Sentencia de CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA A - SECRETARIA CIVIL, 24 de Octubre de 2022, expediente FRO 016729/2021/CA002

Fecha de Resolución24 de Octubre de 2022
EmisorCAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA A - SECRETARIA CIVIL

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA A

Visto en Acuerdo de la Sala “A” -integrada- el expediente FRO 16729/2021/CA2 caratulado “VARESE, MARIA

EUGENIA c/ DIRECCION DE ACCION SOCIAL DE LA UNIVERSIDAD

TECNICA NACIONAL s/AMPARO LEY 16.986”, del Juzgado Federal nro. 2 de la ciudad de Santa Fe, Secretaría de Leyes Especiales, del que resulta que,

  1. - Se elevó la causa a estudio de esta alzada en virtud del recurso de apelación interpuesto por la demandada contra la sentencia del 03 de noviembre de 2021 por la que se hizo lugar a la acción de amparo interpuesta por M.E.V. y se ordenó a la Dirección de Acción Social de la Universidad Tecnológica Nacional (D.A.S.U.Te.N.) que cubriera el 100% del tratamiento combinado ortodóncico-

    quirúrgico que consta de dos etapas, una de ortodoncia prequirúrgica para alinear y colocar las piezas dentarias en sus bases óseas, y una segunda de cirugía ortognática osteotomía tipo lefort 1 fragmentada para avance maxilar superior y colocación de sustituto óseo en fragmentaciones osteotomía sagital bilateral mandibular para protrusión maxilar inferior mentoplastía de avance maxilar inferior,

    honorarios médicos, insumos quirúrgicos, elementos protésicos, rehabilitación, medicamentos y anestesia, en el plazo de cuarenta y ocho (48) horas a partir de la notificación de la sentencia, e impuso las costas a la demandada.

    Concedido el recuso y corrido el traslado de los agravios, fueron contestados. Elevado el expediente,

    reingresó en esta sala. Dictado el pase al acuerdo, quedó la causa en estado de dictar el presente.

  2. - Se quejó la recurrente de que el juez a quo tomara como premisa que se demoró en el cumplimiento en base a funciones burocráticas, cuando en rigor de verdad la demora Fecha de firma: 24/10/2022

    Alta en sistema: 26/10/2022 se debió a la omisión de la afiliada de presentar la Firmado por: E.I.V., JUEZA DE CAMARA

    Firmado por: A.P., JUEZ DE CÁMARA

    Firmado por: E.P., SECRETARIA DE CÁMARA

    Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA A

    prescripción médica actualizada para la realización del tratamiento de ortodoncia reclamado.

    Explicó que no hubo negativa arbitraria ni infundada del tratamiento sino que, por el contrario, la Auditoría Médica mediante correo electrónico del 18 de agosto de 2021 (cuya copia dijo que acompañó como prueba instrumental), procedió a su autorización excepcional previa actualización de la prescripción médica, la cual dijo que databa del año 2020, y previo cumplimiento de las normas vigentes en la DASUTEN en materia de coseguros, pero que no pudo notificar a la amparista por las circunstancias sanitarias excepcionales que impidieron la libre concurrencia del personal administrativo a sus puestos de trabajo.

    Transcribió el correo electrónico al que hizo referencia.

    Por...

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