UNION DE USUARIOS Y CONSUMIDORES c/ HYUNDAI MOTOR ARGENTINA S.A. s/Ordinario

Fecha de la disposición10 de Octubre de 2014

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL Nº 25

Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 25, a cargo del Dr. Horacio Francisco Robledo, Secretaría Nº 50, a cargo de la Dra. María Eugenia Soto, sito en Callao 635, 4º Piso, de esta ciudad, hace saber que por ante dicho Tribunal tramitan los autos “UNION DE USUARIOS Y COSUMIDORES c/HYUNDAI MOTOR ARGENTINA SA s/ordinario Expte. Nº 057527, y que la parte actora es una asociación de consumidores que promueve una acción de incidencia colectiva contra la empresa mencionada. La acción tiene por objeto que la demandada proceda a dar cabal cumplimiento a lo establecido en la Ley Nacional de Tránsito Nº 24.449, art. 40 f) y concordantes y su decreto reglamentario, así como con lo establecido en los arts. 4, 5, 6, 10bis, 40, 52 y concordantes de la Ley de Defensa del Consumidor, respecto de las unidades automotores nuevas, comercializadas por su intermedio en el país y en consecuencia proceda a: 1º) Proveer a todas unidades nuevas a comercializar –cualquiera sea la modalidad por la cual se lleve a cabo la misma y que sean adquiridas mediando una relación de consumo– de matafuegos reglamentario, homologado según Normas IRAM, con sus sujeciones instaladas y los soportes correspondientes, en un todo de conformidad con las condiciones establecidas en la Ley Nacional de Tránsito, su decreto reglamentario, Anexo y demás normativa concordante. 2º) Proveer a los adquirentes de todas las unidades anteriormente comercializadas por la accionada, durante los últimos diez años, contados desde la fecha de interposición de la demanda (11 de junio de 2014) y que fueran adquiridas mediando una relación de consumo, de los correspondientes matafuegos, soportes y sujeciones debidamente colocadas, a través de su red de concesionarios oficiales y/o a través de talleres especializados designados, sin costo alguno para los consumidores. 3º) A aquellos usuarios que hubieren instalado las sujeciones, se le restituya los gastos efectuados, estimados en el valor actual de la adquisición de los elementos (matafuegos, soportes, sujeciones...

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