Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala C, 7 de Diciembre de 2021, expediente COM 010435/2021/CA001

Fecha de Resolución 7 de Diciembre de 2021
EmisorCamara Comercial - Sala C

Poder Judicial de la Nación CAMARA COMERCIAL - SALA C

TROMBETTA, EDUARDO JORGE c/ GIOVANNANGELO, OSVALDO

ALFREDO Y OTRO s/EJECUTIVO

Expediente N° 10435/2021/CA1

Buenos Aires, 07 de diciembre de 2021.

Y VISTOS:

  1. Fue apelada por el actor la resolución que declaró la caducidad cambiaria de los pagarés base de la presente acción y rechazó la ejecución promovida contra ambos coejecutados.

    Los antecedentes recursivos obran individualizados en la nota de elevación.

  2. En lo sustancial, el recurrente impugna la ponderación de las constancias de un juicio ejecutivo, homónimo y previo, que versó sobre los mismos títulos que aquí se pretenden ejecutar. Con sustento en ello, califica de arbitrario al pronunciamiento y cuestiona la actuación oficiosa del juez.

    Afirma que la solución adoptada afecta su derecho de defensa y prescinde de la aplicación del principio dispositivo. También cuestiona que la declaración de caducidad cambiaria se haya hecho extensiva al codemandado que no se había presentado a estar a derecho.

  3. De los antecedentes de la causa y del relato efectuado en la sentencia apelada surge que, con anterioridad a la promoción de la presente causa, el actor había iniciado otro juicio ejecutivo, con sustento en los mismos pagarés que aquí pretende hacer valer y que esa acción fue rechazada por carecer los títulos de beneficiario.

    También consta que, en función de la fecha en que fueron librados los documentos y de la oportunidad en que fueron retirados del juicio precedente, fueron completados después de haber vencido el plazo previsto por el art. 11 del decreto ley 5965/63, con anterioridad a la promoción de la Fecha de firma: 07/12/2021 presente acción.

    Alta en sistema: 09/12/2021

    Firmado por: R.F.B., SECRETARIO DE CÁMARA

    Firmado por: E.R.M., JUEZ DE CAMARA c/ GIOVANNANGELO, O.A. Y OTRO s/EJECUTIVO Expediente N°

    TROMBETTA, E.J.1.

    Firmado por: J.V., JUEZ DE CAMARA

    Con base en esas constancias, el magistrado de grado admitió la defensa opuesta por el demandado haciéndola extensiva al restante accionado.

  4. El apelante no controvierte que se trate de los mismos documentos y que ellos fueron completados fuera del plazo previsto por el art.

    11 del dto ley 5965/63, sino que cuestiona la facultad del juez de actuar de oficio y admitir una defensa que, según sostiene, se encuentra vedada en este tipo de procesos.

    Alega, además, que los documentos deben considerarse idóneos para habilitar la ejecución como si se...

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