VALENCIA MIRANDA, MILTON JUAN Y OTRO c/ CALCEUS S.R.L. Y OTROS s/DESPIDO

Fecha14 Junio 2021
Número de expedienteCNT 029124/2017/CA001

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL

TRABAJO - SALA I

29124/2017 VALENCIA MIRANDA, M.J. Y OTRO c/

CALCEUS S.R.L. Y OTROS s/DESPIDO

Juzgado Nº 44 Sentencia Interlocutoria Buenos Aires, de de 2021

VISTO:

El recurso de apelación interpuesto por el codemandado “J.D.C.” contra el pronunciamiento dictado por la Sra. Juez aquo por el cual,

de conformidad con el dictamen fiscal, desestimó el planteo de nulidad deducido por entender que no se encontraban cumplidos los recaudos exigidos en el art. 59 de la ley 18.345 (v. decisorio del 05/03/2020);

Y CONSIDERANDO:

Que incumbe a quien deduce una nulidad, explicitar en forma adecuada y circunstanciada cómo llegó a su conocimiento el vicio que invalida las actuaciones. Esta exigencia incluye tanto los aspectos concretamente temporales relativos al suceso, como los materiales. No se trata de prescribir una exigencia más allá de lo normado por la ley adjetiva, sino simplemente,

otorgarle al art 59 de la L.O., una interpretación que permita desplazar la aseveración relacionada al conocimiento del vicio, del ámbito subjetivo, al objetivo, a fin de conjurar que, en base a afirmaciones sin presupuesto fáctico,

puedan ser confirmadas actuaciones...

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