Las unidades de visita familiar en el sistema penitenciario francés

AutorErnesto Eduardo Domenech/Iris Edith La Salvia
Páginas247-263
247
Temas de Derecho Penal
LAS UNIDADES DE VISITA FAMILIAR EN
EL SISTEMA PENITENCIARIO FRANCÉS 1
Mónica MITHIEUX 2
“Pour elle seule, il n’était pas ce qu’il avait fait; pour lui seul, elle était
toute autre chose que sa biographie. L’étreinte par laquelle l’amour main-
tient les êtres collés l’un à l’autre c ontre sa solitude, ce n’était pas à l’homme
qu’elle apportait son aide; c’était au fou, au monstre incomparable, préférable
à tout, que tout être est pour soi-même”.
André MALRAUX 3
SUMARIO: I. Introducción.- II. Las Unidades de Visita Familiar
(UVF). A. Antecedentes. B. Instalaciones. C. Requisitos y funciona-
miento. D. El personal. E. Opiniones del personal penitenciario acerca
de las UVF. F. Testimonio de un detenido alojado en la Maison Cen-
trale de Poissy.- III. Final
I. Introducción
Una cuestión de relevancia durante la ejecución de las penas priva-
tivas de libertad en el medio cerrado 4 es, sin duda alguna, la necesi-
dad de mantener y fortalecer los lazos del interno con sus familiares y
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caciones en el sistema francés, pero la esencia de lo aquí escrito se mantiene inaltera-
da.
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gía de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad de Buenos Aires.
3 MALRAUX, André, La condition humaine, France, Gallimard, collection ‘Le livre
de poche’, 1969, p. 46.
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su biografía. Los estrechos lazos por los cuales el amor mantiene a los seres unidos uno
a otro contra su propia soledad, no ayudaban solamente al hombre; sino al loco, al
monstruo incomparable, preferible a todo que cada ser humano es para sí mismo”
(traducción propia).
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camente referencia al tiempo en que la pena privativa de libertad se cumple en esta-
blecimientos de ejecución.
Libro Homenaje a Guillermo J. Ouviña
248
éste transitorio o permanente sujeto al cumplimiento de determinadas
reglas hasta el agotamiento de la pena, uno de los principales ejes de
la reinserción en el medio libre.
Si bien la contención desde el punto de vista de los afectos no es
el único soporte para reintegrarse en la sociedad, pues también se le
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convivencia y al respeto de las normas, ella resulta fundamental para
salvaguardar la psiquis del sujeto; para dar un sentido a su futuro,
una meta y una esperanza posibles. Sin embargo, si de por sí los lazos
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lo es en circunstancias de excepción como las del encierro. Justamente,
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Aun cuando el común denominador de las penas privativas de liber-
tad, en cualquier sistema, es la restricción de la libertad ambulatoria, no
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aspectos de la vida de aquel a quien se le ha impuesto una de ellas. En
efecto, desde el punto de vista del Derecho Comparado pueden encon-
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jadas en establecimientos de ejecución toda vez que, desde el momento
de su detención, éstas deben adecuar su vida a las normas de funcio-
namiento del mismo.
Es en ese sentido que se torna, dentro de las limitaciones que los
distintos sistemas puedan imponer, de suma importancia el fortaleci-
miento de los lazos afectivos cuyo mantenimiento se ve afectado por
distintas razones, entre las que se pueden citar: económicas, distan-
cias, modalidades de la visita -es decir determinación de días y hora-
rios, imposibilidad en algunos regímenes de visitas de contacto, falta
de privacidad, etc.- y de las comunicaciones.
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las Reglas Mínimas para el Tratamiento de los Reclusos 5, adoptadas
5 Primer Congreso en Materia de Prevención del Delito y Tratamiento del Delin-
cuente, Ginebra 1955.

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