-Varias- Montemar 7/12/2010

Dr. Stella Maris Ontiveros, titular del Juzgado de Paz Letrado Nro. 8, Secretaría a cargo de Dolores Yamin, Notifica a los Señores Maza, Lucio Félix, Documento 25.766.101, de las siguientes resoluciones en los autos Nro. 107.330, caratulados «MONTEMAR CÍA. FIN. S.A. C/ MAZA LUCIO FELIX P/ SUMARIO (COBRO DE pesos)»: A fs.104 el Juzgado proveyó: «Mendoza, 24 de septiembre de 2010.-Autos y Vistos: ... Resuelvo: I.- Hacer lugar a la demanda instada por MONTEMAR C.F.S.A. contra LUCIO FELIX MAZA en consecuencia prosiga el trámite del presente juicio hasta que el actor se haga íntegro pago del capital reclamado o sea la suma de pesos doscientos cincuenta con 00/100 ($ 250,00.-), con más intereses pactados, IVA y costas.- II.- Regulando los honorarios profesionales de los Dres. Bruno Molesini y Ernesto A . Naveyra, en las suma de pesos setenta y cinco ($ 75,00) sin perjuicio de los reajustes complementarios que pudieren corresponder (art. 2, 7, 18 y 31 Ley 3641). Notifíquese- Fdo. Dr/a. Valeria Elena Antún. Conjuez».-Bto. 93147/12/2010 (1 Pub.) $ 15,00___________________________________________(*)Dra. Marina C. Avogadro., titular del Juzgado de Paz Letrado Nro. 1, Notifica a los Señores Montoya, Saul Néstor Documento 22.208.481 y Andino Gabriela Analía Documento 22.911.938, de las siguientes resoluciones en los autos Nro. 197.186, caratulados «MONTEMAR CÍA. FIN. S.A. C/ MONTOYA SAUL NESTOR P/ SUMARIO (COBRO DE pesos)»: A fs. 30 el Juzgado proveyó: «Mendoza 11 de agosto de 2010.- y Vistos:... Resulta:... Considerando:... Resuelvo: I- Hacer lugar a la demanda articulada por la parte actora MONTEMAR CIA. FIN. S. A. contra los Sres. Montoya Saul Néstor y la Sra. Andino Gabriela Analía con costas a su cargo por resultar vencida (art. 36 del C.P.C).- II- Consecuentemente condenar a la parte demandada al pago al actor en el plazo de diez días de ejecutoriada la presente sentencia en la suma de por la suma de pesos un mil ciento sesenta y nueve con 83/100 ($ 1.169,83) con más sus intereses pactados más gastos, comisiones, IVA desde el 12/02/2004 hasta su efectiva cancelación.- III- Regular los honorarios de los profesionales intervinientes sin perjuicio de lo que correspondiera por honorarios complementarios de la siguiente manera: Dr. Bruno H. Molesini, y Dr. Ernesto A. Naveyra en la suma de pesos trescientos cincuenta con 94/100 ($ 350,94) en forma conjunta); y la Dra Susana Danza de Garcia Espetxe en la suma de pesos ciento sesenta y tres con 77/100 ($ 163,77) (Arts...

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