Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala B, 13 de Septiembre de 2018, expediente COM 007565/2017

Fecha de Resolución13 de Septiembre de 2018
EmisorCamara Comercial - Sala B

Poder Judicial de la Nación CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO COMERCIAL Sala B 7565/2017 - UGA SEISMIC S.A. c/ PETRO AP S.A. Y OTRO s/EJECUCION PRENDARIA Juzgado n° 18 - Secretaria n° 36 Buenos Aires, 13 de septiembre de 2018.

Y VISTOS:

  1. Para resolver el planteo de fs. 542/543.

  2. El objeto del recurso de aclaratoria incluye únicamente tres supuestos: a) error material, b) aclaración de conceptos oscuros, y, c)

    omisiones de pronunciamiento (art. 166 C.P.C.C.).

    1. En tal inteligencia, nada corresponde aclarar respecto del modo en que fueron impuestas las costas, en tanto la ejecutada “Petro AP”

      no actúa como contraria de “REFSA SA” ni fue quien la trajo a juicio.

    2. Si bien la resolución de fs. 538/540 consigna que procede la ejecución contra Petro Ap SA, para mayores precisiones aclárase la misma conforme lo requerido a fs. 543 punto 3°, en el sentido que el Magistrado de la anterior instancia deberá dictar sentencia de trance y remate mandando llevar adelante la ejecución contra ésta conforme las pautas del título que se ejecuta; ello a fin de respetar la doble instancia en resguardo de los derechos de la totalidad de las partes.

  3. Con tales alcances se estima en forma parcial la aclaratoria examinada.

    Sin costas por no haber mediado contradictor.

  4. N. por Secretaría del Tribunal, conforme Acordadas n° 31/11 y 38/13 CSJN.

    Fecha de firma: 13/09/2018 Firmado por: M.E.B., JUEZ DE CAMARA Firmado...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR