Varios Publicados en la Fecha 11 de Junio de 2004

POR 5 DIAS - Por disposición del señor Juez en lo Correccional a cargo del Juzgado Nº 1 Departamental, Dr. José Luis Ares, dirijo a Ud. el presente en la causa Nº 2575 caratulada "Belluscio Fabián Oscar por Amenasas…", a fin de solicitarle se sirva recomendar la inserción en la publicación del Ministerio de Gobierno de la Provincia (Boletín Oficial) de lo que a continuación se transcibe: "El señor Juez a cargo del Juzgado en lo Correccional Nº 1 del Departamento Judicial Bahía Blanca, dr. José Luis Ares, cita a FABIAN OSCAR BELLUSCIO DNI 18.002.571, argentino, divorciado, constructor, nacido en Venado Tuerto (prov. de Santa Fe) el 26 de julio de 1966, hijo de Oscar Andrés y de Graciela Evelia Araujo, con último domicilio conocido en calle Rawson Nº 341 de la ciudad de Bahía Blana, en la causa Nº 2575 que se le sigue al nombrado por el delito de amenazas; para que en el término de cinco (5) días comparezca al asiento de este Juzgado, sito en calle Estomba nº 32 3er. Piso. de la ciudad de Bahía Blanca, bajo apercibimiento de declararlo rebelde y disponerse su comparendo compulsivo". Jorge L. Sayago. Secretario.C.C. 3.711 - jun. 1º v. jun. 7.POR 5 DIAS – El Juzgado Civil y Comercial N° 2, Unica del Departamento Judicial La Matanza, hace saber por 5 días que en los autos "Ritondale Roberto s/Quiebra pequeña (Art. 288)", se ha decretado la quiebra en forma indirecta de ROBERTO RITONDALE, (C.U.I.T. 20-10226773-8), con domicilio en la calle Pringles 5024 La Tablada, intimándose a los deudores y a quienes detentan bienes de aquella lo entreguen a la Sra. Síndico Susana Mabel Costa con domicilio procesal sito en la calle Entre Ríos 2942 piso 9 "F" Cas. G 27/9 de San Justo. Prohibiéndose hacer pagos al fallido, los que serán ineficaces. San Justo, 19 de mayo de 2004. Dra. Dolores C. Medina Auxiliar Letrada.C.C. 3.748 – jun. 1° v. jun. 7POR 5 DIAS – El Juzgado de Primera Instancia en Civil y Comercial N° 5, Secretaría N° 2 del Departamento Judicial Bahía Blanca, hace saber por 5 días que con fecha 16 de abril de 2004, en los autos "Aznar Fernando Luis s/ Pedido de Quiebra pequeña”, se ha decretado la quiebra de FERNANDO LUIS AZNAR, con domicilio en calle Avda. Casey N° 136 de Pigüé, intimándose al deudor y a quienes detentan bienes de aquel los entregue al Síndico Ricardo Javier Fichman, con domicilio en Belgrano N° 158 piso 1° oficina 1/3 de esta ciudad. Prohibiéndose hacer pagos al fallido, los que serán ineficaces. Se ha fijado el día 15 de julio de 2004 hasta la cual los acreedores podrán presentar los pedidos de verificación de sus créditos al Síndico. Bahía Blanca, 12 de mayo de 2004. Darío J. Graziabile, Secretario.C.C. 3.752 – jun. 1° v. jun. 7POR 5 DIAS – El Juzgado en lo Civil y Comercial N° 1, del Departamento Judicial Mar del Plata, hace saber que con fecha 24 de abril de 2000, por Expte. N° 101.253 se ha decretado la quiebra de la Sra. CEGLAR, SUSANA AURELIA, D.N.I. N° 10.315.869 con domicilio en F. Alcorta N° 2146 de Mar del Plata. Dictándose lo siguiente: 1) Fíjase hasta el 1° de julio de 2004 para que los acreedores presenten al Síndico designado C.P.N. Juan B. Fernández, con estudio en calle 9 de julio de 3245 de esta ciudad, días hábiles de 17.00 a 19.00 hs. los títulos justificativos de sus créditos; el día 9/09/04 para la presentación de los Informes Individuales; y el día 1°/11/04 para la presentación del Informe General; 2)Todas las medidas prevista por el Art. 88 de la Ley 24.522; 3) Publíquese edictos por cinco días en el "Boletín Judicial" y El Atlántico de esta ciudad. Regístrese. Fdo. Dr. José A. Vaccaroni, Juez en lo Civil y Comercial. Graciana Rago, Auxiliar Letrado.C.C. 3.758 – jun. 1° v. jun. 7POR 5 DIAS – El Señor Presidente del Tribunal Oral en lo Criminal N° 7 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora, Dr. Jorge Eduardo Roldán. Cita y emplaza a JULIO OMAR BENITEZ para que en el término de cinco días comparezca a estar a derecho en la causa N° 1045/7 seguida al nombrado en orden al delito de robo calificado en grado de tentativa y tenencia de munición de guerra en concurso real entre sí. El presente se libra en causa 1045/7, según decreto que se transcribe: ///mas de Zamora, mayo 18 de 2004. Visto lo planteado por el Sr. Fiscal de Juicio en el escrito de fs. 398 y encontrándose el imputado de autos Julio Omar Benítez, ausente del domicilio en el que fijara su residencia, sin autorización del Tribunal, conforme lo informado a fs 395, y no habiendo comparecido éste a la citación judicial, no constando en autos un grave y legítimo impedimento, corresponderá citar y emplazar al nombrado Benítez por el término de cinco días para que comparezca a estar a derecho, debiéndose librar edicto que se publicará por el mismo término en el Boletín Oficial en la forma establecida en el artículo 129 del C.P.P., bajo apercibimiento de que en caso de incomparecencia se procederá conforme lo normado en el artículo 304 del ritual Art. 303 y siguientes del C.P.P. "Fdo. Dr. Jorge Eduardo Roldán. Presidente. Ante mí: Dra. Mariela A. Escudero, Auxiliar Letrada. Secretaría. Mayo 18 de 2004.C.C. 3740 – jun. 1° v. jun. 7POR 5 DIAS - El Señor Presidente del Tribunal Oral en lo Criminal N° 7 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora, Dr. Jorge Eduardo Roldán, cita y emplaza a ARIEL OMAR MARQUEZ para que en el término de cinco días comparezca a estar a derecho en la causa N° 371/7 seguida al nombrado en orden al delito de robo simple. El presente se libra en causa 371/7 por el delito de robo simple, según decreto que se transcribe: "///mas de Zamora, 14 de mayo de 2004.- Visto lo planteado por el Sr. Fiscal de Juicio en el escrito de fs. 111 y encontrándose el, imputado de autos Ariel Omar Márquez, ausente del domicilio en el que fijara su residencia, sin autorización del Tribunal, conforme lo informado a fs. 108, y no habiendo comparecido éste a la citación judicial, no constando en autos un grave y legítimo impedimento, corresponderá citar y emplazar al nombrado, Márquez por el término de cinco días para que comparezca a estar a derecho, debiéndose librar edicto que se publicará por el mismo término en el Boletín Oficial en la forma establecida en el artículo 129 del C.P.P., bajo apercibimiento de que en caso de incomparecencia se procederá conforme lo normado en el artículo 304 del ritual. Art. 303 y siguientes del C.P.P.- Pdo. Dr. Jorge Eduardo Roldán. Juez. Ante mi: Romina Cece. Auxiliar Letrada. Secretaria, 14 de mayo de 2004.C.C. 3741 – jun. 1° v. jun. 7POR 5 DIAS - María Laura Pardini, Juez del Juzgado Correccional N° 3 Departamento Judicial de Mercedes (B), en causa N° 1199/02-778, caratulada: Perafan, Paola Leticia y otra s/ hurto", notifica por este medio a PAOLA LETICIA PERAFAN, de la siguiente resolución: Mercedes, 18 de marzo de 2004. Autos y vistos: Encontrándose vencido el término fijado por el Juzgado de suspensión del proceso a prueba (ver fs. 30), no existiendo constancia alguna que acredite que Paola Leticia Perafan haya cometido un nuevo delito, ni incumplido las regias de conductas impuestas (ver fs. 34) de conformidad con lo establecido en los arts. 76 bis y ter. del Código Penal, art. 164 de la Iey 12.256 y 7 de la ley 12.060 inc. b.; Resuelvo: declarar extinguida la acción penal y proceder al archivo de las presentes actuaciones respecto a Paola Leticia Perafan en el orden al delito de hurto. ... Fdo. Dra. Maria Laura Pardini. Juez". Mercedes, 18 de mayo de 2004.C.C. 3744 – jun. 1° v. jun. 7POR 5 DIAS - María Laura Pardini, Juez del Juzgado Correccional n° 3 del Departamento Judicial de Mercedes (B), en causa n° 656/04-1229 caratulada: "STEPPA JOSE MARIA s/ hurto simple en Chivilcoy’, notifica por este medio al mentado Steppa, que el Juzgado "supra" mencionado intervendrá en la citada causa en la que se le imputa el delito de hurto simple y que en el plazo de 10 días podrá interponer las recusaciones que estime pertinentes y ofrecer pruebas (art. 338 C.P.P.). Asimismo se la intima para que se presente ante éste Juzgado a primera audiencia en el término de 10 días a partir del último día de publicación del presente, bajo apercibimiento de que en caso de no hacerlo se la declare rebelde. Mercedes, 19 de mayo de 2004.C.C. 3746 – jun. 1° v. jun. 7POR 5 DIAS – Por disposición del Señor Juez de Ejecución Penal y Vice-Presidente del Tribunal Criminal N° Uno, del Departamento Judicial de Bahía Blanca, Dr. Enrique José Montironi , dirija a Ud. el presente, en la Causa Original Principal N° 724/2002 (Orden Interna N° 640). caratulada: "Domínguez, Marcelo Daniel por Robo Calificado. Damnificado: Lucia Suárez de Vallejos en Punta Alta", y Causa Original nro. 2.463/01. Orden Interno nro. 862, caratulada:"Urbina Toloza, David Matías Domínguez, Marcelo Daniel por Hurto agravado de vehículo dejado en la vía pública. Damnificado: Néstor Jorge, Rodríguez en Punta Alta", a fin de comunicarle que en la mencionada causa, el nombrado MARCELO DANIEL DOMINGUEZ, hijo de Hugo Horacio Domínguez (v) y de Angélica Elisa Miño (v), con Documento Nacional de Identidad nro. 27.389.409, argentino, soltero, instruido, estudiante, nacido el 12 de Mayo de 1979, en Bahía Blanca, Pcia. de Buenos Aires, domiciliado en el Barrio Luigi I, Casa nro. 213 de la ciudad de Punta Alta, Ptdo. de Coronel de Marina Leonardo. Rosales, Pcia. de Buenos Aires, y actualmente alojado en la Unidad Carcelaria nro. IV del Servicio Penitenciario Provincial; resultó condenada a la pena de cinco (5) a–os y cinco (5) meses de prisión, con más las accesorias legales del art. 12 del Cód. Penal, con costas; en orden a los delitos de: Robo Calificado (Causa nro. 724/02.- O.I. nro. 644); en concurso real con Hurto Calificado (Causa nro. 2.463/01. O.I. nro. 862) en los términos de los artículos 166 inc. 1°. 55 y 163 inc. 6° del Cód. Penal. atento fuera acordado por las partes en de juicio abreviado oportunamente suscripta; venciéndole la pena impuesta el día primero de agosto del añ5o 2007. Claudio Alberto Bruno, secretario.C.C. 3757 – jun. 1° v. jun. 7...

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