TRIBUNAL COLEGIADO ($ 45 393829 Jun. 21)

Fecha21 Junio 2019
Número de registro393829
EmisorTRIBUNAL COLEGIADO

Por estar así dispuesto por en autos: SAGUIR VERÓNICA BELÉN c/MOLINA CESAR HERNÁN s/Alimentos, litis expensas y tenencia” (21-10570997-5) de trámite por ante TRIBUNAL COLEGIADO DE FAMILIA Nro. 5 Sec. 2, se ha dispuesto publicar el presente edicto notificar al Sr. Molina Cesar Hernán DNI 31471818 del decreto recaído en autos “Santa Fe, 31 de Mayo de 2019. Téngase presente. A lo solicitado en el punto b): Certifíquense por Secretaría los edictos acompañados. A lo demás: oportunamente y si correspondiere. Atento a lo informado por ANSES a fs 84 y vto, se provee: A los fines que informe si el demandado registra ingresos y, en su caso, informe sobre su capacidad económica, ofíciese a la AFIP. Asimismo, de la inscripción en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos solicitada, córrase traslado a la contraria por el término y bajo apercibimientos de ley (arg. Art. 3 Ley 11.945). A sus efectos, publíquense edictos por el término de ley. Notifíquese. Fdo. Dra. Patricia Ebenegger, Secretaria; Dra. Mariana Herz Jueza. Artículo 3 Ley 11945. La inscripción en el Registro, sus modificaciones y bajas deben disponerse por orden judicial a pedido de parte, con habilitación de días y horas necesarios debiendo tramitarse en forma urgente y expeditiva. La Corte Suprema de Justicia debe establecer el monto del arancel de registraciones en el Registro....

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