Varias - Salud - Nutricion 30/5/11

Gobierno de Mendoza - Ministerio de Salud - Dirección de Nutrición e Higiene de la Alimentación. Se notifica a la firma JL BIGHETTO lo dispuesto mediante Resolución N° 2011/09. Artículo 1°: Aplicar a la firma JL Bighetto, CUIT N° 20-92540556-7 propietario del negocio del rubro Café Bar, ubicado en calle Rivadavia esq. Belgrano (Sur-Este) - Ciudad - Mendoza, la multa de Pesos doscientos doce con cincuenta centavos ($ 212,50), en conformidad con lo dispuesto por Resolución N° 1882/96 - Anexo I- Punto 2.28, 1.9 y Art. 3° de la citada resolución, por infracción al Art. 12° y 13° de la Ley 18284 -Código Alimentario Argentino- Decreto reglamentario N° 2126/71. - (Falta de inscripción de establecimiento) y Art. 2 del Decreto N° 1531/94. Artículo 2°: El importe de la multa aplicada deberá hacerse efectivo en el Departamento de Higiene de la Alimentación, dependiente de la Dirección de Nutrición e Higiene de la Alimentación del Ministerio, dentro del término de diez (10) días hábiles, a partir de la fecha de su notificación, bajo apercibimiento de Ley._____________________________________________________(*)Gobierno de Mendoza - Ministerio de Salud - Dirección de Nutrición e Higiene de la Alimentación. Se notifica a la firma LIMAR S.A. lo dispuesto mediante Resolución N° 2012/09. Artículo 1°: Aplicar a la firma Limar, CUIT N° 30-70773182-2 propietario del negocio del rubro Autoservicio, Categoría "C", ubicado en calle Godoy Cruz N° 1007 - Departamento de Guaymallén - Mendoza, la multa de Pesos doscientos doce con cincuenta centavos ($ 212,50), en conformidad con lo dispuesto por Resolución N° 1882/96 - Anexo I- Punto 2.28 y Art. 3° de la citada resolución, por infracción al Art. 12° y 13° de la Ley 18284 -Código Alimentario Argentino- Decreto reglamentario N° 2126/71. - (Falta de inscripción de establecimiento) y Art. 2 del Decreto N° 1531/94. Artículo 2°: El importe de la multa aplicada deberá hacerse efectivo en el Departamento de Higiene de la Alimentación, dependiente de la Dirección de Nutrición e Higiene de la Alimentación del Ministerio, dentro del término de diez (10) días hábiles, a partir de la fecha de su notificación, bajo apercibimiento de Ley._____________________________________________________(*)Gobierno de Mendoza - Ministerio de Salud - Dirección de Nutrición e Higiene de la Alimentación. Se notifica a la firma CATERING MAX S.A. lo dispuesto mediante Resolución N° 2033/09. Artículo 1°: Aplicar a la firma Catering Max S.A., CUIT N° 30-70894056-5 propietario del negocio del rubro Cafetería, ubicado en calle Arístides Villanueva N° 317 - Ciudad - Mendoza, la multa de Pesos cuatrocientos veinticinco ($ 425,00), en conformidad con lo dispuesto por Resolución N° 1882/96 - Anexo I- Punto 2.28, 1.9 y Art. 3° de la citada resolución, por infracción al Art. 12° y 13° de la Ley 18284 -Código Alimentario Argentino- Decreto reglamentario N° 2126/71. - (Falta de inscripción de establecimiento) y Art. 2 del Decreto N° 1531/94. Artículo 2°: El importe de la multa aplicada deberá hacerse efectivo en el Departamento de Higiene de la Alimentación, dependiente de la Dirección de Nutrición e Higiene de la Alimentación del Ministerio, dentro del término de diez (10) días hábiles, a partir de la fecha de su notificación, bajo apercibimiento de Ley._____________________________________________________(*)Gobierno de Mendoza - Ministerio de Salud -...

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