Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala V, 4 de Diciembre de 2014, expediente CAF 032883/2010/CA001
Fecha de Resolución | 4 de Diciembre de 2014 |
Emisor | Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala V |
Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA V 32883/2010 VALDES RAMON Y OTROS c/ EN-M§ JUSTICIA-GN-DTO 1078/84 s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG En Buenos Aires, Capital Federal de la República Argentina, a los días del mes de diciembre de dos mil catorce, reunidos en Acuerdo los Señores Jueces de la Sala V de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, para resolver el recurso interpuesto en el expediente “V.R. y otros c/ EN – Mº Justicia - GN – dto 1078/84 s/ Personal Militar y Civil de las FFAA y de Seg”, el Tribunal estableció la siguiente cuestión a resolver:
¿Se ajusta a derecho la sentencia apelada?
El Juez de Cámara, Dr. J.F.A. dijo:
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Que la jueza de la anterior instancia rechazó la demanda interpuesta por los actores (Personal de la Gendarmería Nacional), tendiente a que se regularice la liquidación del “Sueldo Anual Complementario” (S.A.C.) conforme la Ley 23.041 y su Decreto reglamentario 1078/84; y en consecuencia, se calcule el S.A.C. sobre el 50% de la totalidad de la remuneración mensual que percibe el agente, y no sólo sobre los conceptos de naturaleza remunerativa, admitida en el Decreto 1056/08. Impuso las costas a la vencida.-
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Que contra dicho pronunciamiento la parte actora apeló a fs. 103 y fundó sus agravios a fs.
110/111vta., los que no fueron contestados por la parte contraria.
Se agravia únicamen-
te del modo en que fueron impuestas las costas; sostiene que recientemente la Corte Suprema de Justicia de la Nación, resolvió en la causa “Z.J.M.”, sentencia del 8 de abril de 2014, una cuestión sustancialmente análoga a la aquí planteada, y decidió imponer las costas en el orden causado “en atención a la naturaleza de la cuestión”. En tales condiciones, solicita que se revoque la sentencia apelada y se impongan Fecha de firma: 04/12/2014 Firmado por: GALLEGOS FEDRIANI PABLO , JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.F.A., JUEZ DE CAMARA Firmado por: G.F.T., JUEZ DE CAMARA las costas en el orden causado, de conformidad con lo establecido por el Alto Tribunal en el precedente referido.
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Que, cabe recordar que el principio objetivo de la derrota no es absoluto; así, el artículo 68 segunda parte del C.P.C.C.N. prevé la...
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