Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala V, 29 de Septiembre de 2016, expediente CNT 004458/2013/CA001

Fecha de Resolución29 de Septiembre de 2016
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala V

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA V Expte. Nº CNT 4458/2013/CA1 SENTENCIA INTERLOCUTORIA 34197 AUTOS: “UNION OBRERA DE LA CONSTRUCCION DE LA REPUBLICA ARGENTINA C/ HEAVY & BRO AIR CONDITIONER SRL S/ EJECUCION FISCAL” (JUZGADO Nº 66)

Buenos Aires, 29 de septiembre de 2.016.

VISTO:

El recurso de apelación interpuesto por el ejecutante a fs. 85 y su memorial de agravios presentado a fs. 96/98, contra la resolución dictada a fs. 84 (concedido a fs. 86).

Y CONSIDERANDO:

I) Que el Sr. Juez de Primera Instancia mandó llevar adelante la ejecución por el capital ejecutado ($ 27.328,46.-) y dispuso la aplicación de los intereses desde que cada suma es debida hasta su efectiva cancelación.

II) Que disconforme con dicha resolución apela el ejecutante por entender que el presente reclamo es una ejecución fiscal de cuotas y contribuciones por lo que las tasas de intereses deberían liquidarse conforme las pautas previstas por la ley 24.642.

III) Que asiste razón a la recurrente pues, en primer lugar, de una lectura integral del escrito de demanda se desprende con suficiente claridad la pretensión de la ejecutante en materia de intereses (ver fs. 6vta).

Por otra parte, los créditos como el de autos se encuentran en situación análoga a la de los créditos de la seguridad social, materia en que la potestad conferida por el art. 622 del código Civil se ve desplazada por las resoluciones específicas (conf.

Sala III, S.. Int. Nº 52.481 del 12/9/01 “Unión del Personal Civil de la Nación U.P.C.N. c/ Estado Nacional Ministerio de Justicia s/ ejecución fiscal”; S.V.S..

Int. Nº 21.454 del 12/9/00 “Unión Personal Civil de la Nación U.P.C.N. c/ Estado Nacional Minist. De Econ. y Obras y S.. P.. S.. De Obras Púb. Y Transp. S..

Obras Públicas D.N.

V. s/ ejecución fiscal”, y esta Sala V, con distinta integración en S.I.

Nº 27161 del 30 de noviembre de 2010 en autos “Sindicato Único de Trabajadores de Peluquerías, Estética y Afines de Buenos Aires c/ Lamensa Rolando s/ Ejecución Fical, entre otros), por lo que los intereses a calcular sobre los créditos como el de autos deben adecuarse a las Res. M.E. y O.S.P. Nº 1253/98, M.E. 110/2002, M.E. 36/2003, Res.

M.E.P. Nº 578/04 y 492/06 aludidas por la ejecutante a fs. 22vta.

Fecha de firma: 29/09/2016 Firmado por: E.N.A.G., JUEZ DE CÁMARA 1 Firmado por: L.M.D.'ARRUDA, SECRETARIO DE CAMARA Firmado por: G.E.M., JUEZ DE CÁMARA...

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