Tratados y Convenios Internacionales\r\n .
Fecha de disposición | 13 Junio 2016 |
Fecha de publicación | 13 Junio 2016 |
Buenos Aires, 07 de junio de 2016
PUBLICACIÓN BOLETÍN OFICIAL LEY N° 24.080
INSTRUMENTOS BILATERALES QUE NO REQUIRIERON APROBACIÓN LEGISLATIVA PARA SU ENTRADA EN VIGOR |
\u2022 MEMORÁNDUM DE ENTENDIMIENTO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA ARGENTINA Y EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL PARA EL ESTABLECIMIENTO DEL MECANISMO DE COORDINACIÓN POLÍTICA BRASIL-ARGENTINA.
Firma: Buenos Aires, 23 de mayo de 2016.
Vigor: 23 de mayo de 2016.
Se adjunta copia de su texto.
\u2022 MEMORÁNDUM DE ENTENDIMIENTO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA ARGENTINA Y EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA FEDERAL DE ALEMANIA SOBRE UN PROGRAMA DE VACACIONES Y TRABAJO.
Firma: Buenos Aires, 2 de junio de 2016.
Vigor: 2 de junio de 2016.
Se adjunta copia de su texto.
LILIANA N. ROCHE, Ministra, Directora de Tratados.
MEMORÁNDUM DE ENTENDIMIENTO
ENTRE
EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
Y
EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL
PARA EL ESTABLECIMIENTO DEL
MECANISMO DE COORDINACIÓN POLÍTICA
BRASIL-ARGENTINA
El Gobierno de la República Argentina y
El Gobierno de la República Federativa del Brasil
(en adelante, las "Partes"),
Dentro del marco de los festejos por los treinta años de la suscripción de la Declaración de Foz de Iguazú, el 30 de noviembre de 1985, que marcó el inicio del proceso de aproximación entre Argentina y Brasil y resultó en la construcción de una relación caracterizada por la confianza mutua, la amistad y la cooperación, en nombre de los ideales de paz, libertad y justicia social; y por los veinticinco años de la creación, el 26 de marzo de 1991, del MERCOSUR, el proyecto de integración más ambicioso de la región, que proporcionó a todos sus países miembros beneficios sustanciales en materia de comercio, industria, empleo, beneficios sociales y bienestar;
Concientes de la importancia de los vínculos políticos entre Argentina y Brasil, cuya alianza ha resultado determinante para la promoción del desarrollo de ambos países y la profundización del proceso de integración regional, llevando a la construcción de una América del Sur más integrada, pacífica y próspera;
Seguros de que la creciente integración de los dos países, que ha derivado en proyectos desarrollados conjuntamente en áreas estratégicas como la ciencia, tecnología e innovación, defensa, infraestructura, energía y el comercio, requiere un seguimiento constante y sistemático que contribuya a garantizarles la debida celeridad y prioridad de tratamiento en las agendas de trabajo de los dos Gobiernos;
Concientes de que la actuación conjunta de Argentina y Brasil en el plano internacional fortalece mutuamente a los dos países y contribuye a la proyección y al fortalecimiento de América del Sur en el mundo, así como de que dicha actuación exige un intercambio de opiniones constante y la coordinación de posiciones en materias de interés común a nivel regional y global;
y
Reconociendo los avances logrados en pos de la integración bilateral a través del Mecanismo de Integración y Coordinación Brasil-Argentina (MICBA), instaurado en 2007;
Han acordado lo siguiente:
Se establece el Mecanismo de Coordinación Política Brasil-Argentina...
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