VALERZA S.A.

Fecha de publicación27 Febrero 2020
SecciónAvisos Comerciales
EmisorVALERZA S.A.
VALERZA SA CUIT 30-71447077-5 Programa Global de Obligaciones Negociables por hasta V/N $ 500.000.000 quinientos millones de pesos (o su equivalente en dólares estadounidenses). Conforme al Art. 10 de la Ley 23.576, Valerza SA (la “Emisora”), por Asamblea Extraordinaria N 32 de fecha 14 de Febrero de 2020 aprobó un Programa Global de Emisión de Obligaciones Negociables Simples (las “ON”), conforme a los siguientes datos: A.- Condiciones Generales: I. Monto: Valerza S.A. podrá emitir en forma periódica obligaciones negociables en una o más clases y/o series por un monto de hasta $ 500.000.000 (quinientos millones de pesos) o su equivalente en dólares estadounidenses. II. Tipo y Garantía: Salvo que se especifique lo contrario en el Suplemento de Prospecto aplicable, las ON serán obligaciones no garantizadas y no subordinadas, calificarán pari passu sin preferencia entre sí y en todo momento tendrán al menos igual prioridad de pago que toda otra deuda no garantizada y no subordinada, presente y futura de la Compañía, excepto respecto de ciertas obligaciones a las que las leyes argentinas le otorgan tratamiento preferencial y a excepción de las Obligaciones Negociables que se emitan con garantía especial, fija o flotante. III. Valor Nominal: 1 un peso o 1 dólar, según la moneda de emisión. IV. Emisión en Series y Clases. Las ON se emitirán en Series y/o en Clases. Dentro de cada Clase, las ON tendrán idénticas condiciones de emisión, las que podrán prever instrumentos derivados en sus cláusulas V. Moneda: Las ON podrán estar denominadas en pesos o en dólares estadounidenses conforme se indique en cada Serie y/o Clase, sujeto a todos los requisitos legales o reglamentarios aplicables a la emisión de dicha moneda, pudiendo ser de cotización indistinta. VI. Plazo de vigencia: La duración del Programa de Emisión será de cinco (5) años a partir de la fecha de publicación. El vencimiento de las diversas Series o Clases podrá operar con posterioridad al vencimiento del Programa. VII. Agentes: En su caso, se podrán suscribir convenios y contratos con Agentes de Registro, Agentes de Pago y Agentes Colocadores; En relación con la emisión de ON, los Colocadores, si los hubiera, o cualquier persona que actúe en nombre suyo podrá realizar operaciones que estabilicen, mantengan o afecten de otro modo el precio de las ON, incluyendo compras de títulos destinadas a estabilizar el precio de mercado, a cubrir en forma parcial o total una posición vendida en los títulos...

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