Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala V, 6 de Julio de 2018, expediente CNT 059344/2013/CA001

Fecha de Resolución 6 de Julio de 2018
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala V

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA V Expte. Nº CNT 59344/2013/CA1 SENTENCIA INTERLOCUTORIA.37839 AUTOS: “VALLE JUAN FRANCISCO C/ YPF S.A. S/ DESPIDO” (JUZGADO Nº49).

Buenos Aires, 6 de JULIO de 2018.

VISTO

Y CONSIDERANDO:

La parte demandada plantea aclaratoria de la sentencia definitiva obrante a fs.

951/952vta., respecto al encuadre del desempeño laboral del actor como viajante de comercio –

situación analizada en origen- y su incidencia en la multa del artículo 80 RCT y la entrega de dichos certificados.

Sin embargo, que fuera o no viajante de comercio resulta abstracto en tanto la incidencia que genera en las particularidades de la entrega del artículo 80 es una obligación que no fue cuestionada en los agravios por el peticionante. En consecuencia, no corresponde su tratamiento.

De hecho al no haberse cuestionado por la demandada la condena a la entrega de certificados de trabajo y la imposición de la multa, llega firme a esta Alzada en los términos dispuestos en origen.

Seguidamente la parte actora plantea aclaratoria respecto a la entrega de certificados de trabajo –item tratado en el párrafo precedente- y respecto del incumplimiento en el pago del bono adeudado correspondiente al año 2012 que teniendo en cuenta la fecha del distracto del trabajador –marzo de 2013- correspondía su cumplimiento.

  1. razón al presentante, y teniendo en cuenta la norma del artículo 104 LO que habilita exclusivamente a corregir errores aritméticos, las circunstancias que surgen de la sentencia obrante a fs. 951/952vta. demuestran con claridad manifiesta el error que se pretende subsanar con la presentación en despacho. Según los considerandos de la sentencia atacada, incumbe tratar dicho planteo conforme los parámetros de verdad material y la posición plasmada por ambas partes en los escritos recursivos y sus réplicas. En este...

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