Usucapion Nº 25706 de 08 de Noviembre de 2010

Fecha de la disposición 8 de Noviembre de 2010

Por disposición del Señor Juez de Múltiple Competencia de la ciudad de Arroyito, Departamento San Justo, Pcia. de Córdoba, en los autos caratulados: “Luque Hector Julio c/ Faustina Algarbe de Valente y/ o F. Algarbe de Valenti y/ o Faustina Clara Algarbe de Valenti - Demanda de Usucapión-“ se dispuso: Cítese y emplácese por edictos a publicarse en el Boletín Oficial y diario de la zona por el término de treinta días, a la parte demandada y a todos los que se consideren con derecho sobre el inmueble objeto del presente, para que en el plazo de 20 días comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento (art. 783 CPCC). Cítese a los colindantes, a la Provincia a la Municipalidad de Arroyito y los titulares de derechos reales pertinentes, en el término de tres días, a los fines de que tomen conocimiento, y si consideran afectados sus derechos pidan participación como demandados, bajo apercibimiento de presumir que no se encuentran afectados sus derechos (art. 784 CPCC). El inmueble a usucapir se describe como: Una fracción de terreno ubicada en la ciudad de Arroyito, Pedanía Arroyito, Departamento San Justo, el que según Plano de Mensura de Posesión confeccionado por el Ingeniero René Carlos Rodríguez y aprobado por la Dirección de...

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