Varias Mun. Gllen. 7/4/06

Fecha de la disposición11 de Abril de 2006

La Municipalidad de Guaymallén, Ref. Expte.: Nº 359521-C-98 y su Ac. Expte Nº 465351-H-04.- Resolución Nº 66/06, Por ello, y en uso de sus facultades; El Intendente Municipal Resuelve:, Artículo 1º: Aplícase, una multa al Arq. RUSLAN TAHA, Matr. Nº 510, Catg. “A”, profesional actuante que tiene a cargo la obra correspondiente al inmueble, ubicado en calle Pedro del Castillo Nº 3.360 del Distrito Villa Nueva de este Departamento, por haber infringido el Art. V.B.3. inciso g) punto .1. del C.E.O.T., del Código de Edificación y Ordenamiento Territorial. Dicha multa se encuentra establecida en el Cap. V.C.6.incisob)- punto 13) del mismo cuerpo letrado, arrojando en tal sentido una suma de pesos cien ($ 100,00), según constancias obrantes en el expediente de referencia.- Artículo 2º: Notifíquese, al Arq. RUSLAN TAHA, Matr. Nº 510, Catg. “A” con domicilio legal en Palero Nº 62 Mendoza, que deberá hacer efectivo el pago de la multaaplicada, en el término de diez (10) días hábiles a partir de su notificación, en el Departamento de Recaudaciones Varias y Reembolso de esta Comuna. Dejando constancia, que la aplicación de la misma no exime al Profesional actuante, de presentar en un término de quince (15) días hábiles, planos de relevamiento con observaciones corregidas. Ante el caso de incumplimiento, se le da vista al Art. 160º de la Ley Nº 3.909, para el ofrecimiento de pruebas y/o defensas en diez (10) días.-Bto. 62281_________________________La Municipalidad de Guaymallén, Ref. Expte.:Nº 500110-V-05. , comunica a GARRO JOSE Y PEDRO y/o quien resulte ser titular de la propiedad empadronada bajo el Nº 42.947, que se encuentra en vigencia la Ordenanza Nº 6.713/04, según la misma Ud. cuenta con un término de ciento veinte (120) días a partir de su notificación, para la ejecución de cierre y vereda reglamentarios del terreno baldío ubicado en calle José Manuel Estrada S/Nº del Distrito Villa Nueva de este Departamento. Ante el caso de incumplimiento se le concede un plazo de diez (10) días, para la presentación de pruebas y/o defensas, conforme al beneficio otorgado en el Art. 160º de la Ley Nº 3.909. Se le da aviso además que previo a la ejecución de los trabajos, deberá asesorarse en esta Comuna sobre los materiales a utilizar. Podrá proponer alternativas de cierre y/o vereda que a juicio de las autoridades municipalessean viables. Deberá cumplir también con los requisitos de higiene y transitabilidad. Las multas por no cumplir serán severas y podrán duplicarse...

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