Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de La Plata - CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA III - SECRETARIA CIVIL, 16 de Agosto de 2016, expediente FLP 059028315/2012/CA001

Fecha de Resolución16 de Agosto de 2016
EmisorCAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA III - SECRETARIA CIVIL

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA PLATA “Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional”.

P., 16 de agosto de 2016.

AUTOS Y VISTOS: Este expediente N° FLP 59028315/2012 Sala III, caratulado “URRUTIA, L.E. y otro c/ Poder Ejecutivo Nacional y otros s/

Amparo”, procedente del Juzgado Federal de Primera Instancia N° 3 de Lomas de Z., Secretaría N° 9; Y CONSIDERANDO QUE:

  1. La causa llega a la Alzada en virtud del recurso de apelación con simultánea expresión de agravios deducido por el Banco Comafi S.A. a fs.

    170/191vta. contra la resolución de fs. 75/76vta.

    mediante la cual el juzgador hizo lugar, con el alcance establecido en el Considerando III A), al pedido de medida cautelar peticionado por la actora respecto de los fondos depositados en los plazos fijos en dólares n°

    1066729 y nº 1066728 pertenecientes al Banco Comafi (ex.

    Scotiabank Quilmes), sucursal V.A., con exclusión de los fondos que hubieren sido utilizados en canje por bonos, cancelación de deuda con el sistema financiero, adquisición de inmuebles o automóviles, haciéndole saber a la entidad bancaria que deberá

    proceder al cumplimiento de lo dispuesto teniendo en cuenta al momento de efectuar el pago, la cotización del dólar tipo vendedor del mercado libre de cambios que se corresponda con cada una de las fechas de cada retiro concreto efectuado por la amparista.

    En el memorial pertinente se cuestiona la citada resolución y se peticiona su revocatoria, dejando sin efecto la medida dispuesta.

  2. Conforme surge de las constancias de la causa y de la documentación adunada, la accionante era Fecha de firma: 16/08/2016 Firmado por: C.A.V., juez de cámara Firmado por: ANTONIO PACILIO, Juez de Cámara Firmado por: M.S.L., SECRETARIO #28567116#158916642#20160817081356983 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA PLATA “Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional”.

    originariamente titular de los plazos fijos ut-supra reseñados por la suma de U$S 12.410,77.- y U$S 12.405,19. Dichas imposiciones fueron reprogramadas respectivamente en las cuentas: a) nº 0251-74463-6 de la que la amparista transfirió la suma de $ 7.000 a la cuenta nº 0251-09534-5, extrayendo el resto con fecha 22/04/03 y, 2) nº 0251-74276-0, de la que la amparista transfirió la suma de $ 7.000 a la cuenta nº 0251-03950-

    1, extrayendo el resto con fecha 23/04/03 (fs. 71 y vta.).

    Por tanto, mediante la presente acción se persigue la restitución de la diferencia de pesificación entre...

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