Transposición de la Directiva (UE) 2018/1673 y reforma de los tipos penales de blanqueo en España
Autor | Yago González Quinzán |
Cargo | Graduado en Derecho por la Universidad de Santiago de Compostela |
Páginas | 1-31 |
González Quinzán, Yago (2022). “Transposición de la Directiva (UE) 2018/1673 y reforma de los tipos
penales de blanqueo en España”, Cartapacio de Derecho, Vol. 42, Facultad de Derecho, Unicen,
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TRANSPOSICIÓN DE LA DIRECTIVA (UE)
2018/1673 Y REFORMA DE LOS TIPOS PENALES
DE BLANQUEO EN ESPAÑA
YAGO, GONZÁLEZ QUINZÁN1
UNIVERSIDAD DE SANTIAGO DE COMPOSTELA
1. Introducción
a proliferación en los últimos años de nuevas normativas, tanto estatales
como internacionales, para la lucha contra el blanqueo de dinero, ha dado
lugar a numerosas modificaciones en las diferentes regulaciones penales sobre tal
fenómeno delictivo. Ante esta realidad, una especial atención merece la tendencia
seguida en el ámbito comunitario europeo, en el cual las directivas promulgadas
desde el seno de la UE constituyen la razón de ser de los consiguientes cambios
normativos en los países miembros2. Así, a partir de la Directiva 91/308/CEE del
1 El autor es graduado en Derecho por la Universidad de Santiago de Compostela. Actualmente
estudiante del Máster en prevención y represión del blanqueo de dinero, fraude fiscal y
“compliance” en la Universidad de Santiago de Compostela. Ex becario de colaboración en el
área de Derecho penal, en el Departamento de Derecho público especial y de la empresa, de la
Universida de Santiago de Compostela.
2 La dinámica existente en la Unión Europea se considera que atenta contra el principio de
seguridad jurídica (Abel Souto, 2021).
L
González Quinzán, Yago (2022). “Transposición de la Directiva (UE) 2018/1673 y reforma de los tipos
penales de blanqueo en España”, Cartapacio de Derecho, Vol. 42, Facultad de Derecho, Unicen,
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Consejo, de 10 de junio de 1991, relativa a la prevención de la utilización del
sistema financiero para el blanqueo de capitales, también conocida como
“Primera Directiva”, se han desarrollado en los treinta años posteriores hasta
cinco normas más sobre la materia.
Las vías para combatir el blanqueo de dinero se articulan en dos, a saber: la
prevención o administrativa, y la represión o penal. A pesar de esta dualidad y de
que el fin nuclear de ambas es idéntico, pues en el fondo subyace el objetivo de
proteger íntegramente el sistema financiero y económico3, la dinámica normativa
en Europa afectaba solo hasta fechas recientes a la primera de las opciones
enunciadas. Ante tal estado de cosas, resultaba imprescindible un nuevo texto
legal en el ámbito represivo que armonizase el delito de blanqueo en el panorama
comunitario (Sanz Hermida, 2020). Precisamente, a esta reivindicación -que se
concretaba en la adecuación de los distintos tipos penales nacionales, así como en
el establecimiento de medidas para mejorar la cooperación entre los Estados
miembros- vino a dar respuesta la Directiva (UE) 2018/1673 del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2018, relativa a la lucha contra el
blanqueo de capitales mediante el Derecho penal, también llamada “Sexta
Directiva”4.
La norma comunitaria supra, recientemente transpuesta en España a través de la
LO 6/2021, de 28 de abril5, perseguía dos objetivos esenciales: a) el
establecimiento de un marco de mínimos uniforme en todos los Estados
3 Ello sin perjuicio de las diferentes teorías doctrinales sobre el bien jurídico protegido en el
delito de blanqueo de dinero.
4 Esta norma se concretó tras más de una década y media desde la adopción de la Decisión
Marco del Consejo 2001/500/JAI, de 26 de junio de 2001, relativa al blanqueo de capitales, la
identificación, seguimiento, embargo, incautación y decomiso de los instrumentos y productos
del delito.
5 Ley Orgánica 6/2021, de 28 de abril, complementaria de la Ley 6/2021, de 28 de abril, por la
que se modifica la Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil, de modificación de la Ley
Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y de modificación de la Ley Orgánica
10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal.
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