Partido Unión Cívica Radical - Distrito Neuquén

Fecha de la disposición12 de Mayo de 2009
ARTÍCULO 94

La Secretaría de Finanzas de la Conducción Provincial será el órgano que tendrá a su cargo la administración económicofinanciera del Partido Solidaridad e Igualdad, debiendo informar periódicamente movimientos a la Conducción Provincial en sus reuniones ordinarias, y elevará presupuesto de gastos y recursos anualmente para ser aprobado dicho órgano.

ARTÍCULO 95

Los fondos del Partido Solidaridad e Igualdad deberán depositarse en una únic cuenta por distrito que se abrirá en el Banco Provincia de Buenos Aires, a nombre del partido y a la orden conjunta del Secretario General y el Secretario de Finanzas, quienes deberán suscribir los libramientos que se efectúen.

ARTÍCULO 96

La Asamblea Provincial del Partido Solidaridad e Igualdad designará, por mayoría simple, a los responsables económico financiero y político de las campañas electorales que afronte el Partido, de conformidad con la legislación vigente en la materia.

ARTÍCULO 97

Los recursos que ingresen al patrimonio del Partido, serán administrados por la Secretaría de Finanzas, debiendo observar el siguiente orden de prioridades:

a) Manutención de la Sede del Partido, incluyendo arrendamientos y...

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