Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala C, 3 de Mayo de 2018, expediente COM 033823/2014/CA001

Fecha de Resolución 3 de Mayo de 2018
EmisorCamara Comercial - Sala C

Poder Judicial de la Nación TUMIRI LEZANO, ELOY c/ FEBRE, J.I. s/EJECUCION PRENDARIA Expediente N° 33823/2014/CA1 Juzgado N° 23 Secretaría N° 46 Buenos Aires, 03 de mayo de 2018.

Y VISTOS:

I.V. apelada la resolución de fs. 149/152, por medio de la cual la Sra. juez de primera instancia hizo lugar parcialmente a la defensa de pago propuesta por la demandada, y mandó llevar adelante la ejecución en su contra por el remanente reclamado.

  1. Ambas partes apelaron el decisorio en los términos de los escritos que da cuenta la nota de elevación de fs. 167.

  2. 1. En cuanto al planteo propuesto por la parte actora, la pieza con la cual pretende fundarse el recurso otrora concedido no constituye una USO OFICIAL crítica concreta y razonada de los fundamentos del fallo recurrido, por lo que corresponde declarar su deserción (cfr. doc. art. 265 y 266 del Código Procesal).

    Así es dable considerarlo, toda vez que la apelante se limita a discrepar con la solución adoptada por la a quo, sin esgrimir argumentos que permitan vislumbrar error o desacierto en las conclusiones alcanzados por aquella.

    Es claro entonces que en la aludida pieza se encuentra ausente el análisis concreto, razonado y crítico de la sentencia recurrida que exige la técnica recursiva (arg. art 265 código procesal).

    De todos modos, cabe señalar que la rigurosidad en el examen de la defensa de pago que propone el recurrente, desatiende la flexibilidad que impone la realidad económica actual y el tráfico mercantil moderno.

    Por lo demás, repárese que el examen efectuado por la juez a quo respecto de esa defensa se sustentó en lo elementos aportados por las propias Fecha de firma: 03/05/2018 Alta en sistema: 07/05/2018 partes al expediente, sin desnaturalizar el cauce del proceso ejecutivo.

    Firmado por: MACHIN - VILLANUEVA (JUECES) - BRUNO (SECRETARIO), TUMIRI LEZANO, ELOY c/ FEBRE, J.I. s/EJECUCION PRENDARIA Expediente N° 33823/2014 #24291838#205196487#20180503081613936 Por tales razones, corresponde...

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