Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala X, 24 de Agosto de 2021, expediente CNT 015211/2014/CA001

Fecha de Resolución24 de Agosto de 2021
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala X

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA X

SENT.DEF. 2 - 3 EXPTE.Nº: 15.211/2014/CA1 (53.931)

JUZGADO Nº: 34 SALA X

AUTOS: “V.M.E. C/ YOLLY CAFE S.R.L. Y OTRO S/

DESPIDO”

Buenos Aires,

El D.L.J.A., dijo:

  1. Llegan los autos a conocimiento de esta alzada con motivo de los recursos deducidos por la codemandada Yolly Café S.R.L. a fs.138/143(con réplica de la actora a fs.

    145/147) y por la accionante conforme el memorial de fs. 148/152 (con réplica de la demandada a fs. 155/157), respecto de la sentencia dictada en grado a fs. 131/135.

    A su vez, la citada accionada apeló los honorarios que le fueran regulados a la perito contadora y a la representación letrada de la parte actora por considerarlos elevados, en tanto su representación letrada y la experta hicieron lo propio al entender que los emolumentos fijados han sido reducidos.

  2. Se agravia la parte actora porque lasentenciante anterior no tuvo por acreditada la fecha de ingreso denunciada por esa parte, ni la existencia de pagos por fuera de todo registro. En este sendero, discute el rechazo de los incrementos pretendidos con base en el art. 1 de la ley 25.323 y la ley 24.013 así como de la sanción contemplada en el art. 132 bis LCT (art. 43 ley 25.345) y art. 80 del citado ordenamiento (art. 45 ley 25.345). Además, se alza frente a la desestimación efectuada del requerimiento de extensión de la condena al coaccionado W.M. de Oca en su calidad de socio gerente de la principal.

    Por su parte, la accionada se queja por la admisión del reclamo, así como por la remuneración y jornada laboral determinadas en la anterior instancia, proyectando su reproche a la liquidación de condena, que incluye – además de los conceptos derivados de la extinción del vínculo – también los rubros por diferencias salariales y horas extraordinarias Fecha de firma: 24/08/2021

    Firmado por: M.P.S., SECRETARIO DE CAMARA

    Firmado por: D.E.S., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: L.J.A., JUEZ DE CAMARA

    que han sido receptados. De igual manera, controvierte la procedencia de los incrementos establecidos con fundamento en el art. 2 de la ley 25.323 y en el art. 80 de la LCT. Por último, cuestiona el régimen de costas implantado en el fallo.

  3. Por una cuestión de estricto orden metodológico, se dará tratamiento, en primer término, a los agravios vertidos por la accionada sobre la cuestión principal.

    Se agravia la demandada por la valoración que hiciera la magistrada precedente de la prueba producida en autos, quien concluyó que la reclamante cumplió una jornada completa y no una jornada laboral reducida, justificando de este modo el despido indirecto del caso y admitiendo las indemnizaciones de los arts. 232, 233 y 245 de la LCT y demás rubros por diferencias salariales.Frente a ello, argumenta la recurrente que la actora no produjo ninguna prueba tendiente a demostrar el cobro de la remuneración denunciada,

    reiterando que se desempeñaba como mozo de mostrador media jornada, en los términos del CCT 389/04.

    En el contexto precitado...

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