Varios Publicados en la Fecha 1 de Junio de 2006

GAVETECO S.A.I.C.F.E.I. POR 5 DIAS.- Se hace saber por cinco días al comercio público en general (Ley 11.867) que los Sres. Humberto Donadio L.E. 5.311.757 y el Sr. Manuel Francisco Mililo D.N.I. 13.891.254 alquilan por cinco años a partir del 26 de mayo de 2006 la plana de fileteado ubicada en Gianelli 613 de esta ciudad a Gaveteco S.A.I.C.F.E.I., C.U.I.T. 30-50373996-4 con domicilio en Valentini 349 de Mar del Plata. Oposiciones de ley en Valentini 349 de esta ciudad. Mar del Plata, 10 de mayo de 2006. Dr. Julio A. Castagnoli. Abogado.-M.P. 33.994 / may. 29 v. jun. 2MINISTERIO DE SEGURIDAD CAJA DE RETIROS, JUBILACIONES Y PENSIONES DE LAS POLICIASPOR 5 DIAS.- Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de las Policías de la Provincia de Buenos Aires cita por el lapso de cinco (5) días en el expediente n° 2138-108274 caratulado "Barrionuevo Raimundo Almaida María Esther (concubina), s/ pensión" a toda que se considere con derecho a beneficio bajo apercibimiento de resolverse con las partes intervenientes. La Plata, 15 de mayo de 2006. Eduardo Alberto Fraga. Comisionado, Vicepresidente.C.C. 4.246 / may. 29 v. jun. 2°POR 5 DIAS.- Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de las Policías de la Provincia de Buenos Aires cita por el lapso de cinco (5) días en el expediente n° 2138-108558 caratulado "Coria Hodulio-Amaya Elsa, s/ pensión" a toda que se considere con derecho a beneficio bajo apercibimiento de resolverse con las partes intervenientes. La Plata, 15 de mayo de 2006. Eduardo Alberto Fraga. Comisionado, Vicepresidente.C.C. 4.245 / may. 29 v. jun. 2°MINISTERIO DE SALUDPOR 5 DIAS - El Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires, cita y emplaza al Señor González, Ismael Eduardo, D.N.I. 17.547.504, para que en el término de 48 horas se reintegre a sus tareas en el Hospital Interzonal "Eva Perón" de San Martín (C.R.A.I. Norte), bajo apercibimiento de hallarlo incurso en abandono de cargo y decretar su cesantía, conforme a lo establecido en el artículo 85º de la Ley 10.430 (T.O. Decreto 1.869/96) y Decreto Reglamentario 4161/96. - Eduardo Antonio Terrul, Subdirector.C.C. 4.292 / may. 29 v. jun. 2DIRECCION PROVINCIAL DE HIPODROMOS Y CASINOSPOR 5 DIAS - El Instituto Provincial de Lotería y Casinos de la Provincia de Buenos Aires procede a notificar a la Señorita MarIa Cintia FARIAS (D.N.I. 33.396.728) lo dispuesto por el Señor Director Provincial de Hipódromos y Casinos mediante Disposición N° 087/06.- "La Plata, 21 de Febrero del año 2006.- VISTO, el expediente N° 2319 - 14.623/06 caratulado: "DEPARTAMENTO SEGURIDAD CASINO DE TIGRE - APLICACION DERECHO DE EXCLUSION A "MARIA CINTIA FARIAS" Y; CONSIDERANDO: Que las actuaciones de referencia se relacionan con el Derecho de Exclusión aplicado preventivamente a la Srta. María Cintia FARIAS (D.N.I. 33.396.728), según los hechos que da cuenta el Acta N° 009/06 labrada en dependencias de Seguridad del Casino de Tigre; Que en el Acta N° 009/06 consta que el día 27/01/06 siendo las 11:05 horas ante el Sr. Jefe de Departamento Dn. Ernesto VELILLA, se procede en forma preventiva a la aplicación del derecho de exclusión ad referéndum de la Dirección Provincial de Hipódromos y Casinos, a la Srta. María Cintia FARIAS, atento que siendo las 10:45 horas aproximadamente, la causante fue visualizada por el Sr. Jefe Departamento actuante, cuando en el sector de Máquinas Electrónicas de Juegos de Azar del Tercer Nivel, molestaba a distintas personas del público asistente; Que la encartada es interceptada en el Segundo Nivel por personal de Policía Adicional Oficiales de Procedimientos Alfredo FLORES y Cristian LOPEZ y de Seguridad de Sala Sres. Jefes de Sección Seguridad Leonardo NORES CASTRO y Pedro Matías ZAPATA, quienes la acompañan hasta el Acceso Principal del Establecimiento; Que prima facie se encuadra su conducta dentro de lo tipificado en el Título VIII Punto 2.1.3 de las Normas Complementarias de las Acciones del Departamento de Seguridad - Gerencia de Casinos, del Instituto Provincial de Lotería y Casinos, (Resolución N° 138/94); Que a fs.2 obra continuación del Acta donde declara el Sr. Ernesto VELILLA, Jefe Departamento Juego, quien refrenda lo antes expuesto; Que a fs.3 a 9 de las actuaciones obran continuación en donde ratifican sus firmas todos los demás funcionarios actuantes a fs.1; Que a fs.11 la Jefatura del Departamento Seguridad del Casino de Tigre informa que la encartada no se encuentra registrada en ese Departamento con prescindencia del hecho que antecede; informando asimismo que cumplidos los plazos previstos para efectuar su descargo, conforme lo establece el Punto 5 (Inc. 5.1) del Título VIII de la Resolución 138/94, la misma no ha hecho uso del citado derecho; Que elevadas las actuaciones al Area de Legales del Casino de Tigre, esa instancia ha tomado la debida intervención que le compete a fs.12, produciendo el dictamen pertinente; Que siguiendo el sentido que antecede y en un todo de acuerdo, se procede al dictado del acto administrativo; Que la presente se dicta de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 4° de la Carta Orgánica del Instituto Provincial de Lotería y Casinos aprobada por el Artículo 2° del Decreto n° 1170/92, modificado por Decreto n° 1324/01, Decreto n° 245/02, sus respectivas prórrogas, Decreto n° 62/05, Decreto 548/03 y Resolución N° 545/05; POR ELLO EL DIRECTOR PROVINCIAL DE HIPODROMOS Y CASINOS DISPONE: ARTICULO 1° Aplicar a la Srta. María Cintia FARIAS (D.N.I. 33.396.728), el Derecho de Exclusión por DOS AÑOS para ingresar a las Salas de Juegos de los Casinos dependientes del Instituto Provincial de Lotería y Casinos de la Provincia de Buenos Aires a partir del 27 de Enero de 2006, por aplicación de lo establecido en el Título VIII, Punto 2.1.3 de la Resolución D-138/94, por los motivos de hecho y derecho que se expresan en los considerandos que anteceden. ARTICULO 2° Regístrese por la Dirección Provincial de Hipódromos y Casinos comuníquese a quien corresponda y archívese en el Departamento Seguridad del Casino de Tigre. Disposición N°: 0087/06.- Fdo: Jorge Norberto Rodríguez, Director Provincial de Hipódromos y Casinos del Instituto Provincial de Lotería y Casinos de la Provincia de Buenos Aires. Queda Ud. debidamente notificado." La Plata, 15 de mayo de 2006.Jorge N. RodríguezDir. Prov. de Hipódromos y CasinosC.C. 4.356 / may. 30 v. jun 5DIRECCION PROVINCIAL DE HIPODROMOS Y CASINOSPOR 5 DIAS - El Instituto Provincial de Lotería y Casinos de la Provincia de Buenos Aires procede a notificar al Señor Martin Omar ESCALANTE (D.N.I. 21.734.798) lo dispuesto por el Señor Director Provincial de Hipódromos y Casinos mediante Disposición N° 631/05.- "La Plata, 06 de Septiembre del año 2005.- VISTO, el expediente N° 2319 - 7910/05 caratulado: "DEPARTAMENTO SEGURIDAD CASINO DE TIGRE - APLICACION DERECHO DE EXCLUSION A ESCALANTE MARTIN OMAR Y LAFONTAINE MICHEL" Y; CONSIDERANDO: Que las actuaciones de referencia se relacionan con el Derecho de Exclusión aplicado preventivamente a los Sres. Martín Omar ESCALANTE (D.N.I. 21.734.798) y Michel LAFONTAINE (Seguro Social 265.703.222), según los hechos que da cuenta el Acta N° 58/05 labrada en dependencias de Seguridad del Casino de Tigre; Que en el Acta N° 58/05 consta que el día 31/07/05 siendo las 20:35 horas ante el Sr. Jefe de Departamento Dn. Néstor SALINAS, se procede en forma preventiva a la aplicación del derecho de exclusión ad referéndum de la Intervención del Instituto Provincial de Lotería y Casinos, a los Sres. Martín Omar ESCALANTE y Michel LAFONTAINE, atento que siendo las 20:00 horas aproximadamente, los causantes son visualizados, mediante el Sistema de Video del Casino de Tigre, por el Sr. Supervisor de la División Seguridad de Juego Dn. Lucio ESCOBAR, cuando en momentos que se encontraban jugando en la Máquina Tragamonedas N° 6797 en cercanías de la Escalera Mecánica Secundaria del Segundo Nivel, el Sr. Michel LAFONTAINE saca monedas del Drop de dicha Máquina, introduciendo su mano en una ranura del mismo; Que a continuación ambos encartados comparten dichas monedas para proceder a apostar con ellas; Que dicha maniobra fue realizada en varias oportunidades; Que algunas de las monedas obtenidas eran cambiadas en las Cajas de Pago de Monedas del Segundo Nivel, mientras que otras eran utilizadas por los encartados para realizar apuestas; Que los causantes son invitados desde la Sala de Juegos a la Oficina de la División Seguridad de Sala por personal de Policía Adicional Rubén IBAÑEZ y de Seguridad de Sala Sres. Jefes de Sección Seguridad Dn. Sebastián VITOBELLO y Walter ALONSO, a los efectos de labrar las actuaciones correspondientes; Que prima facie se encuadran sus conductas dentro de lo tipificado en el Título VIII Punto 1.2 de las Normas Complementarias de las Acciones del Departamento de Seguridad - Gerencia de Casinos, del Instituto Provincial de Lotería y Casinos, (Resolución N° 138/94); Que a fs.2 obra continuación del Acta donde declara el Sr. Lucio ESCOBAR, Supervisor de la División Seguridad de Juego, quien refrenda lo antes expuesto; Que a fs.3 a 9 de las actuaciones obran continuación en donde ratifican sus firmas todos los demás funcionarios actuantes a fs.1; Que a fs.11 la Jefatura del Departamento Seguridad del Casino de Tigre informa que los encartados no se encuentran registrados en ese Departamento con prescindencia del hecho que antecede; informando asimismo que cumplidos los plazos previstos para efectuar sus descargos, conforme lo establece el Punto 5 (Inc. 5.1) del Titulo VIII de la Resolución 138/94, los mismos no han hecho uso del citado derecho; Que elevadas las actuaciones al Area de Legales del Casino de Tigre, esa instancia ha tomado la debida intervención que le compete a fs.12, produciendo el dictamen pertinente; Que siguiendo el sentido que antecede y en un todo de acuerdo, se procede al dictado del acto administrativo; Que la presente se dicta de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 4° de la Carta Orgánica del Instituto Provincial de...

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