Usucapión Nº 232 de 15 de Septiembre de 2009
Fecha de la disposición | 15 de Septiembre de 2009 |
El Sr. Juez de 1ra. Instancia y 42da. Nominación en lo Civil y Comercial de la ciudad de Córdoba, en los autos caratulados: "D´OLIVO, María Laura Ana - Usucapión - Medidas Preparatorias para Usucapión (expte. nº 1027261/36)", que se tramitan por ante ese tribunal a su cargo, secretaría a cargo de la autorizante; ha dictado la siguiente resolución: SENTENCIA NUMERO: Ciento treinta y tres. "Córdoba, veintinueve de mayo de dos mil nueve.-Y VISTOS:...Y CONSIDERANDO:...RESUELVO:I. Hacer lugar a la demanda promovida por la señora Norma Elisa Rodríguez y, en consecuencia, declarar que la misma ha adquirido por prescripción adquisitiva el dominio del inmueble identificado como Parcela Ciento Cuatro (104), que afecta a los siguientes inmuebles: parcela noventa y cuatro (94) lote trescientos treinta (330), dominio Nº 224 Folio 237 Año 1934 y Planilla 1537 de la Sección "D" del Barrio Crítica (hoy Barrio Ñu Porá); parcela noventa y cinco (95) lote ciento treinta y siete (137), Dominio Nº 25501 Folio 29926 Tomo 119 Año 1951; parcela noventa y seis (96) lote ciento treinta y ocho (138), Dominio Nº 4451 Folio Nº 5683 Tomo 23 Año 1953; parcela noventa y siete (97) lote ciento treinta y nueve (139), Dominio Nº 224 Folio 237 Año 1934 y Planilla 1537 de la Sección "D" del Barrio Crítica (hoy Barrio Ñu Porá); parcela noventa y ocho (98) lote cuarenta, Dominio Nº 12096 Folio Nº 14424 Tomo 58 Año 1951; y parcela uno (1) lote ciento cuarenta y uno (141), Dominio Nº 51359 Folio 59284 Año 1949; que tiene una superficie total de tres mil doscientos ochenta y tres metros con veinte decímetros cuadrados (3.283,20 mt.2); que está ubicado en la sección "D" del Barrio Ñu Porá (ex Barrio Crítica) de la localidad de Río Ceballos, Pedanía Río Ceballos, Departamento Colón, de la Provincia de Córdoba; que tiene los siguientes linderos: por el lado Norte, calles Rawson y Pampa; por el lado Oeste, calle Pampa; por el lado Sud, parcela noventa y tres (93) lote trescientos veintinueve (329), propiedad de Rodolfo Ramón Amuchastegui; parcela ciento dos (102) lote trescientos veintiocho (328) y parcela ciento tres (103) lote trescientos veintisiete (327), de propiedad de José Alberto Echeguren; y por el lado Este, parcela noventa (90) lote trescientos veintiséis (326) de propiedad de José Fabio Aramburu, parte de la parcela ochenta y nueve (89) lote trescientos veinticinco (325) de propiedad de Domingo Cremmer o Cremmier, parte de la parcela tres (3) lote ciento cuarenta y tres (143) de propiedad de Oscar Héctor Luciani y parcela dos (2) lote ciento cuarenta y dos (142), propiedad de Mario Hocsman o Holsman; que tiene la siguiente nomenclatura catastral: Departamento 03, Pedanía 04, Pueblo 40, Circunscripción 1, Sección 03, Manzana 250, Parcela 104; y cuyos seis lotes componentes figuran empadronados en la Dirección de...
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