Sentencia Interlocutoria de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 9 de Agosto de 2000, expediente AC 78709

PresidenteLaborde-Hitters-Pettigiani-de Lázzari-Pisano
Fecha de Resolución 9 de Agosto de 2000
EmisorSUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA

Ac.á78.709á"T., D.D. contra F., R.H.M. precautorias. Alimentos-Litis expensas".

//Plata, 9 de agosto de 2000.

AUTOS Y VISTO:

Que la providencia final dictada por el Tribunal de Familia en un juicio de alimentos, que fija la cuota definitiva que deberá abonar el alimentante a la esposa e hijos, y resuelve sobre los alimentos devengados, resulta definitiva en los términos del art. 278 del Código Procesal Civil y Comercial (Ac. 75.761, 15-III-00).

Y habiéndose dictado dicho pronunciamiento sin las...

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