Tuozzo C/Greco

Fecha de la disposición22 de Junio de 2005

Juez Segundo Juzgado de Familia, Autos 15.107/2F "TUOZZO AIDA c/GRECO, EDUARDO ANTONIO p/DIV. VINC. CONTENCIOSO" notifica a Eduardo Antonio Greco, ignorado domicilio, la sentencia recaída a fs. 117/119 que dice: "Mendoza, 05 de febrero de 2005. Autos y vistos:... Resulta:... Y considerando:... Resuelve: I) Hacer lugar a la demanda impetrada de divorcio vincular contencioso, por la causal de injurias graves y en consecuencia declarar el divorcio vincular de la Sra. Aída Tuozzo L.C. Nº 0410.241 y el Sr. Eduardo Antonio Greco L.E. Nº 3.358.234 quienes contrajeron matrimonio por Acta Nº 457 Libro de Registro Nº 6590 B en la Oficina denominada Dalmacio Vélez Sársfield, Capital, del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas con atribución de culpa al demandado Sr. Eduardo Antonio Greco (Arts. 202 inc. 4, 214 y concordantes del Código Civil). II) No hacer lugar al divorcio vincular por la causal prevista por el artículo 202 inc. 2 del C.C. y al daño moral solicitado. III) Declarar disuelta la sociedad conyugal con efecto retroactivo a la fecha de notificación de la demanda, esto es 14 de diciembre de 1999 (Art. 1306 del C.C.). IV) Fijar en concepto de cuota alimentaria a...

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