Ute - Borromei

Unión Transitoria de Empresas Entre: BORROMEI Y VILLANUEVA S.R.L, con domicilio legal en Martinez de Rosas 1.918, Ciudad, Mendoza, representada en este acto por el Sr. Borromei Mario Renato L.E. 8.144.417, MOSSO DIEZ S.R.L. con domicilio en Avellaneda 591, Ciudad, Mendoza, representada en este acto por el Ing. Osvaldo A. Mosso L.E. 7.599.355 y el Arq. Manuel Diez L.E. 8.155.730 y RETESAR S.A, con domicilio legal en Paraná 774, Piso 4º, Dpto. "A" de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, representada en este acto por su apoderado el Ing. Mario Silvio Bromberg, L.E. 6.904.935. Acuerdan: 1) Las Sociedades indicadas en el encabezamiento celebran el presente contrato de unión transitoria de empresas, de conformidad a los Artículos 377 y siguientes de la Ley Nº 19.550 modificada por la Ley 22.903, que se regirá por la estipulaciones del presente instrumento. 2) El objeto de la unión transitoria de empresas es la presentación de la oferta y, en el caso de resultar esta adjudicada, la ejecucion de la obra "Centro Provincial de la Cultura - Guaymallén - Mendoza" según llamado a licitación pública expediente 5941-D-2009-30093 de la Subdirección de Licitaciones, Contratos y Certificaciones, Dirección de Administración de Contratos y Obras Públicas, Ministerio de Infraestructura, Vivienda y Transporte del Gobierno de Mendoza. 3) El plazo de duración de la unión transitoria de empresas coincidirá con el plazo contractual de la obra, hasta la total extinción de las obligaciones frente al comitente, entre las partes y frente a terceros. 4) La unión transitoria de empresas, se denominará BORROMEI Y VILLANUEVA S.R.L - MOSSO DIEZ S.R.L -RETESAR S.A - U.T.E. 5) El domicilio especial de la unión transitoria de empresas, a los efectos del Inc.5, del Art.378 de la Ley 19.550, modificada por la Ley 22.903 será: Independencia 965 - Godoy Cruz - Mendoza. 6) las partes, integran la unión transitoria de empresas con las siguientes participaciones en los aportes al fondo común operativo, pérdidas, gastos, responsabilidades y todo otro efecto que surja de la gestión común: BORROMEI Y VILLANUEVA S.R.L: 33,34% (treinta y tres con treinta y cuatro por ciento) MOSSO DIEZ S.R.L.: 33,33% (treinta y tres con treinta y tres por ciento) RETESAR S.A.: 33,33 % (treinta y tres con treinta y tres por ciento). 7) Las partes designan representantes legales de la unión transitoria de empresas, a Villanueva Guillermo Eduardo, L.E. 8.153.990, con domicilio en Martinez de Rosas 1.918, Ciudad, Mendoza...

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