Sentencia Interlocutoria de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 30 de Marzo de 2016, expediente Rc 120107

PresidenteKogan-Pettigiani-Soria-Genoud
Fecha de Resolución30 de Marzo de 2016
EmisorSUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA

//Plata, 30 de marzo de 2016.

AUTOS Y VISTO:

Los señores jueces doctores K., S., G. y P. dijeron:

Que los agravios traídos en la vía extraordinaria de inaplicabilidad de ley interpuesta por la parte actora a fs. 381/390 vta., han sido adecuadamente considerados en el dictamen obrante a fs. 404/406 vta., cuyos fundamentos centrales (vinculados con la insuficiencia técnica de la impugnación, en lo que respecta, por un lado, a la carencia de una réplica adecuada de las motivaciones esenciales que el pronunciamiento judicial impugnado contiene sobre el carácter de la posesión que ostenta la accionada y la interversión del título; fs.405 vta./406 vta. y, por el otro, la suerte adversa de la esbozada conculcación de doctrina legal traída al no demostrar el yerro que imputa; fs. 406 vta.), son compartidos por este Superior Tribunal y a los que corresponde remitirse en razón de brevedad.

POR ELLO,de conformidad con lo aconsejado por el señor Representante del Ministerio...

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