N.M.C. Transwarp S.R.L. S/ Quiebra S/ Incidente de Integracion de Aportes Societarios

Fecha de disposición03 Junio 2010
Fecha de publicación03 Junio 2010
SecciónCuarta Sección - Judiciales
Número de Gaceta31916

11 de la ley 24.522, en tres días, y de corresponder en igual término los mencionados por los inc. 1 y 7 del mismo articulo, además para que entregue al síndico sus libros, papeles y bienes que tuviere en su poder en el plazo de 24 horas y constituya domicilio en autos dentro de las 48 horas, bajo apercibimiento de operarse las sucesivas notificaciones por ministerio de la ley. Se intima a quienes tengan bienes y documentos de la fallida para que los pongan a disposición del síndico en cinco días y se prohiben los pagos y entregas de bienes de la fallida so pena de considerarlos ineficaces. Publíquese por 5 días en el Boletín Oficial.

Buenos Aires, 28 de mayo de 2010.

María Gabriela Dall'Asta, secretaria.

e. 03/06/2010 N° 58701/10 v. 09/06/2010 N° 10

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N° 10 a cargo del Dr. Héctor Osvaldo Chomer, secretaría N° 20 a cargo de la Suscripta, sito en Callao 635 P.B. Cap. Fed., comunica por cinco días que con fecha mayo 11 de 2010 se decretó la quiebra de C.O.A. Construcciones y Servicios Públicos S.A (CUIT.: 30-54573705-8), en la cual ha sido designado síndico el contador Martorelli Andrés Luis con domicilio constituido en Beruti 2926, Piso 4° 'B' CABA., ante quien los acreedores deberán presentar las peticiones de verificación y los títulos pertinentes justificativos de sus créditos hasta el 30/09/2010 (ley 24.522: 32) en el horario de 12:00 a 18:00 hs. El informe individual del síndico deberá presentarse el 15/11/2010 y el general el 29/12/2010 (art.

35 y 39 de la citada ley). Intímase al fallido y a terceros para que pongan a disposición del síndico la totalidad de los bienes del deudor en la forma que sea más apta para que dicho funcionario tome inmediata y segura posesión de los mismos. Prohíbese a los terceros hacer pagos al fallido, los que serán ineficaces. A los efectos de la realización de bienes déjese constancia que no se realizarán más citaciones que la edictal y que se procederá a la venta en los términos de la L.C.:217:1, realizándose el patrimonio con inmediata distribución de los fondos entre los acreedores verificados, sin perjuicio de las reservas para los insinuados. Intímase al fallido para que en el plazo de 48 hs. constituya domicilio en esta jurisdicción bajo apercibimiento de tenerlo por constituido en los estrados del Tribunal. Se libra el presente en los autos C.O.A. Construcciones y Servicios Públicos, S.A. s/Quiebra, en trámite ante este Juzgado y Secretaría.

Buenos Aires, mayo 27 de 2010.

Fernanda Andrea Gómez, secretaria.

e. 03/06/2010 N° 58647/10 v. 09/06/2010 N° 14

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N° 14, a cargo de la Dra. Susana M.

  1. Polotto, Secretaría N° 28, a cargo del Dr. Martín Sarmiento Laspiur, sito en Callao 635 piso 2° de esta Capital Federal, se comunica por por 5 dias que con fecha 20 de Mayo de 2010, en los autos caratulados 'Lebedinsky Mariano s/Quiebra (Pedida por: Acevedo Guillermo Matías)', se resolvió decretar la quiebra de Lebedinsky Mariano (DNI 23.120.142, haciéndole saber a éste y a los terceros que deberán hacer entrega al síndico de los bienes que posean del fallido. Hágase saber, asimismo, la prohibición de realizar pagos al fallido, los que serán ineficaces. Se intima al deudor para que entregue al síndico dentro de las 24 horas los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad, así como también a que dentro de las 48 horas constituya domicilio procesal en el radio del Tribunal, con apercibimiento de tenerlo constituído en los estrados del Juzgado. Deberá el deudor cumplir con los requisitos a los que se refiere el art. 86 de la ley 24.522 en cuanto a su remisión a los arts.

    11 inc...

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