-Varias- Superville 31/10 y 5/8/11/12

Juez del 5° Juzgado de Paz de la Primera Circunscripción Judicial de Mendoza notifica a Fit Sergio Daniel D.N.I. Nº 18.593.971, de ignorado domicilio, en Autos Nº 131.817, caratulados: "BANCO SUPERVIELLE S.A. C/ FIT SERGIO DANIEL P/ EJECUCIÓN ACELERADA" resolución de fs. 50: "Mendoza, 17 de Septiembre de 2012… Autos y VistosResuelvo: I) Líbrese mandamiento contra Sergio Daniel Fit D.N.I: 18.593.917 II) Ordenar se requiera de pago al demandado por el cobro de la suma de pesos seis mil noventa y cinco con 48/100 ($6.095,48) que le reclama la actora con más la de pesos tres mil seiscientos cincuenta y siete con 28/100 ($3.657,28) de igual moneda que se fija provisoriamente para los intereses pactados sin perjuicio de su merituación en la etapa de liquidación y/o los índices correspondientes, costos y costas del juicio. En defecto de pago, trábese embargo sobre bienes muebles propiedad del demandado susceptibles de tal medida, y que se encuentren en su domicilio hasta cubrir la suma total de pesos nueve mil setecientos cincuenta y dos con 76/100 ($9.752,76) fijada provisoriamente para responder a capital, y costas. Facultase el uso de la fuerza pública y allanamiento de domicilio en caso de ser necesario. Cítese al demandado para defensa por el término de seis días bajo apercibimiento de ley y conmínasele por la constitución de domicilio legal dentro del radio del Juzgado. (arts. 21, 74 y 75 del C.P.C.) Cópiese. Notifíquese y Regístrese- Firmado: Dra. Lina Elena Pasero. Juez..Bto. 3759431/10 y 5/8/11/2012 (3 Pub.) $ 67,50__________________________________________________________(*)Juez Juzgado de Paz Letrado Secretaria N° 2 de Gral. San Martín, Mendoza Tercera Circunscripción Judicial en los Autos N° 1.048.760 caratulados "BANCO SUPERVIELLE S.A. C/ BRIZUELA MARIANO DANIEL P/ P.V.E." NOTIFICA a MARIANO DANIEL BRIZUELA D.N.I. N° 27.984.965, demandado de ignorado domicilio, la resolución de fs. 47 que en su parte pertinente dice: "Gral. San Martín (Mza.), 14 de septiembre de 2012. Autos y Vistos… Resuelvo: 1)… 2) Ordenar se requiera de pago al demandado Mariano Daniel Brizuela por el cobro de la suma de pesos dos mil setenta con 31/100 que le reclama la parte actora, con más la suma de pesos dos mil que se presupuestan provisoriamente para responder a intereses pactados (art.622 del Cód. Civil en relación al art. 565 del C. Comercio) gastos y costas del juicio3) En defecto de pago trábese embargo sobre los bienes de propiedad del demandado que se encuentren en su...

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