Varias Gllen. 21/4/06

Fecha de la disposición21 de Abril de 2006

La Municipalidad de Guaymallén, Ref. Expte.: Nº 434454-IO-02 y sus acum. Expte. Nº 10106-S-74, Expte. Nº 6408-S-73, Expte Nº 12201-S-71, Resolución Nº 618-05. Por ello, y en uso de sus facultades. El Intendente Municipal Decreta: Artículo 1º: Aplícase, una multa a, Las Palmeras Soc. Resp. Ltda. y/o quien resulte ser titular de la propiedad empadronada bajo el Nº 24.905, ubicada en calle Jorge Newbery esq. Godoy Cruz del Distrito Villa Nueva de este Departamento, por haber infringido el Apart. V.C.4. inc. a) del C.E.O.T. Dicha multa se encuentra establecida en el Apart. V.C.6.- inc. b)- punto 9 del mismo cuerpo letrado, arrojando un resultado de pesos cien ($ 100.00.), según constancias obrantes en el Expte. Nº 435454-IO-02 y sus acum. Expte. 10106-S-74, Expte Nº 6408-S-73 y Expte Nº 12201-S-71.- Artículo 2º: Notifíquese, a Las Palmeras Soc. Resp. Ltda. y/o quien resulte ser titular de la propiedad empadronada bajo el Nº 24.905, con domicilio legal en calle Jorge Newbery esq. Godoy Cruz de Distrito Villa Nueva de este Departamento, que deberá hacer afectiva la multa aplicada en un término de diez (10) días hábiles posterior a su notificación, en el Área de Recaudaciones Varias y Reembolsos de esta Comuna. Dejando constancia que la aplicación de la multa no exime al infractor de dar cumplimiento a la presentación de planos de Relevamiento en un término de quince (15) días. Ante el caso de incumplimiento se le da vista al Art. 160º de la Ley Nº 3.909, para la presentación de pruebas y/o defensas en un término de diez (10) días.Bto. 62940___________________________La Municipalidad de Guaymallén, Ref. Expte.:Nº 457822-C-03. Resolución Nº 694/04., Por ello, y en uso de las facultades; El Intendente Municipal Resuelve: Artículo 1°: Aplícase, una multa al Arq. Sr. JORGE ORTIZ BIALET, Mtr. Nº 114, C.A.M., CatgA, Profesional actuante que tiene a cargo la obra correspondiente al inmueble empadronado bajo el Nº 78.828, ubicada en calle Paladina S/Nº del Distrito Los Corralitos de este Departamento, por haber infringido el Ap. V.B.3. y 4 del C.E.O.T.. Dicha multa, se encuentra establecida en el Ap. V.C.6. inciso b) punto 1) del mismo texto legal citado, arrojando en tal sentido una suma de pesos cuarenta y ocho ($ 48,00); según constancias obrantes en el Expte. Nº 457822-C-03.- Artículo 2: Notifíquese, al Arq. Sr. JORGE ORTIZ BIALET, Matr. Nº 114 C.A.M., Catg.A, con domicilio legal en calle Godofredo Paladín S/Nº- Fracción Nº 03 del Distrito Los Corralitos de este...

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