Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de La Plata , 12 de Mayo de 2011, expediente 13.466/06

Fecha de Resolución12 de Mayo de 2011

Judicial Poder Judicial de la Nación La Plata, 12 de mayo de 2.011.

AUTOS Y VISTOS: este expediente N° 13.466/06, caratulado: “UEZ,

E.H. c/ E.F.A. s Indemnización por enf. A.. Ley 9688,

23.643”, proveniente del Juzgado Federal de Primera Instancia N° 4 de esta ciudad.

Y CONSIDERANDO:

EL JUEZ SCHIFFRIN DIJO:

I- Llegan estos autos a la alzada en virtud del recurso de apelación deducido por la demandada, a fs.285/289, contra la sentencia de fs. 279/282, con contestación de la actora a fs.291/292vta.

La decisión recurrida rechazó las excepciones de pago y prescripción e hizo parcialmente lugar a la demanda iniciada por E.H.U. contra E.F.A. por indemnización ley 9688 según ley 23643, condenando a la demandada a abonarle la suma de $ 0,2 con más intereses. Rechazó la acción intentada conforme el art. 212 cuarto párrafo de la LCT, e impuso las costas a la demandada vencida, difiriendo la regulación de honorarios profesionales.

II- Cabe señalar que el actor inició esta causa contra su empleadora,

Ferrocarriles Argentinos (EFA), con el objeto de que fuera condenada al pago del resarcimiento por enfermedad accidente contemplado en la ley 9688, modificada por la ley 23.643. En su presentación, la considera responsable de la incapacidad que posee por padecer “Disminución visual, hipoacusia perceptiva bilateral por trauma acústico, lumbalgias, lumbociatalgias, hernias, graves deficiencias respiratorias, hipertensión arterial, cardiopatías, espondiloartrosis, artrosis de la columna lumbar dorsal cervical, varices. De índole psiquiatrica: síndrome ansioso depresivo (depresión de evolución crónica), neurosis de ansiedad, insomnio y estrés” (v. fs.4).

En síntesis, en la demanda sostiene que las patologías denunciadas son consecuencia de las tareas y del ambiente inadecuado en el trabajo a las órdenes de la demandada, en las categorías de aspirante a foguista, foguista y maquinista;

circunstancias a las que les atribuye nexo causal y/o concausal con sus dolencias.

III- La apelante, en primer lugar, se agravia que la sentencia haya efectuado una errónea valoración de la prueba producida. En este sentido, analiza las manifestaciones del perito médico en orden a las enfermedades diagnosticadas y a su vínculo con el trabajo. Entre sus argumentos, además sostiene que el perito no constató en el lugar de trabajo las tareas desarrolladas por el actor, sino que se basó en los dichos de éste.

En cuanto a la pericia contable expresa que los montos indemnizatorios...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR