Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala V, 29 de Agosto de 2019, expediente CAF 005102/2014/CA001

Fecha de Resolución29 de Agosto de 2019
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala V

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA V 5102/2014 UNIDOS FLET SRL c/ EN-PEN-M INTERIOR-SEC TRANSPORTE s/PROCESO DE CONOCIMIENTO En Buenos Aires, Capital Federal de la República Argentina, a los días del mes de agosto de dos mil diecinueve, reunidos en Acuerdo los Señores Jueces de la Sala V de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, para resolver el recurso interpuesto en el expediente UNIDOS FLET SRL c/ EN-PEN-M INTERIOR-SEC TRANSPORTE s/PROCESO DE CONOCIMIENTO el Tribunal estableció la siguiente cuestión a resolver:

¿Se ajusta a derecho la sentencia apelada?

El Juez de Cámara, Dr. J.F.A. dijo:

Que, a fs. 2/7, la sociedad UNIDOS FLET S.R.L., promovió demanda contra el Estado Nacional- Ministerio del Interior y Transporte, por el cobro de la suma de pesos trescientos ochenta y un mil trescientos sesenta con 30/100 ($381.360,30) más intereses, adeudado en concepto del beneficio otorgado en el marco del ex Régimen de Fomento de la Profesionalización del Transporte de Cargas (REFOP) establecido por la Resolución Conjunta Nº 543 y 251 del ex Ministerio de Economía y Producción y del ex Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios de fecha 28 de noviembre de 2003, correspondiente a los períodos septiembre a diciembre del año 2010 y enero a abril del año 2011.

Indica que, no obstante haber presentado las pertinentes solicitudes de reintegro en tiempo y forma, la autoridad de aplicación omitió hacer efectivos los importes correspondientes, que ascienden a la suma reclamada, con más sus intereses por mora desde la fecha en que debió

hacerse efectiva la devolución del importe solicitado hasta el efectivo pago.

  1. Que, a fs. 237/242vta., el juez de primera instancia rechazó la demanda interpuesta con costas.

    Para así decidir, sostuvo que “el otorgamiento del beneficio instituido a través del REFOP -el cual fue creado por la resolución conjunta 543/03 del Ministerio de Economía y Producción y 251/03 del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, y rediseñado a través de sus distintas modificaciones, con la finalidad de mejorar la competitividad del Fecha de firma: 29/08/2019 Alta en sistema: 02/09/2019 Firmado por: G.F.T.-.J.F.A.-.P.G. FEDRIANI #19470727#242369603#20190827113556276 sector del transporte de cargas e incrementar su eficiencia-, no era un proceso automático, sino que dependía del estricto cumplimiento de las condiciones fijadas por la normativa”.

    En adición, indicó que “el procedimiento...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR