-Varias- Montemar 11/15/17/11/2010

Dr. María Teresa Astudillo de Mattiello, titular del Juzgado de Paz Letrado Nro. 4, Secretaría a cargo de María Gabriela Grispo, Notifica a los Señores Guidolin, Jorge Eduardo, Documento 10.456.791, de las siguientes resoluciones en los Autos Nro. 233.602, caratulados «MONTEMAR CIA. FIN. S.A. C/ GUIDOLIN JORGE EDUARDO P/ SUMARIO (COBRO DE PESOS)»: « Mendoza, 20 de AGOSTO de 2010. Autos y Vistos:... Resuelvo: I. ... II Ordenar requerir de pago al demandado Guidolin Jorge Eduardo por el cobro de la suma de PESOS $1.440 que le reclama el actor con más la de PESOS $1.000 que se fija provisoriamente para intereses admitidos, más IVA costas y costos del juicio.- III En defecto de pago, trabese embargo sobre bienes muebles propiedad de los demandados hasta cubrir la suma de $ 2.500.- Facúltese el uso de la fuerza publica y allanamiento de domicilio en caso necesario.- Téngase presente la persona autorizada.- IV- Citase al demandado para defensa por el término de tres días, bajo apercibimiento de ley y conmínasele por la constitución de domicilio legal dentro del radio del juzgado) art,. 21, 74, y 75 del C.P.C.) Notifíquese Fdo: Dra. María T. A. de Mattiello - JuezBto. 6767511/15/17/11/2010 (3 Pub.) $ 54,00_______________________________________________________Dra. M. E. Ibaceta, titular del Juzgado en lo Civil, Comercial y Minas Nro. 24, Secretaría a cargo de Dra. Adriana Metral, Notifica a los Señores La Micela, Ernesto David, Documento 23.576.672, de las siguientes resoluciones en los Autos Nro. 101.081, caratulados «MONTEMAR CIA. FIN. S.A. C/ LA MICELA ERNESTO DAVID P/ EJECUCIÓN ACELERADA (EJEC. CAMB.)»: A fs. 40 el Juzgado proveyó: «Mendoza, 11 de Agosto de 2010.- Autos y Vistos:... Fallo: I.- Haciendo lugar a la demanda instada por MONTEMAR CIA. FIN. S.A. contra LA MICELA, ERNESTO DAVID, ordenando en consecuencia prosiga el trámite del presente juicio hasta que el actor se haga íntegro pago del capital reclamado o sea la suma de pesos ocho mil doscientos treinta y nueve con 44/100 ($8.239,44), con más sus intereses legales que correspondan desde la fecha de la mora (12/12/2008), hasta el total y cancelatorio pago; I.V.A. sobre intereses y costas.- II.- Imponer las costas a la parte demandada que resultó vencida (art. 36 del C.P.C.).- III.- Regular los honorarios profesionales de los Dres. Bruno H. Molesini y Bruno Viotti en la suma de pesos un mil ciento doce con 32 ($1.112,32), en conjunto. (Art. 2°; 7° y 31° de la Ley 3641).- IV.- Notifíquese la presente...

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