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INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL ResoluciónLa Plata, 24 de septiembre de 2009.POR 5 DÍAS - EL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, cita por el término de cinco (5) días en el expediente N° 21557-104287-08 ACOSTA MAXIMO ARMANDO S/SUC, a toda persona que se considere con derecho al beneficio de PENSIÓN, bajo apercibimiento de resolverse las actuaciones con las partes intervinientes.-Juan Carlos Lightowler StahlbergPresidente I P.S.C.C. 11.098 / nov. 26 v. dic. 2INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL ResoluciónPOR 5 DÍAS - EL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, NOTIFICA EN EL EXPEDIENTE N° 21557-072027-07, ALGAÑARAZ, OSCAR ARNALDO LA RESOLUCIÓN Nº 585.301 DE FECHA 14 DE FEBRERO DE 2008.-CORRESPONDE AL EXPEDIENTE Nº 021557-072027-07CAUSANTE ALGAÑARAZ, OSCAR ARNALDOSOLICITA 05 JUBILACIÓN POR EDAD AVANZADA SERV. PUROSNº-LIQ. 456548.-Visto lo solicitado en las presentes actuaciones y las constancias acumuladas y; CONSIDERANDO:Que el titular acredita los requisitos que dan derecho a la prestación solicitada, de acuerdo a la normativa vigente Ley 9650 texto ordenado 1994.Que, se han expedido los organismos técnicos y legales correspondientes.Por elloEL HONORABLE DIRECTORIO DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, RESUELVE:ARTÍCULO 1º.- Acordar el beneficio de Jubilación por Edad Avanzada Serv. Puros ALGAÑARAZ, OSCAR ARNALDO, nacido el 16/09/1939, con Documento de identidad LE 5317391 y domiciliada en Alvear Nº 464 Dolores.-ARTÍCULO 2º.- El beneficio acordado será liquidado a partir del día 1/03/2007, y será equivalente al 50% del sueldo y bonificaciones asignados al cargo de Adm. Cat. 14 – 30 hs. con 21 años de antigüedad, desempeñado en Instituto Cultural de la Provincia de Buenos Aires.-ARTÍCULO 3º.- Notificar por la presente lo dispuesto por el artículo 60 de Decreto Ley 9650, cuyo texto se acompaña.ARTÍCULO 4º.- Aprobar el computo de servicios de fs. 17 y la liquidación de la deuda practicada en concepto de aportes no efectuados que ascienden a la suma de $ 0, estableciendo que se han computado 21 años 11 meses y 16 días de servicio.-ARTÍCULO 5º.- El Departamento Inclusiones procederá a incluir el presente en planillas de pago de la Sección Administración General.OBSERVACIONES:El haber correspondiente al cargo establecido en el Art. 2 es el que viene percibiendo en carácter de transitoriedad.Se deja constancia que la movilidad establecida en el Art. 50 del decreto ley 9650/80 implica tanto el aumento como la disminución del haber, en la misma proporción que se aumente o disminuya el haber del activoARTÍCULO 8º.- Regístrese en Actas; Notifíquese al interesado.-Juan Carlos Lightowler StahlbergPresidente I P.S.C.C. 11.099 / nov. 26 v. dic. 2INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL ResoluciónPOR 5 DÍAS - EL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, NOTIFICA EN EL EXPEDIENTE N° 21557-049983-06, ARATTA, OSCAR RAFAEL LA RESOLUCIÓN Nº 579.447 DE FECHA 13 DE SEPTIEMBRE DE 2007.-CORRESPONDE AL EXPEDIENTE Nº 021557-049983-06CAUSANTE ARATTA, OSCAR RAFAELSOLICITA 05 JUBILACIÓN POR EDAD AVANZADA SERV. PUROSNº-LIQ. 222222.-Visto lo solicitado en las presentes actuaciones y las constancias acumuladas y; CONSIDERANDO:Que el titular acredita los requisitos que dan derecho a la prestación solicitada, de acuerdo a la normativa vigente Ley 9650 texto ordenado 1994.Que, se han expedido los organismos técnicos y legales correspondientes.Por elloEL HONORABLE DIRECTORIO DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, RESUELVE:ARTÍCULO 1º.- Acordar el beneficio de Jubilación por Edad Avanzada Serv. Puros a ARATTA, Oscar Rafael, nacido el 21/07/1940, con Documento de identidad DNIM 4890399 y domiciliada en Rocha Torre 2 Nº 1651 Dto 0 Piso 8 Capital Federal.-ARTÍCULO 2º.- El beneficio acordado será liquidado a partir del día 1/08/2006, y será equivalente al 52% del sueldo y bonificaciones asignados al cargo de Jefe de Unidad Sanitaria 48 hs. con 22 años de antigüedad, desempeñado en Ministerio de Salud.-ARTÍCULO 3º.- Notificar por la presente lo dispuesto en el artículo 60 de Decreto Ley 9650, cuyo texto se acompaña.-ARTÍCULO 4º.- Aprobar el computo de servicios de fs. 18 y la liquidación de la deuda practicada en concepto de aportes no efectuados que ascienden a la suma de $ 0, estableciendo que se han computado 22 años 05 meses y 07 dias de servicio.-ARTÍCULO 5º.- El Departamento Inclusiones procederá a incluir el presente en planillas de pago de la Sección Administración General.OBSERVACIONES:El haber correspondiente al cargo establecido en el Art. 2 es el que viene percibiendo en carácter de transitoriedad.Se deja constancia que la movilidad establecida en el Art. 50 del decreto ley 9650/80 implica tanto el aumento como la disminución del haber, en la misma proporción que se aumente o disminuya el haber del activoARTÍCULO 8º.- Regístrese en Actas; Notifíquese al interesado.-Juan Carlos Lightowler StahlbergPresidente I P.S.C.C. 11.100 /nov. 26 v. dic. 2INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL ResoluciónPOR 5 DÍAS - EL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, NOTIFICA EN EL EXPEDIENTE N° 21557-014229-05, CANDREVA ANA, LA RESOLUCION Nº 592507 DE FECHA 25 DE SEPTIEMBRE DE 2008.-CORRESPONDE AL EXPEDIENTE Nº 21557-014229-05Visto la Resolución Nº 582.841 de fecha 22 de Noviembre de 2007 por la que se otorgo un reajuste a ANA CANDREVA, jubilada bajo el Nº 205.865.088 de la Sección Magisterio, y,CONSIDERANDO:Que el cargo de la titular de autos venia percibiendo con anterioridad a la Resolución de Referencia arroja mejor haber que la simultaneidad;Por elloEL HONORABLE DIRECTORIO DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, RESUELVE:ARTÍCULO 1º.- Dejar sin efecto la Resolución Nº 582.841 de fecha 22 de noviembre de 2007 obrante a fs. 26, atento los considerandos que anteceden.-ARTÍCULO 2º.- Incorporar al solo efecto de su computo los servicios desempeñados por Ana CANDREVA en el Ministerio de Salud por el lapso comprendido entre el 19/10/1981 al 18/07/1994, sin que ello signifique un incremento en los haberes, dado que con los mismos no varia el cargo, la antigüedad ni el porcentaje.-ARTÍCULO 3º.- Se deja constancia que el cargo que la titular de autos viene percibiendo en la actualidad arroja mejor haber que la simultaneidad.-ARTÍCULO 4º.- Establecer que han sido computados 25 años, 5 meses y 16 días de Servicios.-ARTÍCULO 5º.- El Departamento Inclusiones procederá a incluir el beneficio en las planillas de pago de la Sección Magisterio, y a descontar la suma de pesos trece mil seiscientos tres con cuarenta y tres centavos ($ 13.603,43) en concepto de aportes personales no efectuados.-ARTÍCULO 6º.- El Departamento Recursos Entes provinciales deberá tomar intervención a fin de arbitrar las medidas tendientes al recupero de la suma de Pesos doce mil quinientos cincuenta y siete con un centavo ($ 12.557,01) en concepto de aportes personales no efectuados.-ARTÍCULO 7º.- El Departamento Recursos Entes provinciales deberá tomar intervención a fin de arbitrar las medidas tendientes al recupero de la suma de pesos doce mil quinientos cincuenta y siete con un centavo ($ 12.557,01) en concepto de aportes patronales no efectuados, debiéndose notificar previamente al Ministerio de Salud, con copia de la presente.-Juan Carlos Lightowler StahlbergPresidente I P.S.C.C. 11.101 /nov. 26 v. dic. 2INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL ResoluciónPOR 5 DÍAS - EL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, NOTIFICA EN EL EXPEDIENTE N° 21557-050407-06, CAÑUETO, MABEL ETHEL, LA RESOLUCIÓN Nº 580.087 DE FECHA 27 DE SEPTIEMBRE DE 2007.-CORRESPONDE AL EXPEDIENTE Nº 21557-050407-06CAUSANTE CAÑUETO, MABEL ETHELSOLICITA 01 PENSIÓN EX JUBILADOC/ ESPOSA /ONº-LIQ. 222222.-Visto lo solicitado en las presentes actuaciones y las constancias acumuladas y CONSIDERANDO:Que, se encuentran reunidos todos los requisitos que dan derecho a la prestación solicitada, de acuerdo a lo establecido en el artículo 34 de la Ley 9650/80 Texto Ordenado 1994,Que se han expedido los Organismos técnicos y legales correspondientes.-Por ello,EL HONORABLE DIRECTORIO DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, RESUELVE:ARTÍCULO 1º.- Acordar el beneficio de Pensión a RAUL ORZANGO, clase 1935, LE 5363694 domiciliados en Av. Ángel Gallardo Nº 112 Dpto 4 Piso 3 Cap. Federal.-ARTÍCULO 2º.- El beneficio acordado será abonado a partir del día 25/03/2006, y será equivalente al 53% del sueldo y bonificaciones asignados al cargo de Secretaria con 24 años desempeñado por el causante en Dirección General de Cultura y Educación.-ARTÍCULO 3º.- Aprobar el computo de servicios de fs. 42 y la liquidación de la deuda practicada en concepto de aportes no efectuados que ascienden a la suma de $ 0, estableciendo que se han computado 26 años, 10 meses y 18 días de servicio.-ARTÍCULO 5º.- El Departamento Inclusiones procederá a incluir el beneficio en las planillas de pago de la Sección Magisterio.-Observaciones:El haber correspondiente al cargo establecido en el Art. 2 es el que viene percibiendo en carácter de transitoriedad.Se deja constancia que la movilidad establecida en el artículo 50 del Decreto Ley 9650/80 Implica tanto el aumento como la disminución del haber, en la Misma proporción que se aumente o disminuya el haber del activo.Se deberá tener en cuenta lo informado a fs. 14 y lo manifestado a fs. 12.-ARTÍCULO 6º.- Regístrese en Actas; notifíquese al interesado y pase al Departamento de Adecuaciones y Altas para su cumplimiento.Juan Carlos Lightowler StahlbergPresidente I P.S.C.C. 11.102 /nov. 26 v. dic. 2INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL ResoluciónLa Plata, 24 de septiembre de 2009.POR 5 DÍAS - EL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, cita por el término de cinco (5) días en el expediente N° 21557-130222-09 CHAVERO VILLALOBOS SANTOS TOMAS S/SUC, a toda persona que se considere con derecho al beneficio del SUBSIDIO POR FALLECIMIENTO, bajo...

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