Varios Publicados en la Fecha 12 de Diciembre de 2006

CASA CENTRAL C.C. POR 10 DIAS. - El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 22 de La Plata, a cargo del Doctor Alfredo Aníbal Villata, Secretaría Unica, en autos caratulados: De San Miguel Darío Luis c/ Gallo Juana Florencia s/ Prescipción adquisitiva vicenal. Usucapión, cita y emplaza por diez días a GALLO JUANA FLORENCIA ya quien se crea con derechos al dominio del inmueble sito en calle 143 N° 464 de La Plata, designado catastralmente como Circunscripción III, Sección B, Manzana 57b, Parcela 5. Matrícula 82.586 de La Plata (055) a que comparezcan a autos a formar la intervención que les corresponde bajo apercibimiento de designarle al Defensor Oficial para que los represente. - La Plata, 28 de septiembre de 2006. - Sandra Raquel Artazcoz, Auxiliar Letrada.C.C. 12.144 / nov. 30 v. dic. 14POR 5 DIAS. - La Sra. Juez titular del Juzgado Correccional N° 3 del Departamento Judicial La Plata, Dra. Graciela María Buscarini, cita y emplaza a ALTAMIRANDA VIVIANA BEATRIZ, argentina, hija de Héctor Justiniano y de María Beatriz Vandoni, con ultimo domicilio en calle Italia N° 455 de Burzaco, en causa N° 1653-3 seguida al nombrado por el delito de Hurto, para que en el término de cinco (5) días comparezca a estar a derecho por ante el Juzgado Correccional N° 3 del Departamento Judicial La Plata (calle 8 e/ 56 y 57, 1° Piso, La Plata), bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y ordenarse su comparendo. Se transcribe la resolución que ordena el presente: La Plata, 21 de noviembre de 2006. Surgiendo del informe de fs. 95 que la imputada Viviana Beatriz Altamiranda es desconocida en el domicilio que fijara en autos (fs. 20 vta. y 28), ignorándose su lugar de residencia actual, de conformidad con lo dispuesto por los arts. 129 y 303 del Código Procesal Penal cíteselo por edictos, a tales fines, ofíciese al Boletín Oficial a fin de que se publique durante cinco (5) días la presente, término durante el cual deberá comparecer el citado por ante este Juzgado Correccional N° 3 de La Plata, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y ordenarse su comparendo (art. 150 del CPP). Firmado: Graciela M. Buscarini, Juez.C.C. 12.340 / dic. 5 v. dic. 12POR 5 DIAS. En mi carácter de Secretario de la Excma. Cámara de Apelación y Garantías en lo Criminal y Correccional del Dpto. Judicial de Dolores, en causa N° 6542, caratulada: Incidente de eximición de prisión a favor de Bonomo, Javier E. y Ayala, Andrés Sebastián en causa N° 13.593, a fin de solicitarle proceda a publicar edicto, por el término de cinco días, a fin de notificar a los prevenidos JAVIER EDGARDO BONOMO y ANDRES SEBASTIAN AYALA, cuyos domicilios no resultan conocidos, lo siguiente: según surge de fs. 14, con fecha 23 de octubre del corriente, ha sido concedido el recurso de apelación interpuesto por el Defensor Oficial, Dr. Fernando Dorcasberro; como así también que la presente causa, para el tratamiento del recurso, ha quedado radicada en esta Excma. Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal del Dpto. Judicial de Dolores, integrada por los Dres. Jorge Luis Dupuy; Susana Miriam Darling Yaltone y Fernando Sotelo.. (arts. 18 C.N. y 444, ley 13.260 del C.P.P.). - Dolores, 20 de noviembre de 2006. - El Secretario.C.C. 12.339 / dic. 5 v. dic. 12POR 5 DIAS. - En mi carácter de Secretario de la Excma. Cámara de Apelación y Garantías en lo Criminal y Correccional del Dpto. Judicial de Dolores, en causa N° 6256, caratulada: Alonso, Marcelo Daniel. Homicidio culposo a Poledo Juan Carlos, a fin de solicitarse, proceda a publicar edicto, por el término de cinco días, a fin de notificar al prevenido MARCELO DANIEL ALONSO, cuyo último domicilio conocido era en calle Belgrano N° 1.284 de la ciudad de Maipú, Prov. de Bs. As., lo siguiente: Según surge de fs. 38, con fecha 10 de julio del corriente, ha sido concedido el recurso de apelación interpuesto por María Navarro de Poledo, Particular Damnificado, como así también, que la presente causa, para el tratamiento del recurso, ha quedado radicada en esta Excma. Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal del Dpto. Judicial de Dolores, integrada por los Dres. Jorge Luis Dupuy, Susana Miriam Darling Yaltone y Fernando Sotelo, (arts. 18 C.N. y 444 - Ley 13.260 del C.P.P.). - Dolores, 14 de noviembre de 2006. - María Lucrecia Angulo, Secretaria.C.C. 12.338 / dic. 5 v. dic. 12POR 5 DIAS. - Por disposición del Titular del Juzgado de Garantías en lo Penal N° 3 del Departamento Judicial La Plata, Dr. Néstor A. de Aspro, Secretaría Unica a mi cargo, la causa N° 12705, (I.P.P. N° 264394/24198) caratulada Morales, Flematti, Martínez, Morales - Robo Calificado, a fin de solicitar se publique durante cinco días en el Boletín en su cargo el auto que a continuación se transcribe: El Juzgado de Garantías en lo Penal N° 3 del Departamento Judicial La Plata, cita y emplaza por el término de 5 días al imputado Leandro Daniel Martínez, D.N.I. 12.314.366, para que comparezca ante este Juzgado a cumplir con lo normado por el art. 13 del Acuerdo N° 2.480 de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, y en atención a la renuncia al cargo presentada por la señora Defensora Particular a fs. 338, hágase saber al imputado Leandro Daniel Martinez, que deberá designar letrado particular dentro del plazo de tres días, bajo apercibimiento que de no hacerlo, será asistido por el señor Defensor Oficial que por turno corresponda, en la I.P.P. N° 264.394, carpeta de la causa N° 12705. Fdo. Dr. Néstor A. de Aspro, Juez de Garantías. La Plata, 21 de noviembre de 2006. - Néstor A. Arabena, Secretario.C.C. 12.337 / dic. 5 v. dic. 12POR 5 DIAS. - En mi carácter de Secretario de la Excma. Cámara de Apelación y Garantías en lo Criminal y Correccional del Dpto. Judicial de Dolores, en causa N° 6574, caratulada: Incidente de eximisión de prisión a favor de Rubén Omar Castro, a fin de solicitarle, proceda a publicar edicto, por el término de cinco días, a fin de notificar al prevenido RUBEN OMAR CASTRO, cuyo último domicilio conocido era en Paseo 112 y Avda. 12 bis de Villa Gesell, lo siguiente: Según surge de fs. 11, con fecha 2 de noviembre del corriente, ha sido concedido el recurso de apelación interpuesto por el Dr. Fernando Dorcasberro, como así también, que la presente causa, para el tratamiento del recurso, ha quedado radicada en esta Excma. Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal del Dpto. Judicial de Dolores, integrada por los Dres. Jorge Luis Dupuy; Susana Miriam Darling Yaltone y Fernando Sotelo. (arts. 18 C.N. y 444 Ley 13.260 del C.P.P.). - Dolores, 21 de noviembre de 2006. - María Lucrecia Angulo, Secretaria.C.C. 12.336 / dic. 5 v. dic. 12POR 5 DIAS. - El Sr. Titular del Juzgado en lo Correccional N° 2 del Departamento Judicial de Mercedes, a cargo del Doctor Roberto Daniel Vila, cita y emplaza a LUIS VICTOR GONZALEZ para que dentro del término de cinco días comparezca a estar a derecho con respecto de la causa N° 458/05-1741 seguida al nombrado por uso documento público falso y se notifique de la resolución que se transcribe: Mercedes, 23 de noviembre de 2006. Autos y Vistos: conforme y lo preceptuado por el art. 129 del Código de Procedimiento Penal cítese por cinco días al encausado González Luis Víctor bajo apercibimiento de ser declarado rebele..." Fdo. Roberto Daniel Vila, Juez. - Secretaría, 23 de noviembre de 2006. - María Cecilia Renselli, Secretaria.C.C. 12.333 / dic. 5 v. dic. 12POR 5 DIAS. - María Laura Pardini, Juez del Juzgado Correccional N° 3 del Departamento Judicial de Mercedes, en causa N° 1456/03-1018 "Dure Nadia Soledad s/ Usurpación de propiedad", notifica a la nombrada NADIA SOLEDAD DURE, de la siguiente resolución: Mercedes, 14 de noviembre de 2006. Autos y Vistos: ... Y Considerando: .. Por las razones dadas y lo dispuesto en los arts. 59 inc. 3° 62 inc. 2° y 67 del C.P. Resuelvo: 1) Sobreseer a Nadia Soledad Dure, en relación al delito de usurpación de propiedad imputado en la presente causa, por encontrarse extinguida la acción penal por prescripción, cerrado definitiva e irrevocablemente el proceso a su respecto, a cuyo favor se dicta, archivándose la presente (art. 90 del C.P.P.)... Hágase saber, Fdo. Dra. María Laura Pardini, Juez. - Mercedes, 14 de noviembre de 2006. -C.C. 12.332 / dic. 5 v. dic. 12POR 5 DIAS - El Juzgado Civil y Comercial n° 7 de Quilmes, sito en Alvear 465, P.B., de Quilmes, hace saber que con fecha 6 de octubre de 2005 se decretó la quiebra de ROMERK S.R.L., con domicilio en la calle Entre Ríos 276 de la Localidad y Partido de Quilmes, inscripta en la matrícula n° 28.419 del 20/09/90 de la Dirección Provincial de Personas Jurídicas, legajo 53.167, solicitada con fecha 16 de agosto de 2002 por Pedro Virgilio Coronel Sanabria. Síndico designado Cdor. Horacio Omar Pascual con domicilio en Olavarría 393 de Quilmes, ante quien deberán presentarse las insinuaciones verificatorias de Lunes a Viernes de 09,00 hs. a 18.00 hs. hasta el día 2 de marzo de 2007. El informe individual deberá presentarse el día 13 de abril de 2007 y el general el día 29 de mayo de 2007. Se hace saber que a partir de encontrarse firme el decreto de quiebra se suspende el trámite de todos los juicios de contenido patrimonial iniciados contra la fallida por causa o título anterior a esta presentación, prohibiéndose la deducción de nuevas acciones que tengan por causa o título fecha anterior a dicha fecha (arg. art. 132 de la ley 24.522 según modif. ley 26.086). Los juicios de contenido patrimonial deberán radicarse ante esta dependencia, quedando exceptuados de dicho efecto (radicación) los juicios enunciados en los apartados 3° (expropiaciones, los que se funden en relaciones de familia), 4° (procesos de conocimiento en trámite, juicios laborales) y 5 (los que el deudor sea parte de un litis consorcio pasivo necesario) del art. 21 según ley 26.086, los que estarán sujetas a las pautas establecidas en dicha norma apartados 6° a 8° (art. 132 ap. 1°). Asimismo, en el caso de juicios seguidos contra el fallido en...

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