Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Ii, 19 de Febrero de 2020, expediente CNT 029527/2012/CA001

Fecha de Resolución19 de Febrero de 2020
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Ii

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA II

SENTENCIA DEFINITIVA NRO.: 115209 (JUZG. Nº 47)

EXPEDIENTE NRO.: 29527/12

AUTOS: “VALLE PEDRO ROBERTO C/PETROBRAS ARGENTINA SA Y OTROS S/

ACCIDENTE LEY ESPECIAL.”

VISTO

Y CONSIDERANDO:

En la ciudad de Buenos Aires, el 19 de febrero de 2020, reunidos los integrantes de la Sala II a fin de considerar los recursos deducidos en autos y para dictar sentencia definitiva en estas actuaciones, practicado el sorteo pertinente, proceden a expedirse en el orden de votación y de acuerdo con los fundamentos que se exponen a continuación.

El Dr. G.C. dijo:

I.-Contra la sentencia de primera instancia (fs. 760/766) que rechazó

la demanda fundada en el Código Civil y condenó a la aseguradora en los términos de la ley 24.557, se alzan las partes: el actor con el escrito de fs. 777/778vta. y las codemandadas con el de fs. 779/785 (ART) y el de fs. 786/787 (V Ships Agency SA) que merecieron réplica del contrario a fs. 789/791 y 792/794.

Asimismo, Galeno ART SA cuestiona la cuantía de los emolumentos fijados a favor de la representación letrada del actor y de la perito médica por considerarlos altos; V Ships Agency SA los fijados a la perito médica y, por su parte,

la defensa letrada de V Ships Agency SA y la perito médica critican los regulados a su favor por creerlos insuficientes.

II.-Se queja el actor del rechazo de la acción fundada en el derecho común.

La Sra. Juez a quo consideró que en el escrito de inicio no se invocaron ni se enumeraron los incumplimientos al deber de seguridad incurridos por las demandadas que hubieran evitado las dolencias que padece el reclamante. Luego, analizó

la prueba aportada por las accionadas y concluyó que no existía responsabilidad objetiva o subjetiva de éstas.

Señala el demandante que detalló cuidadosamente en el escrito de inicio cuales eran sus tareas y las características y condiciones del barco. Refiere que explicó que es un barco a caldera, que transporta petróleo y provoca permanentemente incendios, riesgos en escapes de cañerías, peligro por la realización de movimientos sujetos a la apertura y cierre de válvulas de escape de vapor. Afirma que también dijo que los camarotes se encuentran sobre la sala de máquinas y ello lo sometió a constantes ruidos y vibraciones. Indica que hizo mención de las situaciones de stress y angustia durante las horas de descanso por los permanentes focos de incendios y uso de válvulas. Añade que Fecha de firma: 19/02/2020

Alta en sistema: 21/02/2020

todo ello fue probado Firmado por: V.A.P., JUEZ DE CAMARA

y también reconocido en la contestación de demanda y que se Firmado por: G.C., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: J.S.R., SECRETARIO INTERINO

reclamó por responsabilidad objetiva por el riesgo en el uso de equipos de transporte de petróleo.

No comparto lo expuesto por la sentenciante de que el actor no detalló en el escrito de inicio cuáles fueron los incumplimientos de las demandadas al deber de seguridad.

En efecto, en la demanda de fs. 6/17 el accionante relató que ingresó a trabajar a las órdenes de

  1. Ships Agency SA el 19/3/18. Narró que la empresa explota la actividad naval marítima y fluvial y que se embarcó en el buque tanque Poti propiedad de Petrobras Argentina SA, también demandada. Refirió que sus tareas eran de timoneo, mantenimiento del buque, limpieza, lavado, tendido y retiro de cabos y ancla,

    operaciones de carga y descarga. Describió que trabajaba gran parte del tiempo en la cubierta con fríos intensos de 6º C en el sur del país agravados por vientos y lluvias, tanto en horario diurno como nocturno, variables e intermitentes. Señaló que las tareas de guinches de amarre de dos cabos manuales eran riesgosas porque puede producirse un escape de vapor vivo al ser accionadas por sistemas de vapor y que también existe un sistema para el uso del combustible quemado por calderas como gas (monóxido de carbono) para...

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