Varios Publicados en la Fecha 1 de Abril de 2008

CASA CENTRAL C.C. POR 5 DIAS - El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 4 Secretaria Unica, de Dpto. Judicial de Mar del Plata, a cargo del Dr. Ramiro Rosales Cuello, comunica que se ha declarado el estado de quiebra de: BALLARRE OSCAR ALFREDO, D.N.I. 11.471.759, con domicilio real en la calle 33 N° 1727 de la Ciudad de Miramar, Prov. de Bs. As. y constituido en la Avda. Colón 3130 de esta ciudad, en la que se ha designado Síndico Titular a: Camila Del Luján Ricchetti, con domicilio en la Avda. Colón 3130 piso 10 oficina B, de Mar del Plata teléfono (0223) 493-8766. La resolución que ordena la quiebra dice: " Mar del Plata, 21 de junio de 2007 Resuelvo: hacer lugar al pedido decretando la quiebra, con el alcance de los art. 102 a 159 y conc. de la ley 24.522, del Sr. Oscar Alfredo Ballarre (D.N.I.: 11.471.759), con domicilio en la calle 33 N° 1727 de la ciudad de Miramar y constituido en la calle Colón n° 3130 de esta ciudad, a cuyo fin se ordenan las siguientes medidas: 1- La inhibición general de bienes del fallido para disponer y gravar sus bienes registrables, librándose a tales fines los oficios correspondientes al Registro de la Propiedad Inmueble y Automotor. 2- La intimación a terceros que tengan bienes del fallido a que oportunamente los pongan a disposición del Síndico, bajo apercibimiento de ser pasibles de las penas y responsabilidades que en derecho correspondan (Art. 80 inc. 3 Ley Nº 24.522). 3- La prohibición de hacer pagos al fallido bajo apercibimiento de la considerarse los mismos ineficaces (Art. 88 inc. 5 LCyQ). 4- La retención de la correspondencia epistolar y telegráfica a nombre del fallido, la que deberá ser entregada a la sindicatura y la que deberá ser abierta en presencia del fallido, a tal fin líbrese oficio (Art. 114 L.C.) 5- La prohibición al fallido de ausentarse del país hasta la presentación del informe general y debiendo posteriormente requerir la previa autorización judicial. A dicho fin líbrese oficios a la Policía Federal, Gendarmería, Migraciones y Ministerio del Interior (Art. 103 Ley Nº 24.522). 6- Señálese la audiencia del día 28 de junio de 2007, para proceder al sorteo de un Síndico Contador (categoría B), quien se desempeñará en las funciones de Síndico Titular, quien resulta designado, deberá aceptar el cargo conferido, ante el actuario, dentro del tercer día de notificado, bajo apercibimiento de remoción. 7- Poner al Síndico en posesión de los bienes, papeles y demás documentación que tuviere importancia, librándose el mandamiento de práctica, intimándose asimismo al fallido para que en el plazo de 24 horas entregue al síndico los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad (Art. 88 inc. 4 L.C.). 8- Solicítase a los Sres. Jueces de este Dpto. Judicial la remisión al Juzgado de los juicios de contenido patrimonial seguidos contra el fallido en los términos y con las excepciones dispuestas por el artículo 132 de la Ley 24.522, en su nueva redacción (modif. Ley Nº 26.086), a cuyo fin ofíciese. 9- Ordénase la realización de los bienes del deudor, en el término establecido por el Art. 217 L.C.yQ. y bajo apercibimiento de allí dispuesto, cuyas enajenaciones estarán a cargo de la Sindicatura dando cumplimiento al Art. 88 inc. 9 L.C., una vez realizado el inventario que prevé el Art. 88 inc. 10 L.C., el que se efectuará por intermedio del Sr. Oficial de Justicia y que comprenderá solo los rubros generales, librándose a tal fin el mandamiento respectivo, (Art. 253 inc. 7 ley 24522). Con fecha 25 de febrero de 2008 se resolvió: 10- De conformidad con 10 manifestado, habiendo quedado desactualizadas las fechas originalmente establecidas, procédese a fijar nuevas y en tal sentido, señálase a el día 28 de abril de 2008, como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentarse ante el síndico con los títulos justificativos de sus créditos a efectos de su verificación. El día 10 de junio de 2008 como fecha en la cual el síndico designado deberá presentar, el informe individual de los créditos y el día 24 de julio de 2008 para la presentación del informe general previstos por el Art. 39 de la Ley 24.522. En consecuencia, procédase a la publicación de nuevos edictos a los mismos efectos que los que fueran ordenados con fecha 21/06/2007 y el 11/10/2007 consignándose las nuevas fechas ut supra fijadas.- Firmo por disposición de la S.C.B.A.-Dr. Enrique Félix Arbizu. Juez Civil y Comercial. 12- Disponer la publicación de edictos por 5 días en Boletín Oficial y Diario La Capital de Mar Del Plata, sin necesidad de previo pago, asignándose los fondos cuando los hubiere disponibles (Art. 89 ley 24522). 13- Procédase a la inhabilitación del fallido a cuyo fin líbrese los oficios correspondientes (Art. 234, 238 L.C.) y a la anotación de la apertura en el Registro de Juicios Universales, dándose cumplimiento a la ley 7205. Regístrese, notifíquese, Fdo. Dr. Ramiro Rosales Cuello, Juez Civil y Comercial.C.C. 1.995 / mar. 26 v. abr. 1°POR 5 DIAS - El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial nro. 13 a cargo del Dr. José María Durañona, del Departamento Judicial Lomas de Zamora, hace saber que con fecha 27 de noviembre de 2007, se ha decretado la quiebra de B.S.B. SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA. Se ordena la entrega al síndico actuante de todos los bienes y demás documentación de la fallida que se hallen en poder de ésta y de terceros con la consecuente incautación, conservación y administración de dicho funcionario. La prohibición a terceros de hacer pagos a la fallida bajo apercibimiento de reputarlos ineficaces (Art. 88 inc. 5° ley cit.). Se fija como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar las verificaciones el día 8 de abril de 2008, ante el síndico designado Cr. Armando Albano, con domicilio legal en calle Belgrano nro. 98 2° Piso "A", Lomas de Zamora, los días lunes a jueves, 15 a 18 hs. Teléfono 429-25908/ 0221-4224980, y para presentar los informes de los arts. 35 y 39 de la ley 24.522 los días 1° de julio de 2008 y 19 de septiembre de 2008 respectivamente. Lomas de Zamora, 7 de marzo de 2008. Dra. Viviana B. Verteramo, Abogada - Secretaria.C.C. 1.993 / mar. 26 v. abr. 1°POR 5 DIAS - Por disposición de la Dra. Elisabet Miriam Fernández, Juez titular del Juzgado en lo Correccional Nº 4, del Departamento Judicial de Morón, en la causa Correccional Nº 843 seguida a ANGELICA VIRGINIA YALUFF en orden al delito de tentativa de Hurto y su acollarada Nº 925, caratulada "Yaluff Angélica Virginia s/ Tentativa de Hurto con la participación de un menor de diciocho años" del registro de la Secretaría Unica a cargo de la suscripta. Cítese y emplacese, a Angélica Virginia Yaluff, con DNI 17.411.716, de nac. argentina, de estado civil soltera, nacida el 31 de diciembre de 1964, en la ciudad de La Plata, hijo de Abdo y de Bernarda Parris, ama de casa, con último domicilio conocido en la calle Filiberto Nº 3870, Barrio Arco Iris, Partido de Merlo, Provincia de Buenos Aires, por el término de cinco días, a fin de que comparezca a estar a derecho, a este Juzgado sito en la calle Almirante Brown y Colón, 4º piso, Sector "C", de la localidad y partido de Morón, bajo apercibimiento de ser declarada rebelde y ordenar su detención (Artículos 129, 303 y 304 del Código Procesal Penal de la Provincia de Buenos Aires). Como recaudo legal, se transcribe el auto que ordena el libramiento del presente: "Morón, 10 de marzo de 2008. I) Tiénese... II) Atento al contenido del informe corriente a fs. 162, donde consta que la imputada de autos se ha retirado de su domicilio y se desconoce su paradero, cítese y emplacese mediante edicto, a publicarse en el Boletín Oficial de esta Provincia, a Angélica Virginia Yaluff, por el término de cinco días, a fin de que comparezca a estar a derecho, (dentro de los tres días de producida la última publicación), bajo apercibimiento de ser declarada rebelde y ordenar su detención (Artículo 129, 303 y 304 del Código Procesal Penal de la Provincia de Buenos Aires). Fdo. Dra. Elisabet Miriam Fernández, Juez. Secretaría, 10 de marzo de 2008. Laura Salimbeni, Secretaria.C.C. 1.992 / mar. 26 v. abr. 1ºPOR 5 DIAS - Por disposición del Superior, dirijo a Ud. el presente en la causa Nº 590/07 (orden interno 1865) caratulada "García Carlos Alberto, Gordovil Gerardo, Giménez José Luis, de Arriba Daniel Adrián y Cristófaro Rubén Omar s/ Co-hecho en Bahía Blanca", a fin de que, por vuestro Intermedio y a título de colaboración tenga a bien publicar en este Boletín diario por el término de cinco días, lo siguiente: "Se cita y emplaza a JOSE LUIS GIMENEZ, para que en el término de diez días comparezca a estar a derecho por ante este Tribunal (sito en calle Estomba Nº 34, 3er. Piso C.P. 8000 Bahía Blanca), bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y ordenarse su comparendo compulsivo". Como recaudo transcribo el auto que así lo ordenó: "Bahía Blanca, 10 de marzo de 2008... Cítesele por edictos... con el objeto de que en el plazo de diez días se presente ante este Tribunal en lo Criminal Nº 3, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde o ordenarse su comparendo compulsivo... "Fdo. Daniela Fabiana Castaño, Vicepresidente del Tribunal Criminal Nº 3. Bahía Blanca, 10 de marzo de 2008. Guillermo Mércuri, Secretario.C.C. 1.985 / mar. 26 v. abr. 1ºPOR 5 DIAS - Tengo el agrado de dirigirme a Ud., en la causa Nº 13.559 (IPP Nº 13.025) seguida a "DEMETRIO CARLOS por Robo", de trámite ante este Juzgado de Garantías Nº 1 a cargo de la Dra. Laura Inés Elías, Secretaría Unica a mi cargo, del Departamento Judicial Dolores, a los efectos de que proceda publicar edicto por el término de cinco días, a fin de notificar al prevenido nombrado cuyo último domicilio conocido era calle Juan Arana Nº 35 de Daireaux, la resolución que dictará este Juzgado con fecha 1º de febrero de 2008, cuya parte dispositiva se transcribe a continuación: Autos y Vistos:... Resuelvo: Sobreseer totalmente a Demetrio Carlos, por el delito previstos y penados por...

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