Tratados y Convenios Internacionales\r\n .

EmisorMinisterio de Produccion
Fecha de la disposición30 de Enero de 2017

MEMORANDO DE ENTENDIMIENTO SOBRE EL USO DE CERTIFICADOS DE ORIGEN DIGITALES ENTRE ARGENTINA Y BRASIL.

La Secretaría de Comercio del Ministerio de Producción y la Administración Federal de Ingresos Públicos, de la República Argentina, y

Secretaria de Comércio Exterior, del Ministério da Indústria, Comércio Exterior e Serviços y la Secretaria da Receita Federal do Brasil, del Ministério da Fazenda, de la República Federativa do Brasil.

Considerando:

Que la validez jurídica de los Certificados de Origen Digitales (COD) en el ámbito del MERCOSUR fue establecida por el Octogésimo Tercer Protocolo Adicional al Acuerdo de Complementación Económica N° 18 que incorporó al citado Acuerdo la Directiva N° 04/10 de la Comisión de Comercio del MERCOSUR relativa a "Certificación de Origen Digital".

Que el citado Protocolo ha entrado en vigencia para Argentina y Brasil con fecha 16 de agosto de 2015, habiendo sido debidamente internalizado en los ordenamientos jurídicos de ambos países.

Que los COD serán emitidos por entidades certificadoras de origen y por los funcionarios debidamente habilitados por cada uno de los países a tal fin, de acuerdo con los procedimientos y especificaciones técnicas de Certificación de Origen Digital en el ámbito de la Asociación Latinoamericana de Integración (ALADI), establecidos por la Resolución N° 386 del COMITÊ de Representantes de la ALADI de fecha 4 de noviembre de 2011, sus modificatorias y complementarias.

Que los COD serán firmados digitalmente de acuerdo con las respectivas legislaciones de los dos países, mediante el uso de Certificados de Identificación Digital (CID) que, en el caso de Argentina, serán emitidos bajo la Infraestructura de Firma Digital, en los términos de la Ley N° 25506 de fecha 14 de noviembre de 2001 y en el caso de Brasil, serán emitidos bajo la Infraestrutura de Chaves Públicas Brasileira (ICP-Brasil) en los términos de lo dispuesto por la Medida Provisional N° 2200-2 de fecha 24 de agosto de 2001.

Que los CID con sus respectivas firmas digitales vinculadas, serán...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR