Varios Publicados en la Fecha 11 de Febrero de 2003

POR 5 DIAS - El Titular de la Unidad Funcional de Instrucción en lo Correccional Nº 2 del Dpto. Judicial La Matanza, cita y emplaza, por cinco días a CARLOS ALBERTO RAMOS, para que comparezca/n a la sede de la UFI, sita en Pichincha y F. Varela de San Justo, a estar a derecho, bajo apercibimiento de solicitar su/s rebeldía/s, en el legajo de IPP Nº , caratulado "Ramos, Carlos Alberto y Labriola, Juan Carlos s/Hurto Simple". A continuación se transcribe el auto que así lo ordena: "///Justo, 16 de enero de 2003... Cítese y Emplázase a Carlos Alberto Ramos, para que en el término de cinco días comparezca a esta UFI a estar a derecho, bajo apercibimiento de solicitar su rebeldía... Fdo: Eduardo Campanella. Agente Fiscal Adjunto...". Secretaría, 16 de enero de 2003. Para su diligenciamiento pase a la Oficina del "Boletín Oficial" del Dpto. Judicial La Matanza, debiendo remitir un ejemplar de las publicaciones correspondientes. Diego S. Burgueño, Secretario. C.C. 350- feb. 5 v. feb. 11POR 5 DIAS – La Fiscalía de Cámaras Departamental, Unidad Funcional Nº 8, a cargo de la Doctora Mónica María Rodríguez, sita en la calle Roca 129, de la localidad de San Martín, Partido del mismo nombre, en autos "MARCELA ELIZABETH GALINDEZ y otras s/Hurto simple en grado de tentativa", cita por el término de cinco días a las imputadas bajo apercibimiento de ser declaradas rebeldes, conforme lo normado en el Art. 129 segundo párrafo del CPP. Se transcribe el auto que lo ordena "San Martín, 23 de diciembre de 2002. Atento a que existen en autos elementos suficientes para recibirle declaración a tenor de lo normado en el Art. 308 del C.P.P. a las imputadas Marcela Elizabeth Galindez, Micaela Gisell Godoy y Gladys Elizabeth Carballo (de las demás condiciones personales obrantes en autos) y en razón a que resulta desconocidos sus paraderos conforme surge de las constancias obrantes en autos, cítese por edictos a las nombradas, el que será publicado durante cinco días en el Boletín Oficial, para que comparezcan dentro del quinto día de finalizada su publicación, bajo apercibimiento de ser declaradas rebeldes". Fdo. Mónica María Rodríguez. Agente Fiscal. – Secretaría, San Martín, 20 de diciembre de 2002. – Alejandra Mercedes Allaud. Secretaria.CC 11281 – feb. 6 v. feb. 12POR 5 DIAS – En causa Nº 740 caratulada "Ortiz, Claudio Alejandro – Aranaga, María Cristina s/Hurto –2 hechos- y hurto en grado de tentativa en concurso real" de trámite por ante el Juzgado Correccional Nº 1 de Tandil a cargo del Juez Carlos Alberto Pocorena, Secretaría Unica a cargo del Doctor Fernando Falivene, se ha dispuesto notificar a MARIA CRISTINA ARANAGA la siguiente resolución: "Tandil, 23 de diciembre de 2002. ...hágase conocer a María Cristina Aranaga el Juez interviniente en la presente causa y cítesela a juicio por el plazo individual de diez días corridos (Art. 139 del C.P.P.), a los fines previstos en el Art. 338, 1er. párrafo del C.P.P., a cuyo fin deberá comparecer a este Juzgado –sito en calle Uriburu Sur Nº 750 de Tandil- y fijar domicilio, bajo apercibimiento que si no lo hiciere en el plazo estipulado será declarada rebelde en los términos de los Arts. 303 y concs. del C.P.P. ...dispónese la notificación del presente despacho por intermedio de su publicación... Firmado: Carlos Alberto Pocorena – Juez Correccional; ante mí: Fernando Falivene – Secretario". Se hace saber que el Juez interviniente en la presente causa es el Dr. Carlos Alberto Pocorena y que en caso de no comparecer a este Juzgado será declarada rebelde".CC 11280 – feb. 6 v. feb. 12POR 5 DIAS – La Fiscalía de Cámara del Departamento Judicial de La Matanza, Unidad Funcional de Instrucción Nº 5, a cargo del Dr. Gustavo Banco, sita en la calle Florencio Varela Nº 2601 de la localidad de San Justo, Partido de La Matanza, en autos que llevan el Nº 143.459 cita y emplaza a GUSTAVO FERNANDO GONZALEZ a presentarse a derecho bajo apercibimiento de ser declarado rebelde, conforme lo normado en el Art. 129, 2do. párrafo del C.P.P., se transcribe el auto que lo ordena: "San Justo, 23 de diciembre de 2002. Cítese y emplácese a Gustavo Fernando González a presentarse a derecho y bajo apercibimiento de ser declarado rebelde, conforme lo normado por el Art. 129, segundo párrafo del C.P.P.". – La Matanza, Secretaría, 23 de diciembre de 2002. - Sandra R. Ramírez. Secretaría UFI Nº 5.CC 11279 – feb. 6 v. feb. 12POR 5 DIAS – La Fiscalía de Cámara del Departamento Judicial de La Matanza, Unidad Funcional de Instrucción Nº 5, a cargo del Dr. Gustavo Banco, sita en la calle Florencio Varela Nº 2601 de la localidad de San Justo, Partido de La Matanza, en autos que llevan el Nº 136.096 cita y emplaza a KARINA MARCELA BERDIÑAS a presentarse a derecho bajo apercibimiento de ser declarada rebelde, conforme lo normado en el Art. 129, 2do. párrafo del C.P.P., se transcribe el auto que lo ordena: "San Justo, 17 de diciembre de 2002. Cítese y emplácese a Karina Marcela Berdiñas a presentarse a derecho y bajo apercibimiento de ser declarada rebelde, conforme lo normado por el Art. 129, segundo párrafo del C.P.P.". – La Matanza, Secretaría, 17 de diciembre de 2002. - Sandra R. Ramírez. Secretaría UFI Nº 5.CC 11278 – feb. 6 v. feb. 12POR 5 DIAS – El Juzgado en lo Criminal y Correccional de Transición Nº 2 del Departamento Judicial Zárate – Campana a cargo del Sr. Juez Dr. Javier Alfredo Romañuk, notifica por este medio a RAUL CAYETANO LOPEZ (DNI 7.656.653) que en la causa Nº 4-10976 caratulada "Benzaquen, Enrique s/Infracción al Art. 302 del C.P." se ha resuelto lo siguiente: "Campana, 15 de noviembre de 2002. Vistas:... Y Considerando:... Resuelvo: Declarar la extinción de la acción penal por prescripción en la presente causa Nº 4-10976, respecto de Raúl Cayetano López y en orden al delito de Infracción al Art. 302 inc. 1º del C.P. que se le imputara, de conformidad con lo normado por los Arts. 59 inc. 3º, 62 inc. 2º y 67 párrafo 4º del Código Penal; dándose así por finalizado definitivamente este proceso a su respecto. Notifíquese. Fdo.: Dr. Javier Alfredo Romañuk, Juez". Como recaudo legal, se transcribe el decreto que así lo ordena: "Campana, 9 de diciembre de 2002. Atento a lo que resulta de las constancias de fs. 22 vta., desconociéndose el actual domicilio de Raúl Cayetano López, y a fin de dar cumplimiento con lo normado por el Art. 448 inc. 1º del C.P.P., Ley 3.589, notifíqueselo de lo resuelto a fs. 16/18 mediante edictos, que se publicarán en el Boletín Oficial de esta Provincia por el término de cinco días conforme lo normado por el Art. 129 del C.P.P., Ley 11.922, de aplicación en los términos del Art. 5º de la Ley 12.059. Fdo.: Javier Alfredo Romañuk, Juez". Secretaría, 9 de diciembre de 2002. Marisa Paola Capurso. Secretaria.CC 11227 – feb. 6 v. feb. 12POR 5 DIAS – El Juzgado en lo Criminal y Correccional de Transición Nº 2 del Departamento Judicial Zárate – Campana a cargo del Sr. Juez Dr. Javier Alfredo Romañuk, notifica por este medio a MARIO HECTOR AGUINAGA (DNI 11.089.611) que en la causa Nº 4-11078 caratulada "Aguinaga, Mario Héctor s/Lesiones culposas" se ha resuelto lo siguiente: "Campana, 19 de noviembre de 2002. Vistas:... Y Considerando:... Resuelvo: I) Declarar la extinción de la acción penal por prescripción en la presente causa Nº 4-11078, respecto de Mario Héctor Aguinaga y en orden al delito de Lesiones Culposas (Art. 94 del C.P., de acuerdo al texto anterior al dictado de la Ley 25.189 aplicable al caso, en virtud de lo normado en el Art. 2º del C.P.) que se le imputara, de conformidad con lo normado por los Arts. 59 inc. 3º, 62 inc. 2º y 67 párrafo 4º del Código Penal; dándose así por finalizado definitivamente este proceso a su respecto. II) Desafectar jurídicamente en lo que a la presente causa respecta, el automóvil marca Dodge Polara, patente R 044.580 color verde, modelo 1975, motor 48001075, chasis 4DM0010914, y cuyos demás datos identificatorios figuran en autos, oportunamente secuestrado y entregado en depósito judicial provisorio (ver fs. 17); retrotrayéndose su estado jurídico al que poseyera al momento del hecho investigado en la presente causa, y relévase a Mario Héctor Aguinaga, del carácter de depositario judicial del que fueran oportunamente investido. Notifíquese. Fdo.: Dr. Javier Alfredo Romañuk, Juez". Como recaudo legal, se transcribe el decreto que así lo ordena: "Campana, 9 de diciembre de 2002. Atento a lo que resulta de las constancias de fs. 44, desconociéndose el actual domicilio de Mario Héctor Aguinaga, y a fin de dar cumplimiento con lo normado por el Art. 448 inc. 1º del C.P.P., Ley 3.589, notifíqueselo de lo resuelto a fs. 39/41 mediante edictos, que se publicarán en el Boletín Oficial de esta Provincia por el término de cinco días conforme lo normado por el Art. 129 del C.P.P., Ley 11.922, de aplicación en los términos del Art. 5º de la Ley 12.059. Fdo.: Javier Alfredo Romañuk, Juez". Secretaría, 9 de diciembre de 2002. Marisa Paola Capurso. Secretaria.CC 11226 – feb. 6 v. feb. 12POR 5 DIAS – En la Investigación Penal Preparatoria Nº 174.786 caratulada: "Peko, Daniel Ricardo y Nacusse, Eduardo Daniel s/Defraudación prendaria y estelionato", que tramita ante la Unidad Funcional Nº 8 del Departamento Judicial de San Martín, a cargo del Dr. Favio A. Cardigonde, sita en la calle Roca 129 de la localidad y partido de San Martín, provincia de Buenos Aires, con intervención del Juzgado de Garantías en lo Penal Nº 1 del mismo Dpto. Judicial, a cargo del Dr. Osvaldo Fernández Gannon, se cita y emplaza a DANIEL RICARDO PEKO y a EDUARDO DANIEL NACUSSE a fin de que comparezcan en el término de cinco días, a prestar declaración a tenor del Artículo 308 del C.P.P. en orden a los citados delitos, bajo apercibimiento en caso de no hacerlo de ser declarados rebeldes y solicitarse sus capturas. Se expide el presente en la ciudad de San Martín, a los 16 días del mes de diciembre de 2002. – Miguel A. Vieira Miño. Instructor Judicial.CC 11225 – feb. 6 v. feb. 12POR 5 DIAS El...

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