decretado la quiebra del señor MARIO AGUSTIN BUSATTA, DNI 16.873.563, con domicilio en Justa Lima de Atucha Nº 1361 de la ciudad de Zárate-Campana. Se ordena al fallido y a los terceros entreguen al Síndico designado, Contador Público Roberto Alfredo Boffa, con domicilio constituido en calle Belgrano Nº 156 de Campana los bienes de aquél y prohíbese hacer pagos al fallido los que serán considerados ineficaces. Se intima al fallido para que en término de 24 hs. entregue al Síndico los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad. Los acreedores podrán presentar sus pedidos de verificación ante la sindicatura en el domicilio indicado y con horarios de atención, a los efectos de este juicio, de lunes a viernes de 14 a 17 horas, hasta el día 9 de marzo de 2009, siendo el plazo de presentación de los informes individual y general previsto en los Arts. 35 y 39 de la Ley Nº 24.522 los días 24 de abril de 2009 y 9 de junio de 2009 respectivamente. Zárate, 22 de diciembre de 2008. Dra. Adriana Beatriz Romero, Secretaria.C.C. 13.015 / ene. 8 v. ene. 14POR 5 DIAS - El Juzgado en lo Correccional Nº 2 del Departamento Judicial de San Isidro a cargo de la Dra. María Emma Prada, Secretaría Unica, sito en Moreno 623, 1º piso de San Isidro, (CP B1642BXM), Te/Fax (011) 4575-4494/4492, en causa Nº 2820/08 (Sorteo Nº 1827/08 e IPP Nº 2DT/124220), caratulada "Acosta Pablo Andrés y Salvatierra Daniel César Hurto en grado de tentativa" instruida por el delito de Hurto en Grado de Tentativa, en los términos del Art. 129 del CPP, cita a Pablo Andres Acosta, de estado civil soltero, DNI 25.084.913, de ocupación empleado, nacido el 10 de febrero de 1976, en la localidad de, de nacionalidad argentina, con último domicilio conocido en Italia y Alte. Brown casa 160 de la localidad de Tigre, hijo de Pedro Pablo y de Esther Argentina Díaz (f), a los fines de que en el término de cinco (5) días comparezca a estar a derecho en la misma, bajo apercibimiento de que en caso de no hacerlo será declarado rebelde. Como recaudo se transcribe el encabezamiento y la parte dispositiva del decreto que se notifica "San Isidro, 22 de diciembre de 2008. Por recibido, agréguese y en atención a lo informado y toda vez que Pablo Andrés Acosta fuera notificado personalmente (conf. fs. 129) de la citación efectuada como asimismo no fuera encontrando en el domicilio aportado en varias oportunidades (fs. 142/147), intímeselo a que comparezca a estar a derecho bajo apercibimiento de declararlo rebelde, y ordenar su comparendo compulsivo al Sr. Jefe de Policia. Notifíquese a la Defensa, líbrense edictos y líbrese oficio al domicilio real... Fdo. Dra. María Emma Prada, Juez". Secretaría, 22 de diciembre de 2008. María Sandra Foschi, Secretaria.C.C. 47 / ene. 9 v. ene. 15POR 5 DIAS - El Juzgado en lo Correccional Nº 2 del Departamento Judicial Zárate - Campana, a cargo de la Sra. Juez Dra. Raquel Slotolo, notifica por este medio a WILFREDO BARRIGA VALDA, CI de la República de Bolivia Nº 4.093.341, que en la causa Nº 1389 - C: 137/07 (IPP 111.726 UFI 2 Z-C, Juzgado de Garantías Nº 2 carpeta 5107 caratulada "Barriga Valda Wilfredo s/ Hurto Simple en Tentativa - Richieri Fabián (vtma.)", este Juzgado ha resuelto: "Campana, 29 de diciembre de 2008. Autos y Vistos:... Considerando:... Resuelvo: I) Hacer lugar a lo peticionado por el Ministerio Público Fiscal y Revocar el beneficio de Suspensión del Juicio a Prueba concedido a Wilfredo Barriga Valda, de las demás condiciones personales obrantes en autos, en la presente causa Nº 1389 - C: 137/07 (IPP 111.726 UFI 2 Z-C, Juzgado de Garantías Nº 2 carpeta 5107 caratulada "Barriga Valda Wilfredo s/ Hurto Simple en tentativa - Richieri Fabián (vtma.)", en atención a los argumentos vertidos en los considerandos del presente (Art. 76 ter. del CP). II) Decretar la rebeldía de Barriga Valda Wilfredo. En consecuencia, líbrese oficio al Ministerio de Seguridad Provincial, a fin de solicitar que se inserte en un ejemplar del orden del día (ISN), la Averiguación de Paradero y posterior comparendo del nombrado; al solo efecto de estar a derecho (Arts. 303 y 304 del CPP). III) Regístrese. Notifíquese al Fiscal de Juicio y al Defensor Oficial. Hágase saber al encartado lo aquí resuelto, por edictos. Los mismos deberán publicarse en el Boletín Oficial de esta Provincia, por el término de cinco (5) días (Arts. 129 del CPP). IV) ... V) Fdo. Dra. Raquel Slotolow, Juez". Secretaría, 29 de diciembre de 2008. Gimena Demarco, Secretaria.C.C. 46 / ene. 9 v. ene. 15POR 5 DIAS - El Dr. Guillermo F. Zuelgaray, Juez del Juzgado Civil y Comercial N° 6, Secretaría N° 6 de San Nicolás hace saber a ud. en los autos caratulados "Davila, María Virginia s/ Quiebra", Expte. 24.864, que con fecha 01 de diciembre de 2000 se ha decretado el estado de quiebra MARIA VIRGINIA DAVILA, LC. 5.941.917, con domicilio en Sarmiento 68 P° 12 Dpto. 1 San Nicolás, de profesión martillera pública inscripta en el T° 2 F° 192 del Colegio de Martilleros de la ciudad de San Nicolás. Se intima a la fallida y a terceros para que entreguen al Síndico los bienes pertenecientes a la fallida dentro del plazo de 24 hs. (Art. 88 inc. 3° Ley 24.522). Se intima a la fallida para que dentro de las 24 hs. entregue al síndico los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad de la misma. Se hace saber la prohibición al fallido de percibir y/o efectuar pagos, bajo apercibimiento de ser considerados ineficaces; como así también se abstenga de salir del país sin previa autorización de este Tribunal. Ordénasele interceptar la correspondencia y entregarla al síndico. Decrétase la inhibición general de bienes de la deudora y su inhabilitación de conformidad con los Arts. 234/238 L.C. Dispónese la realización de bienes del fallido. Síndico designado: Sandra Beatriz Bini con domicilio en Chacabuco 28 de San Nicolás, (Tel. 03461-429988, telefax 03461-426512), ante quien los acreedores deberán presentar sus pedidos de verificación hasta el 23 de febrero de 2001, de lunes a viernes de 8 a 12 y 16 a 20. Fechas importantes: Informe Individual: 06/04/2001. Informe General: 23/05/2001. San Nicolás, 26 de diciembre de 2000. Fernando G. Kozicki. Abogado - Secretario.C.C. 00090 / ene. 12 v. ene. 16POR 5 DIAS - (Art...

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