Varios Publicados en la Fecha 11 de Julio de 2008

CASA CENTRAL C.C. POR 5 DIAS - El Juzgado Civil y Com. N° 2, Secretaría Unica de Bahía Blanca, hace saber que en los autos caratulados: "Devizzi, Víctor Enrique - Pedido de Quiebra - Hoy Quiebra" Exp. Nro. 109.663, con fecha 25 de junio de 2008 se ha declarado la Quiebra de VICTOR ENRIQUE DEVIZZI, D.N.I. 13.334.535, con domicilio en calle Reconquista Nro. 310 de Bahía Blanca, provincia de Buenos Aires, habiéndose ordenado al fallido y a quienes tengan bienes de él, los entreguen al Síndico. Se prohíbe a terceros a hacer pagos al fallido, los que en su caso, serán ineficaces. Se ha fijado la fecha del 10 de octubre de 2008 hasta la cual los acreedores podrán presentar al Síndico los títulos justificativos de sus créditos a los fines de su verificación. Bahía Blanca, 25 de junio de 2008. Rosana O. Bolatti, Secretaria. C.C. 5.804 / jul. 4 v. jul. 11POR 5 DIAS - El Señor Juez del Tribunal en lo Criminal N° 6 del Departamento Judicial Lomas de Zamora, Claudio J. Fernández, cita y emplaza a JUAN ALBERTO AGUIRRE o JUAN JOSE CUENCA o JUAN ALBERTO GIMENEZ o JUAN ANGEL RODRIGUEZ o MARCOS MARCELO QUIROZ o MARCOS MARCELO QUIROGA o MARCOS MARCELO GOMEZ, para que en el término de cinco días comparezca a estar a derecho en la causa número 2005/6 y su acollarada la causa N° 1051/6, que se le sigue en orden a los delitos de robo simple en concurso real con tentativa de robo simple. La resolución que ordena el presente en su parte pertinente dice: "Lomas de Zamora, 13 de junio de 2008. Teniendo en cuenta los informes obrantes a fs. 145 vta. y lo manifestado precedentemente por la defensa, toda vez que se desconoce el domicilio del imputado Juan Alberto Aguirre o Juan José Cuenca o Juan Alberto Giménez o Juan Angel Rodríguez o Marcos Marcelo Quiróz o Marcos Marcelo Quiroga o Marcos Marcelo Gómez, cíteselo por medio de edictos , los que se publicarán por el término y en la forma establecida en el Art. 129 del C.P.P., en el Boletín Oficial, a cuyo efecto líbrese oficio. Déjese constancia dentro del texto del edicto, que en caso de no presentarse dentro de los cinco días posteriores a la última publicación se declarará su averiguación de paradero. Fdo. Dr. Claudio J. Fernández. Juez. Secretaría, 13 de junio de 2008. Nadia Cliff, Auxiliar Letrada.C.C. 5.786 / jul. 4 v. jul. 11POR 5 DIAS - El Señor Titular del Juzgado de Garantías N° 1 del Departamento Judicial Lomas de Zamora, Dr. Tomás A. Bravo, notifica a GASTON DARIO SCOPEL, en causa N° 9567 (IPP N° 487815), la resolución que a continuación se transcribe: "Banfield, 22 de febrero de 2008. Autos y Vistos: ... Considerando: ... Resuelvo: Declarar Extinguida por Prescripción la Acción Penal en esta causa y en consecuencia, sobreseer a Gastón Darío Scopel, en orden al hecho presuntamente constitutivo del delito de encubrimiento, por el cual fuera formalmente imputado (artículos 45, 59 inciso 3°, 62 inciso 2° del Código Penal, y 321, 322 y 323 inciso 1° del Código de Procedimiento Penal). Regístrese y notifíquese. Firmado: Tomás A. Bravo. Juez de Garantías. Ante mí: Silvia M. Ferrari. Auxilia Letrada". A los fines que correspondan, se transcribe el auto que ordena la presente medida: "Banfield, 25 de junio de 2008. Notifíquese a Gastón Darío Scopel, mediante la publicación de edictos la resolución de fs. 284/284 vta,, a cuyo fin, líbrese oficio al Sr. Director del Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Artículo 129 del Código Procesal Penal), Firmado: Tomás A. Bravo. Juez de Garantías". Diego C. Maceratesi, Secretario.C.C. 5.787 / jul. 4 v. jul. 11POR 5 DIAS - La Señora Juez a cargo del Juzgado en lo Correccional N° 1 del Departamento Judicial Lomas de Zamora, Dra. María Isabel Rey. Cita y emplaza a JONATHAN RENATO YAÑEZ, para que en el término de 5 días comparezca a estar a derecho en la causa N° 708.320 (R.I. N° 3455), seguida al nombrado en orden al delito de Hurto, cuya resolución se transcribe: "Lomas de Zamora, 25 de junio de 2008. En virtud de la incomparecencia del imputado Jonathan Renato Yañez, la imposibilidad de ubicar al mismo para notificarlo en autos, en virtud de lo informado a fs. 138, más lo manifestado por la Defensa a fs. 141, Cíteselo por medio de edictos, los que se publicarán por el término y en la forma establecida en el art. 129 del C.P.P., en el Boletín Oficial, a cuyo efecto líbrese oficio. Déjese constancia dentro del texto del edicto que en caso de no presentarse dentro de los cinco días posteriores a la última publicación se declarará su rebeldía. Fdo.: María Isabel Rey. Juez". Secretaría, 25 de junio de 2008. Brenda L. Madrid, Secretaria.C.C. 5.788 / jul. 4 v. jul. 11POR 5 DIAS - La Señora Juez a cargo del Juzgado en lo Correccional N° 1 del Departamento Judicial Lomas de Zamora, Dra. María Isabel Rey. Cita y emplaza a GUSTAVO JAVIER RODRIGUEZ, para que en el término de 5 días comparezca a estar a derecho en la causa N° 750.994, registro interno N° 3634 seguida al nombrado por el delito de Hurto en Grado de Tentativa, cuya resolución se transcribe: "Lomas de Zamora, 25 de junio de 2008. I.- De la incomparecencia del coimputado Gustavo Javier Rodríguez, la imposibilidad de ubicar al mismo para notificarlo en autos (ver fs. 183) más lo manifestado por la Defensa a fs. 184, cíteselo por medio de edictos, los que se publicarán por el término y en la forma establecida en el art. 129 del C.P.P., en el Boletín Oficial, a cuyo efecto líbrese oficio. Déjese constancia dentro del texto del edicto, que en caso de no presentarse dentro de los cinco días posteriores a la última publicación se declarará su rebeldía. Fdo. Dra. María Isabel Rey. Juez." Secretaría, 25 de junio de 2008. Brenda L. Madrid. Secretaria.C.C. 5.789 / jul. 4 v. jul. 11POR 5 DIAS - El Juzgado en lo Correccional Nº 1 del Departamento Judicial San Isidro, provincia de Buenos Aires a cargo del Dr. Andrés Martín Mateo, sito en la calle Moreno Nº 623, 1er. piso de San Isidro, notifica a JORGE DAVID CINCOTTA, DNI 22.528.768, nacido el día 02/04/72 en la Provincia de Buenos Aires, hijo de Vicente y de Graciela Báez, con último domicilio conocido en Liniers Nº 420 de la localidad y partido de San Isidro, por el plazo de cinco días a contar desde la publicación del presente, lo resuelto en la causa Nº 705/06 que se le sigue por el delito de Daño, de la resolución cuya parte dispositiva se transcribe a continuación: "San Isidro, 23 de mayo de 2008. Vistas: ...Y Considerando: ...Resuelvo: I) Declarar la prescripción de la acción penal por el transcurso del tiempo, en la presente causa N° 705/06 seguida a Jorge David Cincotta por el delito de Daño, de conformidad con lo considerado y lo establecido en los Arts. 62 inc. 2, 67, cuarto párrafo, y 183 del Cód. Penal. II) Sobreseer definitivamente a Jorge David Cincotta por el delito de Daño que se le imputara en la presente causa, de conformidad con lo resuelto en el punto anterior (Art. 323 inc. 1 del CPP). Notifíquese, una vez firme, cúmplase con las comunicaciones de ley, y archívese." Fdo.: Dr. Andrés Martín Mateo, Juez. Ante mí: Dr. Maximiliano Savarino, Secretario. Corno recaudo legal se transcribe el decreto que ordena el presente: "San Isidro, 13 de junio de 2008. En atención a lo que surge de lo informado a fs. 188, desconociéndose el actual domicilio del encausado Jorge David Cincotta, notifíqueselo de lo resuelto a fs. 181/182 vta. por edicto, en la forma que establece el Art. 129 del CPP." Fdo. Dr. Andrés Martín Mateo, Juez. Ante mí: Dr. Maximiliano Savarino. Secretaría, 23 de junio de 2008.C.C. 5.783 / jul. 4 v. jul. 11POR 5 DIAS - El Juzgado en lo Correccional Nº 1 del Departamento Judicial de San Isidro, de la Provincia de Buenos Aires, a cargo del Dr. Andrés Martín Mateo, sito en la calle Moreno 623, 1er. piso, de la Ciudad de San Isidro, notifica a NESTOR EDUARDO MEZA, con Documento Nacional de Identidad Nº 29.381.955, nacido el día 15 de abril de 1982 en la localidad de Los Polvorines, hijo de Néstor Raúl y de Raimunda Gallo, por el plazo de cinco días que en la causa número 6.126/01 que se le sigue por el delito de Hurto Simple en grado de tentativa, se resolvió lo siguiente: "San Isidro, 23 de junio del año 2008. Autos y vistos:... Resulta:... y considerando:... Resuelvo: I) Declarar extinguida la acción penal, sin costas, en la presente causa número 6.126/01 a partir del día 22 de junio del año 2003, de conformidad con lo normado por el artículo 62, inciso 2do., del Código Penal. II) Dictar sobreseimiento total en la presente causa respecto de Néstor Eduardo Meza en orden al delito de Hurto en grado de tentativa que se le imputara, en los términos de los artículos 321 y 323, inciso 1ro. del Código de Procedimiento Penal de la Provincia de Buenos Aires. III) Dejar sin efecto la declaración de rebeldía obrante a fs. 84/85, que pesa sobre el mencionado Meza. Regístrese, notifíquese, y una vez firme comuníquese y oportunamente archívese. Fdo. Dr. Andrés Martín Mateo, Juez; Maximiliano Savarino, Secretario". Secretaría, 25 de junio de 2008.C.C. 5.784 / jul. 4 v. jul. 11POR 5 DIAS - En el marco de la causa contravencional Nº 3.311 caratulada "Farias Joél de Jesús s/ Infracción Artículo 92 inciso "E", Decreto-Ley Nº 8.031/73" en trámite por ante este Juzgado de Paz Letrado de Tigre, a mi cargo, sito en la Avenida del Libertador General San Martín Nº 254 de la ciudad y partido de Tigre, Secretaría Unica a cargo del Dr. Adrián O. Perazzo, con el objeto de solicitarle tenga a bien arbitrar los medios necesarios para que se dejen sin efecto las publicaciones requeridas a través del oficio librado el 14/09/2007 las cuales aún no han sido remitidas a los autos de referencia, habida cuenta que las mismas fueran requeridas por error en el marco de la causa Nº 3.213 caratulada "Pérez Esteban Orlando y otro s/ Infracción Art. 43 inciso "H" Decreto-Ley Nº 8.031/73", en lugar de haber sido ello requerido como correspondía haberlo hecho en el marco...

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