Últimos días para pedir la devolución del recargo del 35% o 45% por la compra de dólares o por consumos en el exterior para quienes pagan Ganancias

El trámite para obtener el reintegro de las percepciones sufridas por gastos en el exterior podrá hacerse hasta el 31 de este mes, siempre de manera online

Los asalariados y jubilados que estuvieron alcanzados en 2022 por el impuesto a las ganancias tienen tiempo hasta el viernes próximo, 31 de marzo, para tramitar el pedido de devolución de los montos retenidos durante ese año, en concepto de percepciones, en las operaciones de compra de moneda extranjera (por parte de quienes están habilitados a operar en el mercado oficial de cambios), o de adquisiciones de bienes o servicios en el exterior o a proveedores ubicados fuera del país.

Para pedir que los importes sean compensados en la liquidación del impuesto a las ganancias, se debe ingresar en www.afip.gob.ar con clave fiscal y, entre las opciones que aparecen en "Mis Servicios", ir a "Siradig-Trabajador". Es el mismo formulario que se usa para cargar deducciones, por familiares a cargo o por determinados gastos, que permiten aliviar la carga fiscal (para informara esos conceptos también hay tiempo hasta el viernes de esta semana). Si no se tiene ese servicio interactivo a la vista, se debe ir a "Administrador de Relaciones de Clave Fiscal", buscarlo en el listado que se despliega debajo del logo de la AFIP y adherirlo (luego, desloguearse y volver a entrar, para que aparezca la opción en pantalla).

Por lo general, las percepciones ya están precargadas en el Siradig porque ya les fueron informadas a la AFIP. Pero deben ser validadas, para incorporarlas efectivamente al formulario, clikeando en "carga automática".

La gestión para el recupero de las percepciones hechas en 2022 fue habilitada a inicios de este año. Al ingresar al formulario hay quienes se encontraron con dificultades surgidas, por ejemplo, del hecho de que las percepciones no fueron informadas de manera correcta por los agentes de retención. Si se da el caso de que los importes están informados como pagos a cuenta de Bienes Personales en lugar de Ganancias (algo que puede verificarse en la opción "Mis Retenciones" de la página de la AFIP), se le puede pedir a la entidad bancaria que haga la corrección.

De todas maneras, si el problema es que no aparecen los datos por no haber sido informados, es posible y válido cargarlos de manera manual (deben conservarse los comprobantes de las operaciones). Incluso, en los casos de percepciones por compras hechas en agencias de turismo o en empresas de transporte, la AFIP estableció...

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