Varios Publicados en la Fecha 10 de Mayo de 2007

CASA CENTRAL C.C. POR 5 DIAS - El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 1, Secretaría N° 1 del Dpto. Judicial San Nicolás (B), hace saber que en los autos: Gastaldo Silvia Adriana - Quiebra - N° 99.642, el 10 de abril de 2007 se decretó la quiebra de la Sra. SILVIA ADRIANA GASTALDO, DNI 12.688.798, argentina, fecha de nacimiento: 21-9-58, casada con Daniel Orlando; con domicilio real en Av. San Martín Nro. 285, de la localidad de Conesa y constituyendo domicilio legal en calle Alem 127 de esta ciudad debiendo continuar como síndico el Contador Juan Carlos Bonfigli, designado en el Concurso frustrado, con domicilio constituido en Alem 60 de San Nicolás, Provincia de Bs. As. Se intima a la fallida y a terceros para que entreguen al síndico los bienes de aquellos. Intímese a los deudores para que cumpla los requisitos del Art. 86, inc. 4 LC. Y para que entreguen al Síndico dentro de las 24 hs. los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad. Prohíbese hacer pagos a la fallida, los que serán ineficaces. Decrétase la clausura de los establecimientos y oficinas y demás lugares donde se hallan bienes y documentación de la fallida y su entrega directa al Síndico debiendo proceder a la descripción e inventario. Establécese el día 30 de mayo de 2007 como fecha hasta la cual los acreedores pueden presentar a la Sindicatura los pedidos de verificación de sus créditos. Fíjase hasta el día 12 de julio de 2007 como fecha tope para que el Síndico presente los informes individuales (art. 35 de la Ley 24522), y la del día 7 de septiembre de 2007 para que presente el informe general. San Nicolás, 10 de abril de 2007. Fdo. Dra. Amalia Fernández Balbis, Juez en lo Civil y Comercial. Secretaría, 16 de abril de 2007. Mará Inés De Felipe. Auxiliar Letrado.C.C. 4.847 / may. 3 v. may. 9POR 5 DIAS - El Sr. Agente Fiscal de la Unidad Funcional de Investigaciones Complejas nro. 9 del Depto. Judicial San Martín Dr. Edgardo Ledesma, sita en Av. Ricardo Balbín n° 1635 de la localidad y partido de San Martín Pcia. de Buenos Aires, en la Investigación Penal Preparatoria n° 446012 caratulada "Berzeletti, Adolfo s/ Estafa" cita a ADOLFO LEONARDO BERZELETTI (DNI 28.628.969) imputado del delito de defraudación, para que el día 22 de mayo del año en curso a las 8:30 hs. se presente por ante esta Unidad a fin de prestar declaración en los términos del art. 308 primera parte del C.P.P., bajo apercibimiento de ser declarado rebelde, conforme lo normado por los arts. 129 y 303 del C.P.P. Se transcribe el auto que lo ordena: "San Martín, 19 de abril de 2007. Atento lo informado a fs. 60 y 69 cítese a Adolfo Leonardo Berzeletti por edicto, para que se presente en esta Unidad a fin de recibírsele declaración en los términos del art. 308 primera parte del C.P.P. el día 22 de mayo a las 8:30 hs., el que se publicará durante cinco días en el Boletín Oficial, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde en caso de incomparecencia injustificada y solicitar su comparendo compulsivo, conforme a lo normado en los arts. 129 y 303 del C.P.P. Fdo. Dr. Edgardo Ledesma, Agente Fiscal. Ante mí: Julio López Instructor Judicial". Para su diligenciamiento pase a la oficina del Boletín Oficial del Departamento Judicial San Martín. San Martín, 19 de abril de 2007. Julio M. López. Instructor Judicial.C.C. 4.867 / may. 3 v. may. 9POR 5 DIAS - El Juzgado en lo Civil y Comercial n° 14, Secretaría única de San Isidro comunica por cinco días que con fecha 04/04/2006 se ha decretado la quiebra de ANTONIO MARTIN JAZHAL DNI 4.570.042, comerciante, hijo de Salomón Jazhal y de Sultana David, con domicilio en Moreno 2605 de San Fernando, haciéndosele saber a los acreedores la existencia de este juicio para que hasta el día 09/08/2007 presenten al Síndico los títulos justificativos de sus créditos; y que cuentan hasta el día 24/08/2007 para proceder, si lo consideraren pertinente, a impugnar los créditos insinuados y los controvertidos. El Síndico designado en autos es el contador Rubén Antonio Sassone, con domicilio constituido en la calle 9 de Julio 346/52 2° piso oficina 201 (estudio Dr. Bruno) de San Isidro, donde atiende los días lunes, miércoles y viernes de 13:30 a 16:30 hs. tel. 4373-6922, asimismo establece un domicilio alternativo en la calle Uruguay 390 piso 8° E de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, donde atiende de lunes a viernes de 10:00 a 18:00 hs. Hácese saber que el Síndico deberá presentar los informes individual y general los días 21/09/2007 y 07/11/2007, respectivamente. El fallido y los terceros quedan intimados a entregar al Síndico los bienes del deudor que tengan en su poder. Asimismo se hace saber la prohibición de hacer pagos al fallido, bajo apercibimiento de declararlos ineficaces. Hágase saber al fallido que deberá cumplir los requisitos a los que se refiere el art. 86 de la ley 24.522, si no lo hubiere efectuado hasta entonces y que deberá entregar al Síndico dentro de las 24 hs. los libros de comercio y demás documentación relacionados a la contabilidad que tengan en su poder. Asimismo se intima al fallido para que dentro de las 48 hs. constituya domicilio procesal bajo apercibimiento de tenerle por constituido el domicilio en los estrados del Juzgado. San Isidro, 13 de abril de 2007. Dra. María Gabriela Ugalde. Secretaria.C.C. 4.866 / may. 3 v. may. 9POR 5 DIAS - El Juzgado Civil y Comercial n° 3 de Quilmes, sito en Alvear 465, 2° piso de Quilmes, hacer saber que con fecha 19/04/01 se decretó la quiebra de BARTEL ILUMINACION S.A., con domicilio en la calle Avda. del Trabajo N° 740 de Florencio Varela, inscripta en la matrícula n° 8559 inscripta con fecha 22/12/1980 en la Dirección Provincial de Personas Jurídicas, solicitada por Miguel Valiante con fecha 29/09/00. Síndico designado Cdora. Claudia Irene Guinis con domicilio en Moreno 525 PB. Dto. 4° de Quilmes, ante quien deberán presentarse las insinuaciones verificatorias los días lunes a viernes de 9.00 a 13.00 hs. hasta el 13 de agosto de 2007 (art. 32 de la L.C.). El informe individual deberá presentarse el día 24 de septiembre de 2007 y el general el día 5 de noviembre de 2007 (arts. 35 y 39 de la L.C.). Se hace saber que a partir de encontrarse firme el decreto de quiebra se suspende el trámite de todos los juicios de contenido patrimonial iniciados contra la fallida por causa o título anterior a esta presentación, prohibiéndose la deducción de nuevas acciones que tengan por causa o título fecha anterior a dicha fecha (arg. art. 132 de la ley 24.522 según modif. ley 26.086). Los juicios de contenido patrimonial deberán radicarse ante esta dependencia, quedando exceptuados de dicho efecto (radicación) los juicios enunciados en los apartados 3° (expropiaciones, los que se funden en relaciones de familia), 4° (procesos de conocimiento en trámite, juicios laborales) y 5 (los que el deudor sea parte de un litis consorcio pasivo necesario) del art. 21 según ley 26.086, los qué estarán sujetos a las pautas establecidas en dicha norma apartados 6 a 8 (art. 132 ap. 1). Asimismo, en el caso de juicios seguidos contra el fallido en calidad de codemandado, -salvo que se trate de un litis consorcio pasivo necesario (art. 133 ap.2°)-, el actor podrá optar por continuar el trámite del juicio de conocimiento ante el tribunal originario desistiendo de aquél, sin perjuicio de solicitar la verificación de su crédito ante esta dependencia (art. 133 según ley 26.086). En el caso de las ejecuciones de garantías reales (art. 132 ap. 1° ley 26.086), las misma deberán ser radicadas ante esta dependencia, ordenándose la suspensión de su trámite (art. 126 párr. 2° y 209 de la ley 24.522). Se intima al fallido a que en el plazo de 24 hs. coloque a disposición del Juzgado todos sus bienes (art. 88 inc. 3° LCQ) y a que en 48 hs. constituya domicilio procesal en el radio del Juzgado. Intímase a terceros poseedores de bienes o documentación del fallido para que dentro del plazo de 48 hs. de la última publicación edictal los coloquen a disposición del Juzgado o, en su defecto, denuncien su ubicación e individualización. Queda prohibida la realización de pagos al fallido, los que serán ineficaces (arts. 88 inc. 5°, 106, 107 y 125 de la ley. cit.). Quilmes, 16 de abril de 2007. María Florencia Caffarena. Secretaria.C.C. 4.874 / may. 3 v. may. 9POR 5 DIAS - Por disposición de la Dra. Graciela Julia Angriman, titular del Juzgado en lo Correccional nro. 5 del Departamento Judicial Morón, en causa N° J0084 seguida a JUAN MARTIN LEGUIZAMON por el delito de Tenencia Ilegítima de Estupefacientes para consumo personal, del registro de la Secretaría Unica a cargo de la suscripta, cítese y emplácese a Juan Martín Leguizamón, indocumentado, argentino, soltero, instruido, de ocupación ayudante de albañil, de 20 años de edad, nacido el día 12 de febrero de 1987, en la localidad de Villa Sarmiento, Prov. de Buenos Aires, hijo de Mario Alberto Leguizamón y de Mirta Isabel Décima, con último domicilio en la calle Cartagena Nro. 1357, de la localidad de Morón, partido del mismo nombre, provincia de Buenos Aires, por el término de 5 (cinco) días, a fin de que comparezca a estar a derecho dentro del plazo de treinta días corridos a contar desde la última publicación, a este Juzgado sito en calle Uruguay nro. 540 de la localidad y partido de Morón, provincia de Buenos Aires, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y ordenar su comparendo (arts. 129 y 304 del C.P.P.P.B.A.). Como recaudo legal, se transcribe a continuación el auto que ordena el libramiento del presente: "Morón, 20 de abril de 2007. Por recibidas las actuaciones que anteceden y atento lo emergente de las mismas, cítese y emplácese mediante edicto, a publicarse en el Boletín Oficial de la provincia de Buenos Aires, a Juan Martín Leguizamón por el término de 5 (cinco) días, a fin que en plazo de treinta días corridos a contar desde la última publicación comparezca a estar a derecho, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde, y ordenar...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR