Tratados y Convenios Internacionales 137/2010

EmisorSubsecretaría de Integración Económica Americana y Mercosur
Fecha de la disposición27 de Septiembre de 2010

Lunes 27 de setiembre de 2010 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 31.995 54

LA COMISION DE COMERCIO DEL MERCOSUR APRUEBA LA SIGUIENTE DIRECTIVA:

Art. 1

Aprobar en el ámbito de la Resolución GMC N'º69/00 la rebaja arancelaria solicitada por la República Federativa del Brasil para el siguiente Ãtem arancelario con las correspondientes especificaciones sobre lÃmite cuantitativo, alÃcuota y plazo de vigencia:

NCM 7410.21.10 Con soporte aislante de resina epoxi y fibra de vidrio, para circuitos impresos Cantidad: 450.000 unidades Plazo: 12 meses AlÃcuota: 2% Art. 2 - Esta Directiva necesita ser incorporada sólo al ordenamiento jurÃdico interno de la República Federativa del Brasil. Esta incorporación deberá ser realizada antes del 14/VI/10.

CXIII CCM - Montevideo, 14/IV/10.

MERCOSUR/CCM/DIR. N'º09/10

ACCIONES PUNTUALES EN EL AMBITO ARANCELARIO POR RAZONES DE ABASTECIMIENTO VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto y la Resolución N'º69/00 del Grupo Mercado Común.

CONSIDERANDO:

Que la CCM analizó la solicitud presentada por la República Federativa del Brasil sobre reducción arancelaria temporal por imposibilidad de abastecimiento normal y fluido.

Que la CCM aprobó la reducción arancelaria solicitada.

LA COMISION DE COMERCIO DEL MERCOSUR APRUEBA LA SIGUIENTE DIRECTIVA:

Art. 1

Aprobar en el ámbito de la Resolución GMC N'º69/00 la rebaja arancelaria solicitada por la República Federativa del Brasil para el siguiente Ãtem arancelario con las correspondientes especificaciones sobre lÃmite cuantitativo, alÃcuota y plazo de vigencia:

NCM 3002.20.11 Contra la gripe Nota Referencial: contra la influencia A (H1N1) Cantidad: sin lÃmite cuantitativo Plazo: 12 meses AlÃcuota: 0% Art. 2 - Esta Directiva necesita ser incorporada sólo al ordenamiento jurÃdico interno de la República Federativa del Brasil. Esta incorporación deberá ser realizada antes del 14/VI/10.

CXIII CCM - Montevideo, 14/IV/10.

MERCOSUR/CCM/DIR. N'º10/10

ACCIONES PUNTUALES EN EL AMBITO ARANCELARIO POR RAZONES DE ABASTECIMIENTO VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto y la Resolución N'º69/00 del Grupo Mercado Común.

CONSIDERANDO:

Que la CCM analizó la solicitud presentada por la República Federativa del Brasil sobre reducción arancelaria temporal por imposibilidad de abastecimiento normal y fluido.

Que la CCM aprobó la reducción arancelaria solicitada.

LA COMISION DE COMERCIO DEL MERCOSUR APRUEBA LA SIGUIENTE DIRECTIVA:

Art. 1

Aprobar en el ámbito de la Resolución GMC N'º69/00 la rebaja arancelaria solicitada por la República Federativa del Brasil para el siguiente Ãtem arancelario con las correspondientes especificaciones sobre lÃmite cuantitativo, alÃcuota y plazo de vigencia:

NCM 3002.20.21 Contra la gripe Nota Referencial: contra la influencia A (H1N1) Cantidad: sin lÃmite cuantitativo Plazo: 12 meses AlÃcuota: 0% Art. 2 - Esta Directiva necesita ser incorporada sólo al ordenamiento jurÃdico interno de la República Federativa del Brasil. Esta incorporación deberá ser realizada antes del 14/VI/10.

CXIII CCM - Montevideo, 14/IV/10.

MERCOSUR/CCM/DIR. N'º11/10

ACCIONES PUNTUALES EN EL AMBITO ARANCELARIO POR RAZONES DE ABASTECIMIENTO VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto y la Resolución N'º69/00 del Grupo Mercado Común.

CONSIDERANDO:

Que la CCM analizó la solicitud presentada por la República Federativa del Brasil sobre reducción arancelaria temporal por imposibilidad de abastecimiento normal y fluido.

Que la CCM aprobó la reducción arancelaria solicitada.

LA COMISION DE COMERCIO DEL MERCOSUR APRUEBA LA SIGUIENTE DIRECTIVA:

Art. 1

Aprobar en el ámbito de la Resolución GMC N'º69/00 la rebaja arancelaria solicitada por la República Federativa del Brasil para el siguiente Ãtem arancelario con las correspondientes especificaciones sobre lÃmite cuantitativo, alÃcuota y plazo de vigencia:

NCM 1513.29.10 De almendra de palma Cantidad: 150.000 toneladas Plazo: 12 meses AlÃcuota: 2% Art. 2 - Esta Directiva necesita ser incorporada sólo al ordenamiento jurÃdico interno de la República Federativa del Brasil. Esta incorporación deberá ser realizada antes del 14/VI/10.

CXIII CCM - Montevideo, 14/IV/10.

MERCOSUR/CCM/DIR. N'º12/10

ACCIONES PUNTUALES EN EL AMBITO ARANCELARIO POR RAZONES DE ABASTECIMIENTO VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto y la Resolución N'º69/00 del Grupo Mercado Común.

CONSIDERANDO:

Que la CCM analizó la solicitud presentada por la República Argentina sobre reducción arancelaria temporal por imposibilidad de abastecimiento normal y fluido.

Que la CCM aprobó la reducción arancelaria solicitada.

LA COMISION DE COMERCIO DEL MERCOSUR APRUEBA LA SIGUIENTE DIRECTIVA:

Art 1

Aprobar en el ámbito de la Resolución GMC N'º69/00 la rebaja arancelaria solicitada por la República Argentina para el siguiente Ãtem arancelario con las correspondientes especificaciones sobre lÃmite cuantitativo, alÃcuota y plazo de vigencia:

NCM 1513.29.10 De almendra de palma Cantidad: 7.000 toneladas Plazo: 12 meses AlÃcuota: 2% Art. 2 - Esta Directiva necesita ser incorporada sólo al ordenamiento jurÃdico interno de la República Argentina. Esta incorporación deberá ser realizada antes del 14/VI/10.

CXIII CCM - Montevideo, 14/IV/10.

% 54 % MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO MERCOSUR/GMC/ACTA N'º01/10

LXXIX REUNION ORDINARIA DEL GRUPO MERCADO COMUN Se realizó en la ciudad de Buenos Aires, República Argentina, entre los dÃas 8 y 9 de abril de 2010, la LXXIX Reunión Ordinaria del Grupo Mercado Común, con la presencia de las Delegaciones de Argentina, Brasil, Paraguay, Uruguay y Venezuela.

Fueron tratados los siguientes temas:

  1. MERCOSUR ECONOMICO - COMERCIAL 1.1. Implementación del Art. 4'º de la Dec. CMC N'º54/04

    1.1.1 Eliminación del Doble Cobro del AEC y Mecanismo de Distribución de la Renta Aduanera Las delegaciones intercambiaron comentarios y observaciones al anexo del proyecto de Decisión presentado por la Delegación Argentina. El documento de trabajo que recoge los mismos, consta como Anexo XIV (RESERVADO - MERCOSUR/LXXIX GMC/DT N'º06/10 “Lineamientos para la implementación de la eliminación del doble cobro del AEC y distribución de la renta aduanera”).

    Al respecto, se acordó que la PPTA convocará a un grupo técnico para proseguir los trabajos los dÃas 4 y 5 de mayo próximo, en la ciudad de Buenos Aires.

    1.1.2. Código Aduanero del MERCOSUR Las delegaciones trataron les temas pendientes de definición, acordando el capÃtulo relativo a territorio aduanero (Anexo XVI - RESERVADO - MERCOSUR/LXXIX GMC/DT N'º07/10). Asimismo;

    consensuaron un documento de trabajo con los restantes temas (Anexo XVII - RESERVADO MERCOSUR/LXXIX GMC/DT; N'º08/10).

    1.2. Integración Productiva 1.2.1. Informe de la PPTA de la VII Reunión del GIP Lunes 27 de setiembre de 2010 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 31.995 55

    LA PPTA informó sobre los resultados de la VIl Reunión del Grupo de Integración Productiva del MERCOSUR, realizada en Buenos Aires, el 10 de marzo de 2010 (Anexo IV - MERCOSUR/LXXIX GMC/DI N'º01/10).

    Se resaltó la próxima puesta en funcionamiento del Portal Empresarial, a cargo de Paraguay, que contendrá tres bases de datos que serán concluidas a fines del presente semestre, a saber:

    • Clusters del MERCOSUR • Normas legales vinculadas a la actividad de las PYMES en el MERCOSUR • Organismos y Asociaciones que apoyan las actividades de las PYMES del MERCOSUR En relación con los proyectos especÃficos en este ámbito, se avanzó en: Petróleo y Gas,

    Automotriz, Turismo, EnergÃa Eólica, Metalurgia y Metalmecánica y Piscicultura.

    Asimismo se informó sobre las dos actividades previstas para el mes de abril: durante los dÃas 12 al 16 se realizará en Montevideo, el Seminario de Capacitación en Integración Productiva y los dÃas 29 y 30 de abril tendrá lugar en la ciudad de Posadas, Misiones, el “Encuentro Empresarial de Integración Productiva”, para el cual ya se han seleccionado las empresas participantes pertenecientes a los sectores de Madera y Muebles; EnergÃas alternativas; Metalmecánica y Metalúrgica; Agroalimentos y Turismo.

    Las delegaciones destacaron la importancia asignada al tema de la integración productiva y respaldaron los trabajos del GIP,

    Por su parte, la Delegación de Uruguay manifestó su satisfacción por los avances de los trabajos del GIP y su respaldo a nuevos proyectos como el referido a la energÃa eólica, que fue presentado en la última reunión del Grupo.

    Por último, la Delegación de Brasil manifestó su interés en impulsar los trabajos y proyectos presentados en este ámbito y destacó asimismo el respaldo otorgado a los proyectos de Petróleo y Gas y del Sector Automotriz, presentados a la CRPM para financiación por el FOCEM.

    1.2.2. Fondo MERCOSUR de Apoyo a Pequeñas y Medianas Empresas Durante la VI Reunión del Grupo Ad Hoc Fondo MERCOSUR de Apoyo a Pequeñas y Medianas Empresas (GAHFPME), realizada en Buenos Aires, el 9 de marzo pasado, quedó conformada la Comisión Asesora para la implementación del Fondo MERCOSUR de GarantÃas para Micro,

    Pequeñas y Medianas Empresas, creada por Decisión CMC. N'º43/08, la cual comenzó los trabajos tendientes a la finalización de la redacción del Reglamento del Fondo.

    En ese marco, se acordó que dicha Comisión se reunirá mensualmente con el objeto de finalizar los trabajos mencionados a la brevedad y elevar al CMC los acuerdos alcanzados durante la PPTA.

    A tal efecto, se realizaron a la fecha dos encuentros previéndose el próximo para el 27 de abril.

    1.3. Sector Aeronáutico - Alteración de la Regla de Tributación del AEC El GMC continuó analizando el Proyecto de Resolución sobre la Alteración de la Regla de Tributación del AEC para los Productos del Sector Aeronáutico, presentado...

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