Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala IV, 13 de Septiembre de 2016, expediente CAF 023122/2016/CA001

Fecha de Resolución13 de Septiembre de 2016
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala IV

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA IV 23122/2016 TRAWELUWN SA c/ DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA s/RECURSO DIRECTO DE ORGANISMO EXTERNO Buenos Aires, 13 de septiembre de 2016.

VISTO:

El recurso de apelación deducido por la actora contra la

resolución de fs. 179/180vta.; y CONSIDERANDO:

  1. ) Que, a fs. 179/180vta., el Tribunal Fiscal de la Nación se

    declaró incompetente para entender en los presentes autos, con costas.

    Para así resolver, sostuvo que:

    1. En el caso, se impugnan los montos solicitados por la

    actora en concepto de reintegros de créditos fiscales del Impuesto al Valor

    Agregado por operaciones de exportación correspondientes a los

    períodos fiscales 2/2009, 4 a 12/2009, 1 a 3/2010 y 5 a 12/2010 conforme

    el régimen establecido en la Resolución General (AFIP) 2000, su

    complementaria y modificatoria; b) Esas resoluciones determinan de la materia imponible

    o sus accesorias en forma cierta o presuntiva, ni ajustan quebrantos ni

    imponen sanciones. Tampoco constituyen denegaciones de acciones de

    repetición toda vez que las solicitudes de reintegro no se encuentran

    contempladas en el instituto regulado en el art. 81 de la ley 11.683 (t.o.

    1998 y sus modificatorias); y c) Corresponde remitir las actuaciones a la AFIP a fin

    de que los presentes actuados tramiten en los términos del recurso

    previsto en el art. 74 del decreto reglamentario de la ley 11.683.

  2. ) Que, contra dicha decisión apeló la actora a fs.

    181/182vta. y expresó agravios a fs. 283/290vta., que fueron contestados

    a fs. 300/308.

    Fecha de firma: 13/09/2016 Firmado por: M.D.D., JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.E.M., JUEZ DE CAMARA Firmado por: R.W.V., JUEZ DE CAMARA #28270182#161864981#20160912153745057 Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA IV 23122/2016 TRAWELUWN SA c/ DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA s/RECURSO DIRECTO DE ORGANISMO EXTERNO La recurrente efectúa las siguientes consideraciones:

    1. Las resoluciones apeladas pretenden el pago de las

    sumas abonadas por el Fisco en concepto de reintegro del Impuesto al

    Valor Agregado. Ello por cuanto los créditos fiscales que había declarado

    fueron impugnados por el organismo recaudador; b) Conforme surge de las resoluciones apeladas y de

    cada uno de sus anexos, la AFIP hizo una inspección, con requerimientos

    a terceros y a la contribuyente, y luego impugnó el crédito fiscal en tanto

    consideró que las facturas que lo respaldan serían apócrifas; c) Simultáneamente al dictado de los actos recurridos, el

    Fisco Nacional otorgó una prevista por ajuste en el Impuesto al Valor

    Agregado, a las Ganancias y a las Salidas no Documentadas, por

    operaciones con los mismos proveedores que los aquí involucrados, en

    atención a su presunto carácter de apócrifos. En consecuencia, no

    habilitar la instancia del Tribunal Fiscal, la decisión apelada ocasionaría

    que existan dos vías procesales sobre una misma cuestión en debate; d) El pronunciamiento del a quo desconoce la

    jurisprudencia de esta Alzada y de la Corte Suprema de Justicia de la

    Nación, conforme la cual la circunstancia de que el organismo recaudador

    no haya...

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