Cabrera Lucas Uriel S/control de Legalidad Ley 26.061-notifica a Vanesa Natalia Cabrera de la Resolucion Que Decreta elEstado de Abandono del Niño Lucas Uriel Cabrera

Fecha de disposición19 Septiembre 2007
Fecha de publicación19 Septiembre 2007
SecciónCuarta Sección - Judiciales
Número de Gaceta31242

DNI E. quintuplicado y Cédula de Policía Federal Argentina N° 92.994.080 a nombre de Elena Romero Quinteros; DNI E.N° 93857009 duplicado y C.I.Bol. N° 5160528 a nombre de Rossmery Caseres Costana, art. 171 Ley 24.660, dejándose fotocopia certificada de dicha documentación en autos; y MANDAR que por Secretaría se registre este fallo y se hagan las comunicaciones, oficios y notificaciones.

Carlos Rolando Massaccesi. René Vicente Casas. Hugo Marcelo Savio. Ante mí: Efraín Ase, secretario.

e. 13/09/2007 N° 556.983 v. 26/09/2007 JUZGADOS NACIONALES EN LO CIVIL N° 6

Fdo. Dr.

Juan Manuel Converset. Juez.' Publíquese por dos días en el Boletín Oficial y en el diario La Nación.

Buenos Aires, 3 de septiembre de 2007.

Silvia Cantarini, secretaria.

e. 18/09/2007 Nº 6817 v. 19/09/2007 N° 87

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil Nº 87, sito en Lavalle 1212 2º, , a los fines de notificar a la progenitora el dictado de dicha resolución.

Buenos Aires, 6 de septiembre de 2007.

Daniel González Abalos, secretario interino.

e. 18/09/2007 Nº 557.494 v. 20/09/2007 JUZGADOS NACIONALES EN LO COMERCIAL N° 1

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nro. 1, a cargo de la Dra. Maria Gabriela Vassallo, Secretaría Nro. 1 de la Dra. Vivian Garello, sito en Av. Pte. R. S. Peña 1211 5° Piso de la Ciudad de Buenos Aires, en autos caratulados: 'TORRES ALVARO s/QUIEBRA' hace saber que con fecha 25 de septiembre de 2006 se hubo decretado la quiebra de TORRES ALVARO MARTIN, DNI N° 12.045.247 CUIT 23-12045247-9, con domicilio real en Viamonte 903, Piso 8vo. Dpto.

22 de la Ciudad de Buenos Aires. Ordénase a la fallida que entregue al síndico dentro de 24 hs.

los libros de comercio y documentación relacionada con su contabilidad así como los bienes objeto de desapoderamiento. La entrega de estos últimos se ordena asimismo a los terceros que los detentaren. Se prohíbe hacer pagos a la fallida, los que serán ineficaces. Intímase a la fallida a que dentro de los de cinco días acompañe un estado detallado y valorado del activo y pasivo con indicación precisa de su composición y estado y gravámenes de los bienes y cualquier otro dato necesario para determinar debidamente su patrimonio. Intímase a la fallida y a sus administradores a que constituyan domicilio en el lugar de competencia territorial de este juzgado dentro de 48 hs., bajo apercibimiento de tenerlo por constituido en sus estrados. Hácese saber que se hubo fijado el día 25 de septiembre de 2007 como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar a la síndico interviniente CPN Adriana Raquel Esnaola, con oficinas en la calle Paraná 489 2° '10' Tel.

5811-1224, los pedidos de verificación de sus créditos y títulos justificativos de los mismos (art. 32

LC). En los términos del art. 34 LCQ, fijase hasta el día 09 de octubre de 2007 para que el deudor y los acreedores que lo hubieran hecho, concurran ante el síndico a los efectos de revisar legajos y formular por escrito las impugnaciones y observaciones de las solicitudes formuladas. El síndico presentará en autos, dentro de las 48 horas del vencimiento del plazo indicado en el párrafo anterior, un juego de copias de las impugnaciones recibidas para su incorporación al legajo previsto por el art. 279 LCQ. Los días 06 de noviembre de 2007 y 18 de diciembre de 2007 para que el síndico presente los informes individual y general respectivamente (art. 35 y 39 ley 24.522). Déjase constancia que los ex dependientes de la fallida deberan requerir ante el síndico el certificado de servicios prestados en la fallida...

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