Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala V, 5 de Septiembre de 2016, expediente CNT 034363/2011/CA001

Fecha de Resolución 5 de Septiembre de 2016
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala V

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA V Expte. Nº CNT 34363/2011/CA1 SENTENCIA DEFINITIVA.78827 AUTOS: “VALLEJOS HUGO JORGE C/ GANGUI DIEGO CRISTIAN Y OTRO S/ DESPIDO” (JUZGADO Nº 71).

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, capital federal de la República Argentina, a los 5 días del mes de Setiembre de 2016 se reúnen los señores jueces de la Sala V, para dictar la sentencia en esta causa, quienes se expiden en el orden de votación que fue sorteado oportunamente; y LA DRA. G.E.M. dijo:

I.V. los autos a esta alzada a propósito de los agravios que contra la sentencia de fs. 261/265, y su aclaratoria de fs. 267, formulan ambos demandados a fs.

268/272 vta., que mereciera réplica de la contraria a fs. 278/vta.

  1. El recurso se dirige a cuestionar la decisión de grado que admitió el reclamo inicial.

    El accionante demandó en procura del reconocimiento del vínculo laboral dependiente y el cobro de rubros salariales e indemnizatorios adeudados.

    Para fundar su decisión, la magistrada de grado consideró que las declaraciones testimoniales propuestas a instancias de la parte actora fueron convincentes para demostrar la existencia del vínculo laboral dependiente entre las partes.

    La parte demandada formula agravios al respecto porque considera arbitraria la valoración realizada por la juzgadora, toda vez que entiende que el decisorio se basó única y exclusivamente en prueba testimonial ofrecida por la parte actora, sin analizar las declaraciones testimoniales presentadas por los demandados quienes, a su criterio, explicaron que el actor trabajaba por su cuenta de manera autónoma.

    Sin embargo, considero que los términos de la queja en tratamiento dejan incólume el fallo apelado.

    A mi criterio, los apelantes solo se limitan en el recurso a expresar su disconformidad con la decisión de grado, en términos genéricos, sin lograr conmover sus conclusiones.

    En efecto, el análisis integral de los testimonios en cuestión no permite concluir en la forma pretendida por los recurrentes, pues los testigos reseñados por la sentenciante afirmaron coincidentemente haber visto al actor desempeñando las tareas dependientes. Contrariamente a lo que sostienen los apelantes, dichos testimonios –en cuya valoración hizo hincapié la jueza de grado– resultaron coincidentes, concordantes Fecha de firma: 05/09/2016 Firmado por: E.N.A.G., JUEZ DE CÁMARA 1 Firmado por: L.M.D.'ARRUDA...

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